Periódico Oficial del Estado de México del día 28/02/2018 (Sección Sexta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

Página 2

28 de febrero de 2018

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO

LINEAMIENTOS GENERALES DEL PROGRAMA FAMILIAS FUERTES EN SU PATRIMONIO.
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
DE LOS OBJETIVOS
Objetivos generales.
Objetivos específicos.
CAPÍTULO II
Disposiciones generales.
Definición de conceptos.
Principios en los que se sustenta el programa.
CAPÍTULO III
De la estructura y funcionamiento del programa.
CAPÍTULO IV
De las colonias y predios a regularizar.
CAPÍTULO V
De las vías de regularización y requisitos.
CAPÍTULO VI
Del costo de recuperación y exenciones.
CAPÍTULO VII
Consideraciones finales.
INTRODUCCIÓN
El artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, establece que le corresponde a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y la regulación del desarrollo urbano de los centros de población, estableciendo los lineamientos para la regulación de la tenencia de la tierra en el Estado, y promoviendo, apoyando y ejecutando programas de regularización de la tenencia de la tierra, con la participación que corresponda a los municipios Fracciones XI y XII.
De acuerdo a los lineamientos del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano tiene entre sus atribuciones regularizar la tenencia de la tierra privada para su incorporación al desarrollo urbano, con la participación de los municipios artículo 5.9, fracción XIX.
La Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de carácter estatal denominado Instituto Mexiquense de la Vivienda Social, creado mediante decreto 179 de la H. Legislatura del Estado de México, establece en su artículo 2, que este Instituto tiene por objeto programar, organizar, coordinar y regular lo concerniente al suelo en el Estado de México, procurando que el beneficio sea para los grupos sociales más vulnerables, teniendo entre sus atribuciones regularizar la tenencia de la tierra en los ámbitos urbano y rural de conformidad con las leyes de la materia artículo 3, fracción XV.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 28/02/2018 (Sección Sexta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

CountryMexico

Date28/02/2018

Page count24

Edition count428

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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