Periódico Oficial del Estado de México del día 22/04/2020 (Sección Segunda)

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

22 de abril de 2020

Página 3

Covid-19 para el Gobierno del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, a través del cual determinó que, con motivo del reciente brote del virus COVID-19, las Dependencias y Organismos Auxiliares del Gobierno del Estado de México, deberán observar las medidas, recomendaciones e instrucciones que emitan, el Consejo de Salubridad General, a que se refiere el artículo 73, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los gobiernos Federal y Estatal en materia de salud pública.
Que el artículo octavo del Acuerdo antes referido, establece que las Dependencias y Organismos Auxiliares del Gobierno del Estado de México podrán emitir los actos jurídicos que, en el ámbito de su competencia y de acuerdo con sus facultades, contribuyan al cumplimiento de dicho Acuerdo.
Que el 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General, emitió el Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2
COVID-19, publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Que el 31 de marzo de 2020, el propio Consejo de Salubridad General, expidió el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación, en el cual exhortó a toda la población residente en el territorio mexicano, incluida la que arribe al mismo procedente del extranjero y que no participa en actividades esenciales, a cumplir resguardo domiciliario corresponsable, entendiendo por tal, la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular la mayor parte del tiempo posible.
Que en razón de lo anterior, con fecha 2 de abril de 2020, el Secretario de Salud y el Comisionado para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México, expidieron el Acuerdo por el que se establecen las Medidas Preventivas y de Seguridad que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus COVID-19, en el Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, en el cual, conforme a su artículo cuarto, se exhortó a toda la población residente en el territorio del Estado de México, incluida la que arribe al mismo procedente o de otras entidades federativas o del extranjero, y que no participa en actividades esenciales, a cumplir resguardo domiciliario.
Que con fecha 17 de abril de 2020, el Gobernador Constitucional del Estado de México expidió el Acuerdo del Ejecutivo del Estado que prorroga el diverso por el que se determinan acciones preventivas con motivo de la epidemia causada por el virus SARS-COV2 COVID 19 para el Gobierno del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 23 de marzo de 2020, mismo que fue dado a conocer en el mismo medio oficial. La prórroga referida operará hasta el 30 de mayo de 2020.
Que los artículos 140 y 147 de la Ley General de Salud señalan que autoridades no sanitarias cooperarán en el ejercicio de la acción para combatir las enfermedades transmisibles, estableciendo las medidas que estimen necesarias, atendiendo para tal efecto las disposiciones que expida el Consejo de Salubridad General, para lo cual, en los lugares del territorio nacional en que cualquier enfermedad transmisible adquiera características epidémicas graves, las autoridades civiles, militares y los particulares estarán obligados a colaborar con las autoridades sanitarias en la lucha contra dicha enfermedad.
Que los artículos 402, 403 y 404, fracción XIII, del mismo ordenamiento, establecen que se consideran medidas de seguridad las disposiciones que dicte la autoridad sanitaria competente, entre las que destacan las determinadas por el Consejo de Salubridad General, y señalando que son competentes para ordenar o ejecutar tales medidas, tanto la Secretaría de Salud del Gobierno Federal como los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que el artículo 25 y 26, fracciones XII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, establecen que la Secretaría de Salud es la dependencia encargada de conducir la política estatal en materia de salud en los términos de la legislación aplicable, para lo cual tendrá, entre otras, las facultades para dictar las medidas de seguridad sanitaria que sean necesarias para proteger la salud de la población y desarrollar acciones encaminadas a erradicar las enfermedades transmisibles.
Que los artículos 2.49, 268, fracción XII, 2.71, 2.73 y 2.74 del Código Administrativo del Estado de México señalan que la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México COPRISEM organismo público descentralizado, sectorizado a la Secretaría de Salud del Estado de México, podrá ejercer la regulación, control y fomento sanitarios, estableciendo que el control sanitario es el conjunto de acciones de orientación, educación, muestreo, verificación y, en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones.
Que con fecha 21 de abril de 2020, se anunció por parte de la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, que el Estado mexicano ha entrado en la Fase 3 de la pandemia antes descrita, razón por la cual deben reforzarse las

About this edition

Periódico Oficial del Estado de México del día 22/04/2020 (Sección Segunda)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

CountryMexico

Date22/04/2020

Page count8

Edition count4508

First edition04/01/2000

Last issue18/04/2024

Download this edition

Other editions

<<<Abril 2020>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930