Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/04/2011 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 14 de abril de 2011

ENTE REGULADOR de los SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución Nº 621

Córdoba, 23 de marzo de 2011

Y VISTO: La Nota N 689876 059 27 110 en la que obra la presentación promovida por la Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Sociales de Hernando Limitada, con fecha 03 de Diciembre de 2010, mediante la cual solicita la homologación, por parte de este Organismo, de la Estructura Tarifaria Única del Cuadro Tarifario de la misma, conforme a lo dispuesto en la Resolución General ERSeP N 17/2008.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución General ERSeP N 17 de 2008, en su artículo 6, el cual establece: APRUÉBASE el mecanismo para la adaptación de las estructuras tarifarias vigentes en las Distribuidoras Cooperativas a la estructura tarifaria propuesta, en función de lo establecido en el Anexo Único, tomando como semana 1uno establecida en el -Cronograma de Implementación de la Estructura Tarifaria Únicala primer semana de Febrero de 2009; este Organismo resuelve aprobar el mecanismo para la adaptación de las estructuras tarifarias vigentes en las Distribuidoras Cooperativas a la estructura tarifaria propuesta como única, en función de lo establecido en el Anexo de tal resolución, tomando como semana 1
uno establecida en el Cronograma de Implementación de la Estructura Tarifaria Única, la primer semana de Febrero de 2009.Que la Ley N 8.835 en su artículo 25 inc. h enumera como competencia del ERSeP, Aprobar las modificaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores, de acuerdo con los términos de los títulos habilitantes..Que el artículo 35 de la Ley Nº 8837 establece que, Los servicios de transporte y distribución serán regulados hasta que puedan organizarse en la forma de mercados competitivos con precios libres. Hasta que ello ocurra, las tarifas serán fijadas por el Poder Ejecutivo en oportunidad de otorgar los títulos habilitantes, correspondiendo su actualización temporal al ERSeP.Que el Contrato de Concesión en su artículo Nº 21 establece:
Los Cuadros Tarifarios que apruebe el ENTE constituyen valores máximos, límite dentro del cual la CONCESIONARIA facturará a sus USUARIOS por el servicio prestado..Que atento a lo expuesto, la Cooperativa solicita en esta oportunidad, la homologación del nuevo cuadro tarifario adaptado a la Estructura Tarifaria Única, propuesta mediante Resolución General ERSeP 17/2008.Que la Distribuidora formula su pedido indicando Adjuntamos a la presente la Estructura Tarifaria Propuesta por el ERSeP
conforme la Resolución General ERSeP N 17/2008, para vuestro análisis y revisión.Que, tal adecuación se debe a que en la presentación efectuada por las Distribuidoras Cooperativas al momento de solicitar la concesión del servicio, presentaron estructuras tarifarias que contemplaban sólo al mercado que atendían en ese momento, y como tal fue homologada.
