Periódico Oficial del Estado de México del día 07/07/2017 (Sección Sexta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

Página 4

7 de julio de 2017

XVI.

Participar en los procesos judiciales para la modificación o terminación de las penas y medidas de seguridad de su competencia;

XVII.

Solicitar la intervención de la unidad competente para la protección de personas que intervienen en el procedimiento penal que lo requieran y asegurarse de la protección;

XVIII.

Supervisar el respeto de los derechos y obligaciones de los imputados, de las víctimas y testigos en los procedimientos penales, en los asuntos de su competencia;

XIX.

Procurar en el ámbito de su competencia, que la prestación del servicio de procuración de justicia se lleve a cabo de forma pronta y expedita;

XX.

Coordinar su actuación con las autoridades federales, estatales o de otras entidades federativas y municipios, en la investigación y persecución de delitos de su competencia;

XXI.

Solicitar a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal o Municipal Anticorrupción, la información contenida en el sistema de evolución patrimonial, de declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal, de la plataforma digital estatal que al efecto se establezca;

XXII.

Realizar análisis patrimoniales y financieros requeridos en las investigaciones de su competencia, y
XXIII.

Las demás que establezcan las Leyes aplicables, otras disposiciones jurídicas y el Fiscal General de Justicia del Estado de México.

Unidades administrativas CUARTO.- La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción tendrá las unidades administrativas que determine el Fiscal General, de acuerdo a la suficiencia presupuestal de la Institución.
Contará con agentes del Ministerio Público, de la Policía de Investigación, analistas de información, y peritos en las especialidades necesarias para realizar dictámenes de carácter patrimonial y financiero, sin perjuicio del apoyo que la Coordinación General de Servicios Periciales le deba brindar.
Competencia QUINTO.- La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, será competente para investigar y perseguir delitos por hechos de corrupción, previstos en el Título Sexto, del Libro Segundo del Código Penal del Estado de México y los delitos conexos.
Vigilancia y supervisión SEXTO.- La Contraloría Interna, la Coordinación General de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del Fiscal y la Visitaduría General, en las evaluaciones y visitas que realicen, supervisarán la estricta aplicación del presente Acuerdo, y en caso de incumplimiento, generarán las instrucciones o recomendaciones a que haya lugar, sin perjuicio de dar vista a la autoridad competente para fincar la responsabilidad penal o administrativa que en su caso resulte procedente.
TRANSITORIOS
Publicación PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
Vigencia SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su suscripción.
Derogación TERCERO.- Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al contenido del presente Acuerdo.
Asuntos en trámite y recursos humanos, materiales y tecnológicos CUARTO.- Los asuntos en trámite, así como los recursos humanos y materiales a cargo de la Fiscalía Especializada en Delitos Cometidos por Servidores Públicos, serán asignados a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
Instrucciones al Oficial Mayor QUINTO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, para que en el ámbito de sus facultades provea los recursos humanos, técnicos, materiales y presupuestales necesarios para el adecuado funcionamiento de la Fiscalía.
Dado en la Ciudad de Toluca, Capital del Estado de México, a los treinta días del mes de junio del año dos mil diecisiete.
EL FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO
ALEJANDRO JAIME GÓMEZ SÁNCHEZ
RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 07/07/2017 (Sección Sexta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

CountryMexico

Date07/07/2017

Page count4

Edition count428

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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