Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/01/2020 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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a
Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano AÑO CVII - TOMO DCLXI - Nº 1
CORDOBA, R.A. JUEVES 2 DE ENERO DE 2020
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

VI. ANEXO XVIII 2 IMPUESTO A LAS EMBARCACIONES - TABLA DE
VALUACIONES ART. 402 R.N. 1/2017.
ARTICULO 3.- DEROGAR el ANEXO XIX AGENTE DE RETENCIÓN/
PERCEPCIÓN/RECAUDACIÓN CALCULO DE FOFISE Y FFOI - SUMATORIA DE BASES IMPONIBLES AÑO ANTERIOR ART. 465 R.N. 1/2017.

ARTICULO 4.- Lo reglamentado en la presente resolución tendrá vigencia a partir del 01 de Enero de 2020.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO.: LIC. HEBER FARFÁN - SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS - MINISTERIO DE FINANZAS
ANEXO

Resolución General N 2174
Córdoba, 30 de Diciembre de 2019.VISTO: El Convenio de Complementación de Servicios entre la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor DNRPA y de los Créditos Prendarios y la Provincia de Córdoba de fecha 08
de marzo de 2016;
Y CONSIDERANDO:
QUE mediante el Convenio mencionado, se establece una operatoria de liquidación, depósito, rendición y control de gestión del Impuesto a la Propiedad Automotor.
QUE en virtud de los cambios introducidos en las normativas vigentes resulta necesario aprobar un nuevo instructivo que deberán considerar los Encargados de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor, al actuar como Agente de Retención del Impuesto a la Propiedad Automotor y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina -ACARA-.

POR TODO ELLO, atento las facultades y funciones acordadas por los Artículos 17 y 19 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2015
y modificatorias-;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E LV E :
ARTÍCULO 1.- APROBAR el Instructivo Impuesto a la Propiedad Automotor de 16 fojas que se adjunta a la presente.
ARTÍCULO 2.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2020.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, PASE a conocimiento de todos los sectores pertinentes y Archívese.
FIRMADO: LIC. HEBER FARFÁN - SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS - MI-

QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía de avocamiento las funciones establecidas para la misma.

Resolución General N 2175
Córdoba, 30 de Diciembre de 2019.VISTO: El Convenio de Complementación de Servicios entre la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de los Créditos Prendarios DNRNPA y la Provincia de Córdoba de fecha 08 de Marzo de 2016; los cambios vigentes a partir del año 2020 a través de la Ley N
10.679 modificaciones al Código Tributario -Ley Nº 6006, T.O. 2015 y modificatorias-; la Ley Impositiva Anual N 10.680, ambas leyes publicadas en el B.O.
el día 20-12-2019; y el Decreto N 2029/2019 B.O. 30-12-2019 a través del cual se adecuan las alícuotas, escalas e importes fijos del Impuesto de Sellos;
Y CONSIDERANDO: QUE mediante el Convenio mencionado se establece una operatoria de liquidación, depósito, rendición y control de gestión del Impuesto de Sellos.
QUE en virtud de los cambios introducidos en las normas citadas resulta necesario aprobar un nuevo instructivo que deberán observar los Encargados de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor cuando actúen como Agentes de Percepción del Impuesto de Sellos y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina ACARA.
QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la SuperBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

NISTERIO DE FINANZAS.ANEXO

intendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR ELLO, atento las facultades acordadas por los Artículos 19 y 20 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2015 y modificatorias-;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
R E S U E LV E :
ARTÍCULO 1.- APROBAR el Instructivo Impuesto de Sellos compuesto por 34
fojas que se adjunta a la presente.
ARTÍCULO 2.- La presente resolución tendrá vigencia a partir del día 01-012020.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE
a conocimiento de los Sectores pertinentes y ARCHÍVESE.
FDO: LIC. HEBER FARFÁN, SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS - MINISTERIO
DE FINANZAS.ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/01/2020 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha02/01/2020

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4135

Primera edición01/02/2006

Ultima edición09/05/2024

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