Periódico Oficial de Puebla del día 12/07/2018 - Tercera Sección
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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección
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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Jueves 12 de julio de 2018
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el que admite el Recurso de Revocación interpuesto por el C. Isidro González Molina, Presidente Municipal de Chignautla, administración 2005-2008, en contra del similar de fecha 31 de julio de 2017, dictado dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades número P.A. 74/2009, y que se radicó con el número de expediente R.C. 28/2017.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Congreso del Estado de Puebla.
JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO NOVENO CONGRESO
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en la Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía ha tenido a bien discutir y aprobar, el Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, respecto al escrito calzado con una firma a nombre del C. Isidro González Molina, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Chignautla, Puebla, administración 2005-2008; por el periodo comprendido del uno de enero al catorce de febrero de dos mil ocho; por el cual interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fecha treinta y uno de julio de dos mil diecisiete, emitida dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 74/2009, de los de la entonces Dirección Jurídica Contenciosa de la Auditoría Superior del Estado de Puebla; por lo que con la competencia que otorgan los artículos 3, fracción I, 73 y 74, fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, disposición aplicable conforme al artículo transitorio segundo de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; se procede a analizar el mismo a efecto de decretar lo procedente, y -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I. Que el veintiséis de octubre de dos mil diecisiete se recibió a través de la Presidencia de la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado, un escrito que consta de quince fojas útiles en su anverso; signado por el C. Isidro González Molina, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Chignautla, Puebla, administración 2005-2008; por medio del cual interpone Recurso de Revocación en contra del Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fecha treinta y uno de julio de dos mil diecisiete, emitida dentro del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 74/2009, de los de la entonces Dirección Jurídica Contenciosa de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, que se refiere al periodo fiscalizado comprendido del uno de enero al catorce de febrero de dos mil ocho, mediante el cual se le impone la sanción administrativa consistente en: ---------------------------------------------------------------------------------------------