Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/01/2020 - 1º Sección
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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
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Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
Decreto N 1746
Córdoba, 10 de diciembre de 2019
AÑO CVII - TOMO DCLXI - Nº 3
CORDOBA, R.A. LUNES 6 DE ENERO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Artículo 2º.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Finanzas, la señora Ministra de Coordinación y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al Ab.
Santiago DE LA ROZA M.I. Nº 29.110.192, como Secretario Legal y Técnico, dependiente del Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
COORDINACIÓN / OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS / JORGE
EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N 1747
Córdoba, 10 de diciembre de 2019
Artículo 2º.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Finanzas, la señora Ministra de Coordinación y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al Ab.
Mariano Martín MÉNDEZ M.I. 92.550.752 como Interventor de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, con funciones y remuneración de Presidente de la citada Institución, en los términos del artículo 7º de la Ley Nº 5317.
Decreto N 1748
Córdoba, 10 de diciembre de 2019
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, al Cr. Armando Guillermo GARCÍA M.I. Nº 8.276.374, como Subsecretario de Tesorería General y Crédito Público dependiente de la Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de Finanzas.
Decreto N 1749
Córdoba, 10 de diciembre de 2019
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
COORDINACIÓN / OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS / JORGE
EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Artículo 2º.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Finanzas, la señora Ministra de Coordinación y por el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
COORDINACIÓN / OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS / JORGE
EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, a la Cra. Marina VILLARREAL BARROSO M.I. N 30.121.161, en el cargo de Subsecretaria de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas de la Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de Finanzas.
Artículo 2º.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
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