Que, en relación a lo solicitado por la Distribuidora, el Informe Técnico elaborado por la Unidad de Asesoramiento Técnico de la Gerencia de Energía Eléctrica expresa que: Para ésta Cooperativa se homologó una estructura que contempla a usuarios de tipo residencial, comercial, industrial, rural, gobierno y alumbrado público; y es la que se encuentra en vigencia para la misma y que es la siguiente con los aumentos autorizados hasta la fecha mediante las distintas Resoluciones Generales del ERSeP, tal como se adelantó precedentemente actualmente estamos en presencia de usuarios con consumos de energía para los más variados fines, a lo cual corresponde un encuadramiento particular para cada una de ellas y con una tarifa acorde a la tipología de consumo, tal como lo son la destinada al uso exclusivamente residencial, comercial, industrial, agua para riego, alumbrado público, etc.; y ante las distintas características geográficas y de consumo que se presentan en los distintos puntos de la Provincia de Córdoba, y para lograr una uniformidad en las estructuras tarifarias que presentaron en su momento las distribuidoras En éste marco, y considerando el cuadro tarifario inicial con que cuenta la Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Sociales de Hernando Limitada se procederá a analizar la reestructuración del cuadro en la nueva estructura tarifaria, simulando consumos para las distintas categorías..
Que el Informe de referencia concluye que Por lo tanto, de acuerdo a lo desarrollado en el presente informe en función de lo
estipulado por la Resolución General ERSeP N 17 del 30 de Diciembre de 2008, se plantea la readecuación del Cuadro Tarifario Inicial en función de la Estructura Tarifaria Única propuesta; se considera entonces que por lo analizado y a las resoluciones en vigencia, pertinente la homologación del Cuadro Tarifario que se adjunta en el Anexo Único que contempla la nueva estructura tarifaria para la Cooperativa de Obras, Servicios Públicos de Hernando Limitada a partir de los consumos de 01 de Abril de 2011.Que, conforme a los estudios elaborados por la Gerencia de Energía con el fin de lograr una Estructura Tarifaria Única en toda la Provincia, y atento a lo establecido por la Resolución General ERSeP N 17/2008, e interpretando que la implementación de la nueva estructura tarifaria propuesta por la Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Sociales de Hernando Limitada, significará el logro de la uniformidad en las estructuras tarifarias presentadas inicialmente por las Distribuidoras, corresponde homologar el nuevo Cuadro Tarifario aplicable a partir de los consumos del 01 de Abril de 2011.Por lo expuesto, normas citadas, las facultades conferidas por los artículos 21 y concordantes de la Ley Nº 8835 Carta del Ciudadano y lo dictaminado por la Unidad de Asesoramiento Legal de la Gerencia de Energía Eléctrica de este Organismo bajo el Nº 105/
2011, el Honorable Directorio del Ente Regulador de los Servicios Públicos E.R.Se.P., RESUELVE:
ARTÍCULO 1: APRUÉBASE la modificación del cuadro tarifario de la Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Sociales de Hernando Limitada, conforme al Anexo Único Cuadro Tarifario-, compuesto del Sub Anexo I Estructura y Valores-, Sub Anexo II
Régimen Tarifario-, y Sub Anexo III Categorías Tarifarias Homologadaspropuesto por la Gerencia de Energía Eléctrica del ERSeP, la cual tendrá validez para aquellos consumos registrados a partir del 01 de Abril de 2011, que en dieciocho 18 fojas útiles integran la presente.
ARTÍCULO 2: PROTOCOLÍCESE, hágase saber y dése copia.
DR. RODY WILSON GUERREIRO
PRESIDENTE
DR. LUIS GUILLERMO ARIAS
VICEPRESIDENTE
DR. JORGE ANDRÉS SARAVIA
DIRECTOR
CR. ALBERTO L. CASTAGNO
DIRECTOR
DR. ROBERTO ANTONIO ANDALUZ
DIRECTOR
DR. JUAN PABLO QUINTEROS
DIRECTOR
LOS ANEXOS DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN SE ENCUENTRAN A
DISPOSICIÓN DE LOS INTERESADOS EN LA SEDE DEL ERSEP, EN SU
PÁGINA WEB: HTTP ERSEP.CBA.GOV.AR/, Y EN LA REFERIDA
COOPERATIVA.


