Periódico Oficial del Estado de México del día 29/09/2017 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

Página 4

29 de septiembre de 2017

3. Representar con las facultades de un apoderado general para pleitos y cobranzas, así como de aquellas que requieran cláusula especial conforme a las disposiciones de la materia a la Secretaría de Desarrollo Social, su titular, a las unidades administrativas, comités, comisiones y servidores públicos que la integran ante toda clase de autoridades administrativas y órganos jurisdiccionales, ya sean civiles, penales, administrativas, agrarias, electorales, del trabajo, municipales, estatales o federales, así como las Juntas Federal o Local de Conciliación y Arbitraje, Tribunal Federal o Estatal de Conciliación y Arbitraje, Ministerio Público Federal o Estatal, Comisión Nacional o Estatal de Derechos Humanos, Empresas Públicas, Privadas y Particulares, Órganos Autónomos, Organismos Públicos Descentralizados y Desconcentrados, entre otras y para que promuevan todos los recursos e incidentes e inclusive juicios de amparo directo e indirecto y todos los recursos a que se refiere la Ley de Amparo; lo anterior en términos de los dispuesto por la Ley Federal del Trabajo, la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y las demás leyes aplicables a las materias civil, mercantil, penal, agraria, electoral, del trabajo, administrativa, fiscal o de amparo; presentar y contestar demandas, hacer denuncias, acusaciones y querellas, continuando con el procedimiento judicial, civil, electoral o penal en todas sus etapas, instancias, trámites e incidentes, hasta su total conclusión; reconocer firmas y documentos, desistirse, transigir, conciliar, convenir, recibir pagos, comprometer árbitros, articular o absolver posiciones, otorgar perdón, recusar, interponer recursos, interponer juicio de amparo y desistirse de él y en general, ejercitar todas las acciones civiles, penales, mercantiles, administrativas, agrarias y electorales que le correspondan.

TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.
TERCERO.- Se derogan las disposiciones administrativas de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Acuerdo.
CUARTO.- Se abroga el Acuerdo del Secretario de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de México, por el que se delega en los servidores públicos adscritos a la Unidad de Asuntos Jurídicos, las atribuciones de representación legal, publicado en la sección cuarta del Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 28 de octubre de 2016.

Dado en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.

ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMA EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO.

FRANCISCO JAVIER ERIC SEVILLA MONTES DE OCA
SECRETARIO
RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 29/09/2017 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date29/09/2017

Page count4

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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