Periódico Oficial del Estado de México del día 28/02/2018 (Sección Sexta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

Página 24

28 de febrero de 2018

La información de los beneficiarios del programa se publicará en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, así como demás disposiciones aplicables.
15. Seguimiento.
Se dará seguimiento al programa y rendirá un informe trimestral en sus sesiones ordinarias del Consejo de Administración.
16. Auditoría, Control y Vigilancia.
La auditoría, control y vigilancia del programa, estará a cargo del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México y el Órgano de Control Interno del IMEVIS, debiéndose establecer los mecanismos necesarios que permitan la verificación de la entrega de los apoyos a los beneficiarios.
17. Quejas y Denuncias.
Las inconformidades, quejas o denuncias respecto a la operación y entrega de los apoyos, podrán ser presentadas por los beneficiarios o por la población en general, a través de las siguientes vías:
a
Personalmente:
En la Contraloría Interna del IMEVIS, ubicada en el kilómetro 14.5 de la carretera Toluca-Tenango, San Antonio la Isla, Estado de México, C.P. 52280, teléfono 01 722 276 55 50.

b
Vía internet:
A través del Sistema de Atención www.secogem.gob.mx/SAM/sit_atn_mex.asp
Mexiquense
SAM,
en
la
dirección
electrónica
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO. Las presentes Reglas de Operación, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno y estarán vigentes hasta en tanto no se emitan modificaciones a las mismas o concluya el programa.
TERCERO. Las presentes Reglas, se publican en su totalidad para su mejor comprensión.
CUARTO. La entrega de los apoyos del presente programa, se determinará conforme a la disponibilidad presupuestal.
QUINTO. Todo lo no previsto en las presentes Reglas, será resuelto por la instancia normativa.
Dado en San Antonio la Isla, Estado de México, a los 23 días del mes de febrero del 2018.
LIC. GABRIEL CASILLAS ZANATTA
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO MEXIQUENSE
DE LA VIVIENDA SOCIAL
RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 28/02/2018 (Sección Sexta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

CountryMexico

Date28/02/2018

Page count24

Edition count428

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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