Periódico Oficial de Puebla del día 15/11/2018 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Jueves 15 de noviembre de 2018

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma el Transitorio Segundo y adiciona un Transitorio Tercero a la Minuta de Decreto que abroga la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla.
Al margen un sello con el Escudo del Estado de Puebla y una leyenda que dice: Unidos en el Tiempo, en el Esfuerzo, en la Justicia y en la Esperanza. Estado Libre y Soberano de Puebla. H. Congreso del Estado de Puebla.
LX Legislatura.
JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE SEXAGÉSIMO CONGRESO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Dictamen con Minuta de Decreto, emitido por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, por virtud del cual se reforma el Transitorio Segundo y se adiciona un Transitorio Tercero a la Minuta de Decreto que abroga la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla.
Que las observaciones realizadas por el Ejecutivo del Estado, son facultades que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla confiere a su Titular sin que se advierta límite alguno a su ejercicio, siendo éste uno de los mecanismos que nuestra Constitución contempla para hacer efectiva la División de Poderes.
Que dichas observaciones a la Minuta de Decreto que abroga la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla, intentan resaltar la obligación del Estado de regular el uso legítimo de la fuerza pública.
En este orden de ideas las observaciones realizadas básicamente establecen lo siguiente:
Respecto al Segundo Transitorio de la Minuta de Decreto que abroga la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado de Puebla, señala:
Las Instituciones Policiales del Estado de Puebla deberán en un término menor a sesenta días naturales de emitir marcos regulatorios que antepongan la protección de los derechos humanos y la presunción de inocencia al uso de la fuerza pública.

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Periódico Oficial de Puebla del día 15/11/2018 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date15/11/2018

Page count3

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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