Periódico Oficial de Puebla del día 21/11/2018 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 21 de noviembre de 2018

1C/2002-2005 de veintitrés de agosto de dos mil cinco, por un monto total de $20,445,225.82 veinte millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil doscientos veinticinco pesos 82/100 Moneda Nacional. -------------------------TERCERO.- El entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, con fecha once de enero de dos mil seis, dictó acuerdo de radicación en el que se tuvo por recibido el Decreto antes señalado, ordenándose integrar y registrar el Expediente Administrativo, con el número P.A. 65/2006, de los de la entonces Dirección Jurídica del entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, iniciando formal Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades en contra del C. José Guillermo Margarito Paisano Arias, Presidente Municipal del Ayuntamiento de San Andrés Cholula, Puebla, administración dos mil dos-dos mil cinco; asimismo, se ordenó citar al involucrado para que compareciera ante el entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, para el desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos, prevista por el artículo 68, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla. ------------------------------CUARTO.- Mediante Decreto de fecha dieciséis de noviembre de dos mil seis, el H. Congreso del Estado resolvió el Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades número P.A. 65/2006, imponiendo diversas sanciones al C. José Guillermo Margarito Paisano Arias. ----------------------------------------------QUINTO.- Contra el Decreto referido en el punto anterior, el C. José Guillermo Margarito Paisano Arias, promovió Recurso de Revocación, radicándose bajo el número de expediente R.C. 16/2007. -----------------------------SEXTO.- El Recurso referido fue resuelto por el Congreso del Estado, a través de Decreto de fecha veintiséis de julio de dos mil siete, confirmando las sanciones impuestas en la resolución del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades P.A 65/2006, contenida en el diverso Decreto de dieciséis de noviembre de dos mil seis, consistentes en: Por el Daño Patrimonial causado a la Hacienda Pública Municipal del Ayuntamiento de San Andrés Cholula, mismo que asciende a la cantidad de $6,249,531.96 Seis millones doscientos cuarenta y nueve mil quinientos treinta y un pesos 96/100 M.N, SANCIÓN ECONÓMICA en calidad de multa por el importe de $6,249,531.96 Seis millones doscientos cuarenta y nueve mil quinientos treinta y un pesos 96/100 M.N, equivalente a un tanto del daño patrimonial causado, que sumado a la restitución que deberá hacer, asciende a la cantidad de $12,499,063.92 Doce millones cuatrocientos noventa y nueve mil sesenta y tres pesos 92/100 M.N, que deberá constituirse en crédito fiscal a favor del erario público del Municipio de San Andrés Cholula, en términos del artículo 62 fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de puebla;
e Inhabilitación por el término de doce años para desempeñar cargos, empleos o comisiones en el servicio público, derivado de las deficiencias administrativas, mismas que ascienden a la cantidad de $12,786,209.10 Doce millones setecientos ochenta y seis mil doscientos nueve pesos 10/100 Moneda Nacional. ------------------------------------------SÉPTIMO.- Contra el Decreto señalado en el punto anterior, el recurrente promovió Juicio de Amparo, al cual le correspondió el número 1079/2007, mismo que fue resuelto con fecha veintinueve de octubre de dos mil siete por el Juzgado Octavo de Distrito, concediendo el Amparo y Protección de la Justicia Federal al C. José Guillermo Margarito Paisano Arias, causando ejecutoria dicha sentencia por no ser recurrida.-----------------------------------------OCTAVO.- Con fecha trece de diciembre de dos mil siete, el Congreso del Estado, dio cumplimiento a la sentencia dictada dentro del Amparo número 1079/2007, decretando en punto PRIMERO.- se deja insubsistente el Decreto de fecha veintiséis de julio de dos mil siete, dentro del Recurso de Revocación RC-16/2007.
SEGUNDO.- Igualmente se ordena dejar insubsistente todo lo actuado dentro del procedimiento administrativo de determinación de responsabilidades identificado con el número P.A. 065/2006 de los de la entonces Dirección Jurídica del entonces Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Puebla, a partir de la emisión del oficio citatorio para el desahogo de la audiencia de pruebas y alegatos.-----------------------------------------------------------NOVENO.- En cumplimiento a lo ordenado en el punto que antecede, mediante oficio número OFS/O11985-10/D.J., de cuatro de noviembre de dos mil diez, se citó al C. José Guillermo Margarito Paisano Arias, Presidente Municipal del Ayuntamiento de San Andrés Cholula, Puebla, administración dos mil dos-dos mil cinco, a efecto de que compareciera ante la entonces Dirección Jurídica del entonces Órgano de

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Periódico Oficial de Puebla del día 21/11/2018 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date21/11/2018

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First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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