Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/01/2019 - 5º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

5

a
AÑO CVI - TOMO DCXLIX - Nº 17
CORDOBA, R.A. JUEVES 24 DE ENERO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

MUNICIPALIDAD de
VILLA DOLORES

MUNICIPALIDAD DE VILLA DOLORES -LLAMA A Concurso de Precios para la venta de DOS lotes de terreno municipal en Barrio José Hernández en los términos y condiciones de la Ordenanza Nº 2.577/18.-Precio Oficial:aInmueble Matrícula Nº 188.630/ 188.631.-Lote Nº 100: con una superficie total de 276.00 m2.- $265.000.- Pesos Doscientos Sesenta y Cinco Mil.-Lote Nº 101: con una superficie total de 276.00 m2.- $265.000.Pesos Doscientos Sesenta y Cinco Mil.-Valor del Pliego: Pesos Un Mil $1.000.Fecha y Hora de Apertura de las Propuestas: 30 de Enero de 2.019 a las 12:00 hs. Lugar de Consulta, Adquisición y Venta de Pliegos: en Secretaría de Gobierno, ubicada en el Palacio Municipal, Avda. San Martín Nº 650, hasta el día 28 de Enero de 2.019, a las 13 hs.-Presentación de las Propuestas: en Secretaría de Gobierno del Palacio Municipal ubicado en Avda. San Martín Nº 650, hasta el día 30 de Enero de 2.019 a las 09,00hs.
Apertura de las Propuestas: el día 30 de Enero de 2.019 a las 12,00 hs. en el Salón de los cuadros, ubicado en el Palacio Municipal, Avda. San Martín Nº 650.- Fdo. Dr. Matías Ramiro Stumpf-Secretario de Gobierno 2 días - Nº 192457 - $ 2596,70 - 25/01/2019 - BOE

MUNICIPALIDAD de
COSQUIN

Decreto N 11/2019
Cosquín, 23 de Enero de 2019
VISTO: El vencimiento de los mandatos de las Autoridades Municipales vigentes y la consecuente necesidad de convocar a los fines de la elección de autoridades para el próximo periodo de gobierno, dentro de las previsiones del Art. 143 de la Ley Orgánica Municipal 8.102, texto ordenado.
Y CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal 8.102 texto ordenado, en sus Arts. 39, 13 y 78, los mandatos del Sr. Intendente, Sres. Concejales y miembros del Tribunal de Cuentas Municipal, duran cuatro 4 años en el ejercicio de sus funciones.
Que el actual mandato de las autoridades mencionadas inició el día 10 de Diciembre de 2015, con fenecimiento el día 10 de diciembre de 2019.

el próximo periodo de gobierno.
Que es una atribución del Departamento Ejecutivo Municipal convocar a elecciones municipales, según lo prescripto en el Artículo 49, inciso 4 de la Ley Orgánica Municipal 8102.-.
Que, asimismo, la norma legal antes referida establece que el gobierno y la administración de los municipios están a cargo de un Concejo Deliberante y un Departamento Ejecutivo desempeñado por el Intendente Municipal, electos en forma directa por el pueblo.
Que el Concejo Deliberante, en el caso de la Municipalidad de la Ciudad de Cosquín, se compone de siete 7 miembros, según lo determina el Artículo 12 de la Ley Provincial No 8102 -Orgánica Municipal-, cuya distribución de las representaciones se realiza de conformidad a lo establecido en el Artículo 137 del mismo plexo normativo.
Que por otra parte el municipio debe contar además con un Tribunal de Cuentas formado por tres 3 miembros elegidos en forma directa por el cuerpo electoral en época de renovación ordinaria de las autoridades municipales, correspondiendo dos 2 miembros al partido que obtenga mayor cantidad de votos y uno 1 al que le siga en el resultado de la elección, según lo previsto en el Artículo 78 de la Ley Provincial No 8102 -Orgánica Municipal-.
Que todo el proceso electoral estará a cargo de la Junta Electoral Municipal dispuesta por la Justicia Electoral de la Provincia y regida por la Ordenanza 1183/95 en lo que fuera aplicable, por la Ley Provincial No 8102 -Orgánica Municipal-, y en lo que fuera pertinente, complementario y oportuno por el Código Electoral de la Provincia de Córdoba y leyes nacionales vigentes.
Que resulta conveniente desvincular el proceso electoral municipal de las elecciones provinciales y nacionales, a los fines de que el mismo refleje acabadamente la opinión del electorado de la ciudad de Cosquín, sin que haya interferencias derivadas de los otros procesos electorales antes indicados.
Por todo ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Provincial No 8102 -Orgánica Municipal-, D E C R ETA

Que el Art. 1 de la Ley 10.534, modificatoria del Art. 44 del Código Electoral Provincial Ley 9571 texto ordenado, establece como plazo mínimo de convocatoria a elecciones, el de noventa 90 días previos al acto electoral.-

Artículo 1.- CONVÓCASE al electorado de la Ciudad de Cosquín, Departamento Punilla, Provincia de Córdoba, para que el día 28 de Abril de 2019
elija los siguientes cargos a cubrir:

Que conforme Art. 143 de Ley Orgánica Municipal 8102, modificado por Ley 10.407, el acto Electoral debe realizarse dentro de los treinta 30 días previos o posteriores a la convocatoria a elecciones a Gobernador, Legislador y Tribunal de Cuentas de la Provincia de Córdoba.-

a Siete 7 Concejales Titulares y siete 7 Concejales Suplentes para integrar el Concejo Deliberante de la Municipalidad de la Ciudad de Cosquín Art. 12 de la Ley Provincial No 8102-Orgánica Municipal-;

Que habiendo fijado el Sr. Gobernador de la Provincia de Córdoba median-

b Un 1 Intendente municipal como titular del Departamento Ejecutivo de
te Decreto Nº 1933, conforme a las atribuciones que le otorga el Código Electoral Provincial Ley 9751 Art. 43, de fecha 13 de diciembre de 2018, que los comicios para renovación de cargos electivos a nivel provincial se realizarán el día 12 de Mayo de 2019 y los términos mencionados en el párrafo anterior, es que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra dentro de los términos legalmente previstos en la normativa citada para Convocar a elecciones para la renovación de autoridades municipales para
la Municipalidad de la Ciudad de Cosquín Art. 39 de la Ley Provincial No 8102 -Orgánica Municipal-, y
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

c Tres 3 miembros titulares y tres 3 miembros suplentes para integrar el Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de la Ciudad de Cosquín Art. 78
de la Ley Provincial No 8102 -Orgánica Municipal-,
3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/01/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha24/01/2019

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones1431

Primera edición31/07/2018

Ultima edición18/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031