Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/11/2013 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 29 de noviembre de 2013

Cuarta Sección
BOLETÍN OFICIAL - A ÑO C - T OMO DLXXXVI - Nº 210

FALTA: El análisis del plexo probatorio reseñado, permite a esta Secretaría, tener por acreditada la existencia material del hecho enrostrado y la participación responsable del imputado RENZO YONATHAN PALACIO en la comisión del mismo de la forma relacionada. En efecto, del minucioso análisis efectuado sobre la prueba colectada surge en referencia al primer hecho que con fecha 20/02/2010 a las 02:00
horas aproximadamente, el oficial Inspector FRANCO TULA del Comando de Acción Preventiva de Dean Funes, junto con el Cabo EUGENIO YANCE a cargo del móvil policial matrícula interna número 5520, fue comisionado por la Central de Radio, para que se constituya en calle Solis y Avenida Armada Argentina, ya que había un grupo de jóvenes consumiendo bebidas alcohólicas. fs. 01 Una vez en el lugar, el personal actuante observó sobre la vereda de una vivienda deshabitada, a seis sujetos, los cuales se hallaban ingiriendo en una botella cortada una bebida de color oscuro, con aroma a alcohol -vino tinto-, una botella de cerveza marca BRAHMA, casi vacía, una gaseosa marca switty conteniendo medio litro del líquido, y dos cajas de vino tinto marca DON ERNESTO, una llena y la otra vacía, por ello procede a identificar a los masculinos, siendo CANO ABEL 18, AMADO PERALTA 19, CARLOS SORIA 15, YAMIL CESAR 19, ERIC MIRANDAY 18 y el investigado RENZO PALACIO, todos con halitosis alcohólica, procediendo, primeramente TULA
a hacer cesar la falta y trasladar a los citados hacia la comisaría local, previo a pasar por el Hospital local, donde fueron atendidos por el Dr. RUBEN BLANCA M.P.
N 25359/6 quien les constata la halitosis etílica de los aprehendidos. ver fs. 14 a 30. Por lo sucedido se declaró responsable al investigado del artículo 61 del C.FV
consumo de bebidas alcohólicas. Por lo sucedido el Subcomisario Luis Zapata, dispuso imponer la pena de cinco días de ARRESTO en SUSPENSO. Cabe consignar que el Juez JOSÉ SMITH del Juzgado de Control Niñez, Juventud, Penal Juvenil y Faltas dictó el sobreseimiento total art. 39 del CFV y art. 350 inc. 4 del C.P.P. por prescripción de la Acción Penal. fs. 48/49 -57 a 59 - 116/117 Esto quedó comprobado mediante actas de inspección ocular que obra en el presente expediente, además de certificado médico expedido por el Dr. RUBEN BLANCA, quien fue el que constató halitosis etílica al sumariado, además de la declaración del personal policial interviniente. fs. 04 Es dable mencionar que por este hecho, con fecha 20/02/10
mediante Resolución N 56/10, PALACIOS fue colocado en situación pasiva, el tiempo que permaneció detenido. fs. 06 a 10. En cuanto al segundo hecho se pudo establecer que el ciudadano CARLOS AL TAMIRANO, se presentó ante la Comisaría de Villa Del Totoral y denunció que siendo alrededor de las 06:10 horas, en momento en que se encontraba saliendo del boliche bailable denominado NOVAK, donde actuaba el grupo bailable LA GOZADERA. Una vez en calle 9 de Julio y 27 de Abril, es que se cruzó con un grupo de masculinos, manifestándole uno de ellos textualmente "yo a vos te conozco, yo a vos te lleve preso" , pero como este no contestó, siguió su rumbo, pero inmediatamente es atacado por cuatro sujetos, quienes le propinaron golpes de puño y punta pies, por lo que al gritar pidiendo que pararan con la golpiza, atrajo la atención de una pareja, que se encontraba en el lugar, siendo el joven EZEQUIEL SANGOY quien llamó al 101 haciéndose presente la unidad móvil y atendiendo al denunciante. Cabe consignar que al damnificado se lo traslado al hospital local, donde fue atendido por la Dra. GENTIL, quien le extendió el certificado médico donde le diagnosticaron lesiones traumo cráneo facial. fs.
