Periódico Oficial de Puebla del día 12/07/2018 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Jueves 12 de julio de 2018

Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en los artículos 56 y 63, fracción II de la Constitución Política del Estado de Libre y Soberano de Puebla; 3, fracción I, 48, 73, 74, fracción I, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; 31, del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla, aplicado con fundamento en el artículo sexto transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que se adiciona el mismo al diverso que expide el Código de Procedimientos Penales del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado el treinta de diciembre de dos mil trece y tercero transitorio, del Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cinco de marzo de dos mil catorce; 1, 15, 18, 20, 71, 134, 135, 136, 151, 158 y 191, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 90, 91, 120, fracción II,145 y 148, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; segundo y tercero transitorios del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y al Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, publicado el quince de abril de dos mil trece en el Periódico Oficial del Estado de Puebla; segundo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado de Puebla, por el que deroga diversas disposiciones de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el viernes veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete; EL QUINCUAGÉSIMO NOVENO
CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA: -----------------------

DECRETA
PRIMERO. Se admite en tiempo y forma legal el Recurso de Revocación presentado por el C. Celestino Moreno Hernández, Presidente Municipal Constitucional del Ayuntamiento de Zoquiapan, Puebla, administración 2008-2011; concretamente por el periodo fiscalizado comprendido del uno de enero al catorce de febrero de dos mil once; en contra de la resolución contenida en el Decreto que contiene la Resolución dictada por el Honorable Quincuagésimo Noveno Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, de fecha treinta y uno de julio de dos mil diecisiete, correspondiente al Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades identificado con el número P.A. 57/2013 ----------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO. En relación a las pruebas ofrecidas por el recurrente, cúmplase lo señalado en el considerando IV
del presente ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------TERCERO. Respecto de la suspensión, deberá estarse a lo señalado en el Considerando IV de este Decreto ----CUARTO. Se tiene por autorizado el Domicilio señalado por el recurrente para oír y recibir notificaciones------QUINTO. Se autoriza a la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, para que por conducto de la Auditoría Superior del Estado de Puebla, substancie el Recurso de Revocación de mérito---------SEXTO. Notifíquese el presente Decreto al recurrente, para los efectos legales a que haya lugar -------------------EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los quince días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
Diputado Presidente. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ. Rúbrica. Diputado Vicepresidente. PABLO
FERNÁNDEZ DEL CAMPO ESPINOSA. Rúbrica. Diputado Secretario. CIRILO SALAS HERNÁNDEZ. Rúbrica.
Diputada Secretaria. MARÍA SARA CAMELIA CHILACA MARTÍNEZ. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
El Gobernador Constitucional del Estado. C. JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno. C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

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Periódico Oficial de Puebla del día 12/07/2018 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date12/07/2018

Page count16

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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