Resolución Nº 622

Córdoba, 23 de marzo de 2011

Y VISTO: La Nota N 717560 059 33 710 en la que obra la presentación promovida por la Cooperativa de Servicios Públicos y Viviendas de Obispo Trejo Ltda., con fecha 17 de Diciembre de 2010, mediante la cual solicita la homologación, por parte de este Organismo, de la Estructura Tarifaria Única del Cuadro Tarifario de la misma, conforme a lo dispuesto en la Resolución General ERSeP
N 17/2008.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución General ERSeP N 17 de 2008, en su artículo 6, el cual establece: APRUÉBASE el mecanismo para la
adaptación de las estructuras tarifarias vigentes en las Distribuidoras Cooperativas a la estructura tarifaria propuesta, en función de lo establecido en el Anexo Único, tomando como semana 1uno establecida en el -Cronograma de Implementación de la Estructura Tarifaria Únicala primer semana de Febrero de 2009; este Organismo resuelve aprobar el mecanismo para la adaptación de las estructuras tarifarias vigentes en las Distribuidoras Cooperativas a la estructura tarifaria propuesta como única, en función de lo establecido en el Anexo de tal resolución, tomando como semana 1
uno establecida en el Cronograma de Implementación de la Estructura Tarifaria Única, la primer semana de Febrero de 2009.Que la Ley N 8.835 en su artículo 25 inc. h enumera como competencia del ERSeP, Aprobar las modificaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores, de acuerdo con los términos de los títulos habilitantes..Que el artículo 35 de la Ley Nº 8837 establece que, Los servicios de transporte y distribución serán regulados hasta que puedan organizarse en la forma de mercados competitivos con precios libres. Hasta que ello ocurra, las tarifas serán fijadas por el Poder Ejecutivo en oportunidad de otorgar los títulos habilitantes, correspondiendo su actualización temporal al ERSeP.Que el Contrato de Concesión en su artículo Nº 21 establece:
Los Cuadros Tarifarios que apruebe el ENTE constituyen valores máximos, límite dentro del cual la CONCESIONARIA facturará a sus USUARIOS por el servicio prestado..Que atento a lo expuesto, la Cooperativa solicita en esta oportunidad, la homologación del nuevo cuadro tarifario adaptado a la Estructura Tarifaria Única, propuesta mediante Resolución General ERSeP 17/2008.Que la Distribuidora formula su pedido indicando solicitamos a Ud. sea aprobado por ese ENTE nuestra Estructura y Cuadro Tarifario Único, según RG 17/08, el que reemplazará al actual..Que, tal adecuación se debe a que en la presentación efectuada por las Distribuidoras Cooperativas al momento de solicitar la concesión del servicio, presentaron estructuras tarifarias que contemplaban sólo al mercado que atendían en ese momento, y como tal fue homologada.
Que, en relación a lo solicitado por la Distribuidora, el Informe Técnico elaborado por la Unidad de Asesoramiento Técnico de la Gerencia de Energía Eléctrica expresa que: Para ésta Cooperativa se homologó una estructura que contempla a usuarios de tipo residencial, comercial, industrial, rural, gobierno y alumbrado público; y es la que se encuentra en vigencia para la misma y que es la siguiente con los aumentos autorizados hasta la fecha mediante las distintas Resoluciones Generales del ERSeP, tal como se adelantó precedentemente actualmente estamos en presencia de usuarios con consumos de energía para los más variados fines, a lo cual corresponde un encuadramiento particular para cada una de ellas y con una tarifa acorde a la tipología de consumo, tal como lo son la destinada al uso exclusivamente residencial, comercial, industrial, agua para riego, alumbrado público, etc.; y ante las distintas características geográficas y de consumo que se presentan en los distintos puntos de la Provincia de Córdoba, y para lograr una uniformidad en las estructuras tarifarias que presentaron en su momento las distribuidoras En éste marco, y considerando el cuadro tarifario inicial con que cuenta la Cooperativa de Servicios Públicos y Vivienda de Obispo Trejo Limitada se procederá a analizar la reestructuración del cuadro en la nueva estructura tarifaria, simulando consumos para las distintas categorías..
Que el Informe de referencia concluye que Por lo tanto, de acuerdo a lo desarrollado en el presente informe en función de lo estipulado por la Resolución General ERSeP N 17 del 30 de Diciembre de 2008, se plantea la readecuación del Cuadro Tarifario Inicial en función de la Estructura Tarifaria Única propuesta; se considera entonces que por lo analizado y a las resoluciones en vigencia, pertinente la homologación del Cuadro Tarifario que se adjunta en el Anexo Único que contempla la nueva estructura tarifaria para la Cooperativa de Servicios Públicos y Vivienda de Obispo Trejo Limitada a partir de los consumos de de 01 de Abril de 2011.Que, conforme a los estudios elaborados por la Gerencia de Energía con el fin de lograr una Estructura Tarifaria Única en toda la Provincia, y atento a lo establecido por la Resolución General ERSeP N 17/2008, e interpretando que la implementación de la nueva estructura tarifaria propuesta por la Cooperativa de Servicios Públicos y Vivienda de Obispo Trejo Limitada, significará el logro de la uniformidad en las estructuras tarifarias presentadas inicialmente por las Distribuidoras, corresponde homologar el nuevo Cuadro

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 14/04/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha14/04/2011

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4162

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/06/2024

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