75. También en su versión de los hechos, AL TAMIRANO añadió que cuando se constituyó en la Comisaría, reconoció a los cuatro sujetos que estaban en la sala de Guardia como sus agresores, ya que habían sido traídos por la Oficial Ayudante ERIKA GIMENEZ, junto con el Cabo EMANUEL ARGAÑARAZ mientras que patrullaba en el móvil 5532, y fueron comisionados a la búsqueda de los supuestos agresores, dando en esa oportunidad con el sumariado RENZO PALACIOS, ERIK MIRANDAY, DIEGO JAIMEZ y CARLOS MIRANDAY. Seguidamente se comunicó lo sucedido a la Fiscalía de Jesús María, disponiendo la Dra. Dimeglio fichar a los nombrados utsupra, y que continuaran en libertad, consignando que PALACIOS el día 25/05111 fue imputado del delito de Lesiones Leves. fs. 114 Lo sucedido quedó totalmente comprobado, mediante los testimonios que obran a fojas 80 de la empleada policial ERIKA GIMENEZ, quien fue el personal que fue comisionado en búsqueda de los agresores y fue quien traslado a los sujetos, además de ser testigos del reconocimiento de los incoados, por AL TAMIRANO. También en la exposición de EZEQUIEL ZANGOY quien divisó a un grupo de personas agrediendo al denunciante, quienes luego de unos minutos estos se dieron a la fuga por calle San Martín punto cardinal sur. Obra constancia en el libro de novedades del ingreso y posterior egreso del mismo efectivo investigado en el folio N 36 a 39 del libro de guardia de la Comisaría de Villa del Totoral a fojas 106 a 112, y la denuncia efectuada por el damnificado ALTAMIRANO, quien adjunto copia del cerificado médico expedido por la DRA. MELSA SENTIL quien le diagnostico lesiones trauma cráneo facial. fs. 96104-105. En relación al Tercer hecho se pudo establecer que con fecha 01/02/12, siendo alrededor de las 17:00 hs en circunstancia que el Oficial Ayudante MARCOS
GOROSITO, personal adscripto a la localidad de Deán Funes, patrullaba la zona en el móvil policial 5994, es comisionado a constituirse en calle Juramente N 200
barrio José Hernández de la localidad de Dean Funes, donde supuestamente había tres sujetos consumiendo estupefacientes. Al constituirse en el lugar el personal interviniente junto con Oficial Principal MARCOS MIZZAU y el Sargento Primero ALEJANDRO QUINTEROS los cuales acompañaban en el móvil 5993 para reforzar el control, observan a tres sujetos sentados sobre un tronco, por lo que al entrevistar a los jóvenes, se le solicitó que exhibieran lo que tenían en los bolsillos, pero uno de los sujetos el cual se encontraba vestido de remera a rayas color azul y fucsia, bermudas de jean y gorra de color negro, habría extraído del interior de uno de los bolsillos un envoltorio de papel cuadrado color gris metalizado conteniendo en su
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interior un polvo de color blanco, reticente ante el control, le propinó un golpe de puño al Principal Mizzau, y emprendido su huida, logrando a varias cuadras el Oficial GOROSITO agarrar al sujeto, quien posteriormente fue identificado como el Agente RENZO JONATHAN PALACIOS M.I. N 34.227.159, mientras que los acompañantes resultaron ser LUIS MANUEL CONTRERAS y EMANUEL JAIME.
Posteriormente, todos fueron trasladados a la Comisaría de Deán Funes, lugar donde quedaron alojados, consignando que el médico policial constató la lesión al Oficial Principal MIZZAU y le otorgó siete días de curación y dos días de inhabilitación para el trabajo, promoviendo este la acción penal correspondiente, labrándose la actuaciones Judiciales N 137/12 ante la Fiscalía de Instrucción de la Ciudad de Dean Funes. fs. 131/132. Lo narrado procedentemente quedó comprobado mediante, testimonios de MANUEL MARQUEZ, quien manifestó que PALACIOS corría raudamente como huyendo de los policías que venían por detrás; también el Sargento Primero MARCELO QUINTEROS, quien observó el golpe de puño que tiró el Oficial Ppal.
MIZZAU y el Oficial Subinspector MARCOS GOROSITO quienes dieron su versión de los hechos, al igual que el Cabo Primero ALIO CHUMINATTI quien declaró que pudo observar cuando PALACIOS intentaba auto flagelarse, contra el móvil policial, al mismo tiempo que escuchabas los insultos que emitía el investigado, en contra de MIZZAU y GOROSITO. fs. 208 a 221. Por este hecho fue colocado en Situación Pasiva N 25/12 de fecha 01/02/12, medida que a la fecha, perdura. 