Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2020 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVI - TOMO DCLXVI - Nº 143
CORDOBA, R.A. LUNES 22 DE JUNIO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal D E C R ETA
Artículo 1.-OTORGASE a la ASOCIACIÓN COOPERADORA del HOSPITAL MUNICIPAL DR. ARMANDO CIMA COSQUÍN, un SUBSIDIO
NO REINTEGRABLE, por la suma de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS
$2800,00, fondos que serán destinados al pago de comisiones varias a la ciudad de Córdoba desde el Hospital Municipal Dr. Armando Cima, por envíos de muestras sanguíneas, Papanicolaou, retiros de insumos y tramites en general, realizados durante el mes en curso, facultándose por el presente al señor MARIN GUSTAVO ALBERTO CUIT 20-22034588-3, a percibir directamente el monto supra mencionado.
Artículo 2.-EL pago del subsidio referido en el Artículo 1o será imputado a la Partida 1.5.51.503-colaboración con instituciones sin fines de lucro-, del Presupuesto vigente.
Artículo 3.-REFRENDASE el presente Decreto por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.
Artículo 4.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economía y Finanzas Públicas;
Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 261061 - s/c - 22/06/2020 - BOE

DECRETO N 0173/2020

Y CONSIDERANDO:
Que la Cooperadora del Hospital Municipal Dr. Armando Cima de nuestra localidad, solicita disponer de fondos y afectarlos al pago de derivaciones de muestras bioquímicas.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal;
D E C R ETA

Artículo 1.-OTORGASE a la ASOCIACIÓN COOPERADORA del HOSPITAL MUNICIPAL DR. ARMANDO CIMA COSQUÍN, un SUBSIDIO
NO REINTEGRABLE, por la suma de PESOS DOCE MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y NUEVE CON VEINTE CENTAVOS $12369,20, fondos que serán destinados al pago de derivaciones de muestras bioquímicas, facultándose por el presente al laboratorio LABICO Bioquímica para Bioquímicos S.R.L., CUIT 30-70963694-0, a percibir directamente el monto supra mencionado.
Artículo 2.-EL pago del subsidio referido en el Artículo 1o será imputado a la Partida 1.5.51.503-colaboración con instituciones sin fines de lucro-, del Presupuesto vigente.
Artículo 3.-REFRENDASE el presente Decreto por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

Cosquín, 27 de abril de 2020
VISTO: Los Expedientes N 2020-11-1- Secretaría de Salud, Ambiente y Desarrollo Sustentable, registro de este Municipio, iniciado por la Asocia-

MUNICIPALIDAD DE

ción Cooperadora del Hospital Municipal Dr. Armando Cima Cosquín, mediante el cual solicita colaboración económica.

SAN JOSÉ

DECRETO Nº 18/20
San José, Departamento San Javier, 12 de junio de 2020
Y VISTO: La declaración de la emergencia pública de carácter sanitario, establecida por el Gobierno nacional mediante el Decreto de necesidad y urgencia Nº 260/20 en el marco de la Ley Nacional 27541, sus normas modificatorias y complementarias y la sanción de la Ordenanza N 641/2020
de fecha 04 de mayo del corriente año .
Y CONSIDERANDO:
Que conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley N 10690, la Provincia de Córdoba se encuentra adherida a la referida emergencia pública de carácter sanitario.

Que en el marco de la emergencia sanitaria declarada, en los distintos BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 4.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economía y Finanzas Públicas;
Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
1 día - Nº 261062 - s/c - 22/06/2020 - BOE

niveles estaduales Nación, provincias, municipios y comunas, se disponen las medidas de organización y ejecución del sistema de salud, tanto en el sector público como en el privado a efectos de centralizar el manejo de las acciones necesarias que requiera la situación, quedando facultado a la toma de medidas y ejecución de acciones sanitarias de excepción, en el marco de la emergencia decretada.

Que por resolución N 311/2020 dictada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba y sus modificatorias Resolución Nº 382/2020 se dispuso la creación de un órgano de actuación interdisciplinario conformado por distintas instituciones nacionales, provinciales y municipales; el denominado Centro de Operaciones de Emergencia C. O. E. con el fin de concretar la planificación, organización, dirección, coordinación y control de todas las acciones referidas a los eventos adversos relacionados con la pandemia ocasionada por el coronavirus Covid-19.

Que por medio de la Ordenanza N 641/2020 de fecha 04 de mayo del corriente año , se creó el Comité de Actuación municipal, mientras dure
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/06/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha22/06/2020

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones1418

Primera edición31/07/2018

Ultima edición03/05/2024

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