Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2019 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIV - Nº 114
CORDOBA, R.A. MARTES 18 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y
FINANCIAMIENTO
Resolución N 112
Córdoba, 07 de mayo de 2019
VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura mediante Resolución Nº 102/2019 deja sin efecto en todos sus términos su Resolución Nº 553/2018 y propicia la aprobación del Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios Nº 2 por las variaciones de costos verificadas en el mes de septiembre de 2018, en el DESARROLLO DEL
PROYECTO DE INGENIERÍA DE DETALLES DE GASES MÉDICOS y la realización de la Obra: EJECUCIÓN DE INSTALACIÓN DE GASES DE
USO MEDICINAL EN EL HOSPITAL DE SAN JOSÉ DE LA DORMIDA, UBICADO EN CALLE PÚBLICA S/N LOCALIDAD DE SAN JOSÉ DE LA
DORMIDA DEPARTAMENTO TULUMBA PROVINCIA DE CÓRDOBA
suscripta con fecha 28 de febrero de 2019, entre el señor Director General de Obras de la citada Secretaría y el Apoderado de la Empresa SADIC
S.A., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO: Que obra en autos la Resolución Ministerial Nº 497
de fecha 28 de diciembre de 2018 por la cual se aprobó el Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios Nº 2 por variaciones de costos verificadas en el mes de septiembre de 2018 para la obra de que se trata, suscripta con fecha 28 de noviembre de 2018, entre el señor Director General de Obras de la Secretaría de Arquitectura y el Apoderado de la Empresa SADIC S.A., contratista de la obra, por la suma de $ 7.601,19.
Que con fecha 13 de febrero de 2019 la Dirección General de Administración de este Ministerio solicita al Tribunal de Cuentas de la Provincia la devolución sin intervención de las presentes actuaciones, atento a que no hay solicitud de la comitente para ejecutar mayor porcentaje de obra en relación al avance teórico presentado por la empresa contratista a la fecha de solicitud.
Que en virtud de ello, la Sección Estudios de Costos de la Secretaría de Arquitectura agrega nuevo informe de Adecuación Provisoria del cual surge se procedió a confeccionar los nuevos cálculos en un todo de acuerdo al Decreto Nº 800/2016 y señala que el presupuesto de obra está conformado por la redeterminación que detalla en la Planilla de Cálculo, siendo la fecha de la segunda adecuación provisoria el mes de septiembre de 2018, la variación de referencia del 5,41%, el saldo a integrar por Adecuación Provisoria al 95% de la variación incluida en el factor de redeterminación es de $ 7.601,19, ascendiendo el nuevo costo del presupuesto total de la obra a la suma de $ 11.709.317,48.
Que concluye en definitiva, que los cálculos practicados se hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 800/2016, la Resolución Ministerial Nº 223/2016, Ley Nº 10411 y Decreto Nº 259/17 contemplando la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos previsto en el inciso 32 del artículo 215 del Código Tributario Provincial.
Que se ha incorporado en autos nueva Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria Nº 2, suscripta con fecha 28 de febrero de 2019, entre el señor Director General de Obras de la Secretaria de Arquitectura y el Apoderado de la Empresa SADIC S.A., por la que se conviene la Adecuación Provisoria de Precios por las variaciones de costos verificadas en el mes de BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

septiembre de 2018, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo, conforme lo estipulado por el artículo 14 Anexo I del Decreto Nº 800/2016, como también las partes acuerdan dejar sin efecto en todos sus términos el Acta que suscribieron con fecha 28 de noviembre de 2018 .
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido Nº 2019/000112 que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica.
Que la Subsecretaría de Administración da plena fe de la corrección de los cálculos efectuados, en base a los índices provistos por la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia y las disposiciones del Decreto Nº 800/2016, realizado en ejercicio de la competencia técnica y económica en razón de la materia.
Que obra Dictamen N 615/2018 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio y su proveído de fecha 3 de abril de 2019 mediante los cuales se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N 800/2016, modificado por Decreto 30/2018
y disposiciones de la Resolución Nº 223/216 del entonces Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, atento a que se ha verificado una variación en los precios ponderados de los factores de costos del contrato superior al cinco por ciento 5% respecto a los valores contractuales vigentes y el Régimen de Redeterminación de Precios fue establecido por el artículo 21 del Pliego Particular de Condiciones.
Que en consecuencia, dicha asesoría considera que al darse el supuesto previsto en el artículo 18 del Anexo I al Decreto 800/2016, modificado por Decreto 30/2018 y contempladas las demás previsiones de dicha normativa para los cálculos efectuados, verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación del precitado decreto, lo cual queda evidenciado en lo actuado, puede procederse a rectificar la Resolución Ministerial Nº 497/2018 y aprobar la nueva Acta suscripta con fecha 28 de febrero de 2019, debiendo la Secretaría de Arquitectura solicitar la integración de la garantía de contrato y formalizar addenda, habida cuenta que existe una modificación del precio contractual y produce consecuencias jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, las previsiones del artículo 8º del Decreto Nº 30/2018, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 615/2018, su proveído de fecha 3 de abril de 2019 y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- RECTIFÍCANSE los considerandos de la Resolución Ministerial Nº 497, de fecha 28 de diciembre de 2018, en todas las partes que resulte necesario adecuar a los fundamentos de la presente resolución.
Artículo 2º.- RECTIFÍCASE el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 497 de fecha 28 de diciembre de 2018, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria Nº 2 por las variaciones de costos verificadas en el mes de septiembre de
4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha18/06/2019

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4145

Primera edición01/02/2006

Ultima edición22/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2019>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30