Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/10/2015 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 2 de Octubre de 2015

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Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX Nº 190

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCX - Nº 190
CORDOBA, R.A., VIERNES 2 DE OCTUBRE DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

PODER

http boletinoficial.cba.gov.ar E-mail: boe@cba.gov.ar DIRECCIÓN PROVINCIAL DE

EJECUTIVO

VIALIDAD

Decreto N 1038
Córdoba, 21 de Septiembre de 2015
VISTO: la Nota DGASGA01-635803050-813, del registro del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se tramita la aceptación y agradecimiento de la donación efectuada por la Municipalidad de la Ciudad de San Francisco, Departamento San Justo de ésta Provincia de Córdoba, a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, de un lote de terreno ubicado en la citada localidad identificado catastralmente con la Nomenclatura L:52
C:03 S:01 M:237 P:001, Cuenta N 3002-2741301/1 e inscripto en el Registro General de la Provincia en relación a la Matrícula N 1.328.293, destinado a la construcción del edificio donde funcionará un taller jurisdiccional y una escuela técnica para dicha ciudad.
Que la iniciativa es impulsada, por el Director Suplente del I.P.E.T. N 50 alegando que el inmueble donado, será destinado a la construcción de un anexo dependiente del citado Centro Educativo con orientación Informática y Programación, y a un taller jurisdiccional de aproximadamente 180 m2.
Que se adjunta copia fiel de Escritura N 285 de fecha 30/12/
09, Acta de Oferta de Donación con Cargo suscripta por el Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de San Francisco, y copia fiel de Ordenanza N 6377/13 del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de San Francisco, y su Decreto Promulgatorio N 222/13, instrumentos mediante los cuales se efectúa la presente donación.
Que obran además, copia simple de la Matrícula N 1.328.293
expedido por el Registro General de la Provincia, del cual se desprende que la titularidad del inmueble consta a nombre del Municipio de San Francisco; así como copias del impuesto inmobiliario y Planos de Mensura correspondientes.
Que han tomado la intervención de su competencia la Contaduría General de la Provincia mediante Informe N 11-808/13, la Dirección de Jurisdicción Planificación y Proyectos de la Dirección General de Arquitectura dependiente del Ministerio de Infraestructura, y la Dirección de Patrimonial del Ministerio de Administración y Gestión Pública, mediante Informe N 227/13.
Que por su parte, la Inspección de Educación Técnica Zona NoresteSan Francisco comunica, que el I.P.E.T. N 50 ING.
EMILIO F. OLMOS cuenta con un Anexo que funciona desde el año 2013 en el C.E. INTENDENTE DR. RAUL VILLAFAÑE;

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sin embargo, para el año 2015, dicha institución deberá contar con un nuevo edificio a fines de que pueda albergar a los estudiantes de aquel Anexo, atento a que los espacios físicos no resultarán suficientes para ambos niveles.
Que la Subdirección de Jurisdicción de Infraestructura informa que no cuenta con programas de financiamiento para la construcción de nuevos edificios con orientación técnica, por lo cual le remite las actuaciones a la Dirección General de Programas Especiales e Infraestructura que, comunica que dicha construcción contará con el financiamiento del INET.
Que atento a ello, informes emitidos por las áreas técnicas competentes, lo dispuesto por los artículos 72 Inc. 4 y, 144 Inc.
1 de la Constitución Provincial, artículos 1542, 1545, 1553 y 1562, corr. y cc. Del Código Civil y Comercial de la Nación, y artículo 135 de la Ley N 7631 y su Decreto Reglamentario N
525/95, nada obsta a la aceptación de la donación de que se trata, ingresando el bien citado al dominio privado del Estado conforme artículo 236 inc. e del referido Código.
Que corresponde autorizar a Escribanía General de Gobierno a realizar la inscripción del inmueble donado en el Registro General de la Provincia, y a la Dirección General de Rentas para que, en caso de corresponder, cancele las deudas que pudieran existir en concepto de Impuesto Inmobiliario y sus recargos, intereses y multas en relación a lo donado conforme lo establecido en el artículo 176 del Código Tributario Ley N 6006-T.O.
Decreto N 400/2015.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N 310/
2015, por Fiscalía de Estado bajo el N 742/2015, y en uso de atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1.- ACÉPTASE Y AGRADÉCESE la donación efectuada por la Municipalidad de la ciudad de San Francisco, con domicilio legal en calle Bv. 9 de Julio 1187, de la citada localidad, Provincia de Córdoba, mediante Ordenanza N 6377/
2013 promulgada por Decreto N 222/2013, de un inmueble que conforme a título se describe como: Una fracción de terreno, que forma parte de los lotes 23119-1988 y 23119-2089 de la Ciudad de San Francisco, Pedanía Juárez Celman, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba y que según Plano de Unión y Loteo confeccionado por la Ing. Mónica C. de Paschiero y visado por la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba, en Expte. N 0589-000452/07 con fecha 15 de mayo de 2009 compone la manzana 237 y se designa
http boletinoficial.cba.gov.ar
Consultas al e-mail: boe@cba.gov.ar
Resolución N 697
Córdoba, 29 de Setiembre de 2015
REF.: SINDICATO VIAL CÓRDOBA SI.VIAL.CO SOLICITA
ASUETO POR EL DÍA DEL TRABADOR VIAL C.I.N 630753
045 215.VISTO: Las presentes actuaciones que tratan de la solicitud del Sindicato Vial Córdoba SI.VIAL.CO, a efectos que se disponga asueto y día no laborable el próximo 05 de octubre de 2015, con motivo de celebrarse el día 05 de octubre el Día del Trabajador Vial.
Y CONSIDERANDO:Que a fs. 1, el Sindicato Vial Córdoba SI.VIAL.CO señala que, con motivo de celebrarse el día 05
de octubre el Día del Trabajador Vial y de acuerdo a lo establecido por el Art. 90 del Convenio Colectivo de Trabajo N
572/09, solicita se disponga asueto y día no laborable con goce de haberes para todos los trabajadores dependientes de la Dirección Provincial de Vialidad, el próximo día 05 de Octubre de 2015.
Que a fs. 2 obra providencia de Vocalía del Directorio, mediante la cual se ha dado la autorización necesaria para el dictado de la Resolución, prestando conformidad a lo solicitado por el Sindicato Vial Córdoba SI.VIAL.CO.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N
702/15, señala que conforme a la expuesto, no tiene objeción jurídica formal que formular, por lo que puede dictarse acto administrativo declarando asueto y no laborable con goce de haberes para todos los trabajadores viales pertenecientes a la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Córdoba, el día 05 de Octubre de 2015, en función de la Ley N 20320, Convenio Colectivo de Trabajo N 572/09 y las facultades conferidas por la Ley N 8555.
POR ELLO, atento las facultades conferidas por la Ley Provincial N 8555, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las previsiones de la Ley N 20320 y del Convenio Colectivo de Trabajo N 572/09;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCION
PROVINCIAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
Art. 1.- Declarar asueto el día 05 de Octubre de 2015 y en consecuencia no laborable con goce de haberes para todos los Trabajadores Viales dependientes de esta Dirección, con motivo de conmemorarse ese día el Día del Trabajador Vial.Art. 2.- Hacer llegar a todo el personal el reconocimiento por la labor que desarrollan en este Organismo.-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 4342126 / 27
BOE - Tel. 0351 5243000 int. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 02/10/2015 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha02/10/2015

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones4163

Primera edición01/02/2006

Ultima edición19/06/2024

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