Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Chaco » Boletín Oficial de la Provincia de Chaco » 04/09/2002
Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 04/09/2002
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Boletín Oficial Tarifa Res. N 408
SECRETARIAGENERALDE LAGOBERNACION
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
CASA DE GOBIERNO
S.C. G.
Director: Dr.CARLOS EDUARDO CLAUDIANI
Correo Privado Postal
Franqueo a pagar Cuenta N 17.100
Oficina Boletín Oficial: Julio A. Roca 227 Planta Alta AÑO XLVIII
948.707
Tel. 03722 453520 - CTX Int. 03527
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
EDICION 16 PAGINAS
N 7.928
Registro de la Propiedad Intelectual
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, MIERCOLES 04 DE SEPTIEMBRE DE 2002
DECRETOS
DECRETO Nº 1.246
Resistencia, 14 agosto 2002
VISTO:
El Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N
646/2002; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se convoca a Elecciones para el día 24 de noviembre de 2002 a efectos de elegir Presidente, 2 Vocales Titulares y 2 Vocales Suplentes del Directorio del Instituto del Aborigen Chaqueño
I.D.A.CH., de acuerdo con lo establecido en los Artículos 27 y 28 de la Ley N 3258;
Que el Gobierno Nacional ha llamado a Elecciones Internas Generales a llevarse a cabo el día 24
de Noviembre del corriente año;
Que la superposición de las elecciones en idéntica fecha dificultarán el normal desarrollo de las mismas, por lo que resulta conveniente modificar el Decreto N 646/02;
Que es necesario designar un Presidente de la Junta Electoral Aborigen, reuniendo el Dr. Sergio Ariel Vallejos, D.N.I. N 16.551.289 las condiciones requeridas para desarrollar ese cometido;
Que por ello;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E TA
ARTICULO 1º: MODIFICAR el Artículo 1º del Decreto N
646/2002 en lo que respecta a la fecha de convocatoria de Elecciones del I.D.A.CH., la que se cumplirá el día 03 de Noviembre de 2002, por los motivos expuestos en los considerandos del presente Decreto.ARTICULO 2: MODIFICAR el Artículo 5 Inc. b del Decreto N 646/2002, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 5: La Junta Electoral Aborigen se ajustará al siguiente Cronograma electoral: a b Recibirá por quince 15 días los reclamos de inclusiones o correcciones del Padrón electoral, tomado como Padrón Provisorio el utilizado en la última elección del 19.12.1999 El mismo se pondrá en observación a partir del 10 de septiembre de 2002, por los motivos expuestos en los considerandos del presente Decreto.ARTICULO 3: DESIGNAR al Dr. Sergio Ariel Vallejos, D.N.I. N 16.551.289, como Presidente de la Junta Electoral Aborigen.ARTICULO 4: Comunicar, dar al Registro Provincial, publicar en el Boletín Oficial y archivar.Fdo.: Nikisch / Matkovich s/c.
E:4/9/02
> <
DECRETO Nº 1.274
Resistencia, 20 agosto 2002
VISTO:
La Actuación Simple Nº 900-0706200205211; y CONSIDERANDO:
Que los Institutos de Nivel Terciario de la Provincia del Chaco acreditaron nuevas carreras según los criterios acordados en el Consejo Federal de Cultu-
EDICION
ra y Educación, en el marco de la transformación educativa;
Que es necesario que los docentes desarrollen las competencias propias del ejercicio profesional en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo;
Que las Competencias de Títulos para las Tecnicaturas fueron analizadas y acordadas entre la Dirección de Nivel Terciario, representantes de los distintos; gremios docentes y especialistas de cada uno de los espacios curriculares;
Que cuentan con el aval de las autoridades del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia;
Que es necesario el registro provincial de los títulos a fin de reunir las condiciones de validez necesarias para el desempeño profesional de esta jurisdicción;
Que es menester delegar en el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia, y Tecnología la atribución de dictar la norma pertinente para determinar las Competencias de los espacios optativos;
Que corresponde el dictado del presente instrumento legal;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
D E C R E TA :
ARTICULO 1º: DETERMINASE las Competencias de los Títulos de las Tecnicaturas de los Institutos de Nivel Terciario según lo establecido en el Anexo II del presente.
ARTICULO 2: ESTABLECESE que para ejercer la docencia en los Institutos de Nivel Terciario dependientes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco serán requeridos los títulos establecidos en el Anexo II del presente Decreto.
ARTICULO 3º: ESTABLECESE que los títulos presentados deberán estar debidamente registrados en el Departamento de Títulos y Equivalencias de la Provincia del Chaco.
ARTICULO 4: APRUEBASE el Anexo I Advertencias, que forma parte del presente Decreto.
ARTICULO 5: DEJASE SIN EFECTO todo otro instrumento legal que se oponga al presente Decreto.
ARTICULO 6: COMUNIQUESE, dése al Registro Provincial, publíquese en forma sintetizada el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Rozas / Verdún s/c.
E:4/9/02
DECRETOS SINTETIZADOS
1.197 8/8/02
OTORGUESE una Ayuda de Emergencia no reintegrable a la señora Patricia Inés ACUÑA D.N.I.
18.145.072, domiciliada en calle Santa María de Oro Nº 1460 de esta ciudad capital, por la suma de Trescientos cincuenta pesos $ 350, que será destinada a solventar los gastos que demanden el tratamiento médico, alimento especial y pañales descartables para su hijo Jeremías Andrés ACUÑA, quien padece de encefalopatía convulsiva, según documentaciones adjuntas en la presente actuación.