Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 20/6/2002

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 20 de junio de 2000
DECRETOS AÑO 1999
DECRETO N 1.051
La Rioja, 26 de octubre de 1999
Visto: La necesidad de adoptar medidas que coadyuven a la concreción del correcto funcionamiento de todas las instituciones; y,Considerando:
Que el Gobierno Provincial ha decidido priorizar las estrategias de regionalización y descentralización, lo que se traduce en el apoyo tendiente a lograr el desarrollo y difusión de los procesos y sistemas destinados a mejorar la calidad fomentando la modernización y eficiencia en el sector público municipal.
Que específicamente el objetivo trazado está dirigido a promover los sistemas al mejoramiento continuo de la calidad de los productos y servicios que se prestan u originan en la esfera de la administración pública municipal a través de herramientas como la organización, modernización u competitividad de esas instituciones.
Que resulta necesario a los fines de la concreción de tal objetivo, establecer en el marco de su apoyo y promoción, estímulos a los municipios de la provincia que actúen como motores de la mejor satisfacción de las necesidades y expectativas de las comunidades.
Que instituir un premio a los Municipios de naturaleza exclusivamente simbólica sin aditamento económico alguno, para cuyo otorgamiento se considere:
el desarrollo, la capacitación y la participación de todos los miembros de la organización, la satisfacción del consumidor, el aumento de la productividad, la preservación del medio ambiente, la optimización y conservación de los recursos según el caso, significa a la vez un reconocimiento y un incentivo a la buena gestión municipal.
Que la autoridad de aplicación del estímulo que por ese caso se implementa será la Secretaría de Asuntos Municipales y Desarrollo Regional, órgano que elaborará y coordinará los distintos aspectos del premio Municipios de La Rioja.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
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BOLETIN OFICIAL

mejoramiento continuo de la calidad de los servicios y productos que se originan en la esfera de competencia de la Administración Pública Municipal mediante la modernización, organización, eficiencia y eficacia de sus instituciones.
Artículo 4- El premio Excelencia a la Gestión Municipal será otorgado anualmente, estableciéndose como plazo máximo para la entrega del primer premio, el término de tres meses contados a partir del dictado del presente.
Artículo 5- Se consideran indicadores positivos para el otorgamiento del estímulo creado, la actividad municipal que haya contribuido al bienestar socioeconómico a través de procesos o sistemas de calidad efectivamente aplicados, destinados a obtener mejoras en la calidad de sus productos y servicios y que efectivamente se hubieren traducido en el mejoramiento de la calidad de vida de sus pobladores.
Artículo 6- El municipio que reciba este premio deberá difundir los conceptos, herramientas, procesos y/o sistemas para la mejora de la calidad entre todos los municipios.
Artículo 7- El municipio premiado no podrá serlo nuevamente en la misma categoría por un período de dos años.
Artículo 8- La Secretaría de Asuntos Municipales y Desarrollo Regional será la autoridad de autoridad de aplicación del presente decreto, teniendo la responsabilidad de seleccionar el municipio ganador del premio "Excelencia a la Gestión Municipal" a cuyos efectos reglamentará la instrumentación del premio, en un plazo no superior de treinta días contados a partir de su publicación.
Artículo 9- El presente será refrendado por el Sr.
Ministro Coordinador de Gobierno y suscrito por el Secretario de Asuntos Municipales y Desarrollo Regional.
Artículo 10- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.MAZA, E.A. Gdor. ; Herrera, L.B., M.C.G.; Maza J.R., S.A.M. y D. R.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1 - Declárese de interés provincial el mejoramiento de la calidad en los procesos de producción de bienes y servicios municipales.
Artículo 2 - Institúyase el Premio Excelencia a la Gestión Municipal con carácter exclusivamente simbólico, el que consistirá en la entrega de plaqueta y diploma.
Artículo 3 - El premio instituido en el artículo precedente tiene como objetivo la promoción, desarrollo y difusión de los procesos y sistemas tendientes al
DECRETO N 1.085
La Rioja, 04 de noviembre de 1999
Visto: el Expte. F 12- N 00047-2-año 1994 por el que se adjudica a la firma Samay Huasi S.A., mediante Resolución S.P. y D. N 292/95 el proyecto agrícola promovido con los beneficios de la Ley Nacional N
22021 por Decreto N 893/92; y el Expte. D1-00079-3año 1999 por el que se inicia el procedimiento previsto en el Capítulo III del Decreto Ley N 4292, por presuntos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 20/6/2002

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha20/06/2002

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones2468

Primera edición02/01/1998

Ultima edición21/05/2024

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