Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/06/2020 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad
del General Manuel Belgrano
VIERNES 26 DE JUNIO DE 2020
AÑO CVII - TOMO DCLXVI - Nº 146
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
MUNICIPALIDAD DE

COSQUÍN

5

a SECCION

DECRETO N 0194/2020
Cosquín, 11 de mayo de 2020
VISTO:El Decreto Nacional de fecha 09 de mayo N 459/2020 en relación al COVID-19 y el comunicado del C.O.E. Provincial.
Y CONSIDERANDO:

Que se han transcurrido ya 50 días desde el comienzo del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Que las medidas implementadas en nuestro país, hasta el momento, han logrado contener el crecimiento exponencial de los casos y muertes por COVID-19 y han permitido que la población conozca las medidas sanitarias para prevenir contagios.
Que estas medidas han permitido, hasta el momento, contener la epidemia, por la aparición gradual y detección precoz de casos y por la implementación de las acciones de control ante casos con menor tiempo de evolución, registrándose una disminución en la velocidad de propagación y evitando la saturación del sistema de salud, tal como sucedió en otros lugares del mundo.
Que se hace necesario habilitar en forma paulatina la realización de nuevas actividades productivas.

Por todo lo antes expuesto, el Señor Intendente Municipal, en uso de atribuciones conferidas por la ley Orgánica Municipal, DECRETA
Artículo 1º.-Adhiérase al Decreto Nacional N 459/2020 el cual prorroga el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el día 24 de mayo inclusive.
Artículo 2º.- ESTABLÉZCASE la apertura al público, en los horarios topes de 7 a 20 hs. a las siguientes actividades comerciales: Supermercados, Almacenes, Despensas, Kioscos, Panaderías, Verdulerías, Hueverías, Carnicerías, Pollerías, Pescaderías, Venta De Agua A Granel, Dietéticas, Heladerías, Rotiserías, Fábrica de pastas, fábrica de sándwich, Fiambrerías, Braserías, y Café al paso permitido solo con las medidas de seguridad vaso térmico con tapa; Farmacias, Pañaleras, Veterinarias, Forrajerías, Librerías, Papeleras y Descartables, Florerías y viveros, Venta de Electrodomésticos, Bazar, Ópticas, venta de productos de Estética y Cuidado Personal, Perfumerías y afines, Peluquerías, centros de estética y cuidado personal, Expendio De Gas Envasado, Venta de Artículos De Limpieza, Gráficas e Imprentas, Venta de leña y carbón, Lavaderos, Pinturerías, Ferreterías, Cerrajerías, Venta de Electrónica, Gomerías, Talleres en general, Venta de Materiales eléctricos, Casa de repuestos para todo tipo de vehículos, Casas de reparación en general, Corralones de venta de BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS

SUMARIO
MUNICIPALIDAD DE COSQUÍN
Decreto N 194/2020 Pag Decreto N 190/2020 Pag Decreto N 191/2020 Pag Decreto N 192/2020 Pag Decreto N 193/2020 Pag
1 2
2 3
3

MUNICIPALIDAD DE SAIRA
Decreto Nº 19/2020 Pag Decreto Nº 20/2020 Pag Decreto Nº 21/2020 Pag Decreto Nº 22/2020 Pag Decreto Nº 23/2020 Pag Decreto Nº 24/2020 Pag
3 4
4 5
5 6

MUNICIPALIDAD DE POZO DEL MOLLE
Decreto Nº 70/2020 Pag 6
Decreto Nº 65/2020 Pag 7
Decreto Nº 66/2020 Pag 7
Decreto Nº 67/2020 Pag 8
Decreto Nº 68/2020 Pag 8
Decreto Nº 69/2020 Pag 9
Decreto Nº 71/2020 Pag 9
Decreto Nº 72/2020 Pag 10
Decreto Nº 73/2020 Pag 10
Decreto Nº 74/2020 Pag 11
Decreto Nº 75/2020 Pag 11
Decreto Nº 76/2020 Pag 12
Decreto Nº 77/2020 Pag 12
Ordenanza Nº 1704/2020 Pag 13
Ordenanza Nº 1702/2020 Pag 13
Ordenanza Nº 1703/2020 Pag 14
Ordenanza Nº 1706/2020 Pag 14
Ordenanza Nº 1705/2020 Pag 15
MUNICIPALIDAD DE SANTA CATALINA - HOLMBERG
Ordenanza Nº 1826/2020 Pag 18

materiales de construcción; Concesionarias de autos, y Locales comerciales de cobros de servicios.
Artículo 3º.-ESTABLÉCESE la venta con apertura al público en los horarios de Lunes a Viernes de 14 a 20 hs. Sábados de 9 a 13 y 16 a 20
hs Exclusivamente a Indumentarias, marroquinería, calzado, juguetería, cotillón, mercería, retacería, colchonería, mueblería, regalería, regionales, vinoteca y recarga de matafuegos y venta de elementos de seguridad. Artículo 4º.-ESTABLÉZCASE la obligatoriedad a los comercios y actividades con atención al público a cumplir las medidas de higiene social, de acuerdo a la cantidad de clientes permitidos dentro del comercio establecido por el Área de Inspección General de la municipalidad. Cada
1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/06/2020 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha26/06/2020

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones1413

Primera edición31/07/2018

Ultima edición26/04/2024

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