Periódico Oficial de Puebla del día 31/08/2018 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Viernes 31 de agosto de 2018

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Puebla y sus Municipios.
Al margen el logotipo oficial del Congreso, con una leyenda que dice: H. Congreso del Estado de Puebla.
LIX Legislatura.
JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:

EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
CONSIDERANDO
Que en Sesión Pública Extraordinaria celebrada con esta fecha, esta Soberanía tuvo a bien aprobar el Dictamen con Minuta de Decreto emitido por las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Hacienda y Patrimonio Municipal, por virtud del cual se reforman y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Puebla y sus Municipios.
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2017-2018 en su Eje 5, denominado Buen Gobierno, establece como objetivo general instaurar una gestión pública de puertas abiertas, transparente, moderna, de calidad y con base en resultados, que genere valor público en cada una de sus acciones e incremente la confianza ciudadana en el actuar gubernamental, asimismo en el Programa 36 denominado Gerencia Pública con Resultados, señala como línea de acción número 3, impulsar en el ámbito de competencia del Ejecutivo las propuestas de reforma, modificación y derogación de leyes estatales que se presenten ante el Congreso Local.
Que con fecha 19 de marzo de 2014, se publicó en el Periódico Oficial del Estado el Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Puebla y sus Municipios, con la finalidad de impulsar el Sistema de Coordinación y Colaboración Administrativa en materia Hacendaria del Estado de Puebla y sus Municipios, en el marco de los principios constitucionales de soberanía estatal y autonomía municipal.
Que nuestra Entidad Federativa debe contar con un marco jurídico estatal, que permita una adecuada coordinación entre el Estado y los Municipios y que armonice entre los tres niveles de gobierno, los procedimientos de distribución, administración y ejecución de las participaciones federales, para mejorar y optimizar la aplicación del gasto público y garantizar la suficiencia de los recursos, todo esto en el marco de la Soberanía Estatal y pleno respeto a la autonomía municipal.
Que a fin de brindar una mejor operatividad, transparencia y fiscalización en la distribución de las participaciones, fondos y recursos participables a los Municipios es necesario realizar modificaciones a la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado de Puebla y sus Municipios, en lo que se refiere a la integración y distribución del Fondo de Desarrollo Municipal, la inclusión de fórmulas de distribución a los Municipios de los Fondos de Fiscalización y Recaudación, de Compensación y Extracción de Hidrocarburos; así como de los recursos provenientes de la recaudación derivada de la aplicación de las cuotas previstas en el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, conforme al artículo 4o-A fracción I de la Ley de Coordinación Fiscal y la entrega a los Municipios del Fondo de Fiscalización y Recaudación dentro de los cinco días siguientes a aquel en que el Estado lo reciba, considerando los anticipos que de dicho Fondo el Estado recibe mensualmente conforme al artículo 4o. de la Ley de Coordinación Fiscal.
Que la presente reforma incluye como parte del Fondo de Desarrollo Municipal la recaudación que se realice en el Estado del Impuesto Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos, además de los conceptos que en materia de coordinación fiscal federal deban participarse a los Municipios y que no tengan establecida una forma para su distribución, mismos que serán incorporados a la distribución de dicho Fondo.
Que con la finalidad de mejorar la operatividad y la distribución del Fondo de Desarrollo Municipal, en relación a los elementos de Garantía, Equidad y Marginación, se establece un porcentaje específico para cada uno de ellos, lo que dará mayor certidumbre y transparencia en su determinación, conservando la distribución actual a los Municipios.

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Periódico Oficial de Puebla del día 31/08/2018 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date31/08/2018

Page count12

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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