135 a 142. Todo lo analizado permite afirmar que, el sumariado con su accionar a afectado el prestigio de la Institución afectando la imagen que la sociedad tiene de esta, produciéndose un resquebrajamiento de la tranquilidad pública, ya que como se vislumbra, los hechos sucedieron en la vía pública a vista de la ciudadanía, trayendo a presente que en el primer hecho PALACIOS se encontraba consumiendo bebidas alcohólicas con amigos, mientras que en el segundo hecho golpeó a un vecino, situación que se repitió en el tercer hecho, ya que agredió verbal y físicamente al oficial Principal MIZZAU, arrojándole un golpe de puño, de esta forma se observa que el investigado no guardo su compostura, no importándole su condición de funcionario público, siendo el de resguardar la vida y los bienes de las personas, y no verse involucrado en estos hechos. En virtud de lo expuesto se puede advertir que con su accionar el Agente RENZO JONATHAN PALACIOS ha vulnerado las previsiones del Art. 15
incs. 20 correlacionado con el Art. 15 inc. "i" de la Ley de Personal Policial N
9728 y 27 del R.R.D.P. Decreto N 1753/03, situación que hace procedente la imposición al causante de una sanción disciplinaria acorde a la naturaleza y gravedad de la falta cometida, tendiente a evitar que hechos de esta naturaleza se repitan en el futuro, debiendo valorarse asimismo las circunstancias agravantes y atenuantes y que la finalidad de las normas del Reglamento en aplicación es garantizar la adecuada prestación del servicio policial y el correcto desempeño del personal Artículo 2 RRD.P.. En cuanto a las circunstancias atenuantes se debe tener en cuenta que el encartado posee un Concepto Funcional de BUENO emitido por la Comisario IRIS PEREYRA ver fs. 164, no obstante registra en los últimos 12 meses CUATRO 04 DÍAS DE ARRESTO, por infracción al Artículo 13 inciso 1; cuatro días de Arresto por infracción al artículo 13 inciso 26 y cuatro días de Arresto por infracción al articulo 13 inciso 6 fs. 122. CONCLUSIÓN Por todo lo expuesto, estimando concluida la investigación, independientemente de lo que se resuelva en la faz judicial, en este ámbito surge mérito administrativo suficiente para tener por acreditada la existencia del hecho enrostrado y la participación responsable del imputado Agente RENZO JONATAN PALACIOS M.I. N 34.227.159 en el mismo, es de opinión del Suscripto que debiera dictarse una RESOLUCIÓN CONDENATORIA, debiéndose imponer al imputado una sanción acorde a la naturaleza y a las circunstancias de los hechos que se le atribuyen por infracción al art. 15 incs. 20 correlacionado con el Art. 15 Inc. "i" de la Ley de Personal Policial N 9728 y 27 del R.R.D.P. Dcto. 1753/
03 y modificatorias, sin perjuicio de agravarse su situación en caso de resultar adversa la resolución judicial. Secretaría de Faltas Gravísimas, 27 de septiembre de 2013.
Secretaría de Actuaciones por Faltas Gravísimas, 445/13. Dr. LUCAS M. SAVIO.
SECRETARÍA DE FALTAS GRAVÍSIMAS Saludo a Ud. muy atte.
5 días 30361 4/12/2013 - s/c POLICIA DE CORDOBA
CUERPO DE VIGILANCIA ESPECIAL
Córdoba, 07 de Noviembre de 2013", Y VISTO CONSIDERANDO RESUELVE:
Artículo 1.- DISPONESE la baja a partir de la fecha del presente instrumento legal, de la Agente de la Policía de la Provincia Naira Ayelen DIAZ M.I. N 34.768.418 - Clase 1989, conforme a lo previsto por el Artículo 75 inc. a de la Ley N 9728, Articulo 2.PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese y archívese. Resolución N 505 Firmado Mgter. Alejandra MONTEOLIVA, Ministra de Seguridad, Provincia de Córdoba.5 días 30178 3/12/2013 - s/c FRENTE VECINAL Y POPULAR
SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE LA
PERSONALIDAD JURÍDICO POLÍTICA MUNICIPAL
El Juzgado Electoral Provincial -de acuerdo a 10 dispuesto por el artículo 130 de la Ley Provincial N 9.572- hacer saber que la Junta Promotora de la agrupación política denominada "Frente Vecinal y Popular" con fecha 08 de noviembre de 2013 ha iniciado el trámite de reconocimiento de la personalidad jurídico política municipal para actuar en el ámbito de la localidad de Monte Buey Dpto. Marcos Juárez de esta Provincia. Fdo:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/11/2013 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha29/11/2013

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones3980

Primera edición01/02/2006

Ultima edición25/05/2024

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