Periódico Oficial del Estado de México del día 29/11/2021 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Lunes 29 de noviembre de 2021

Sección Primera
Tomo: CCXII No. 102

disposiciones jurídicas que resulten aplicables y los convenios de colaboración que al efecto se suscriban con las entidades federativas.

6. El numeral I del apartado B de los CRITERIOS DE OPERACIÓN señala que la vertiente 2 del PROGRAMA, tiene por objeto, incrementar el acceso efectivo y la continuidad en la prestación de servicios de salud, que demanda la población en condiciones de alta o muy alta marginación y sin acceso a la seguridad social laboral, a través de los establecimientos de salud fijos y móviles para el fortalecimiento de las redes de servicios de salud preferentemente del primer nivel de atención en 31 entidades federativas, así como el o los Centros Regionales de Desarrollo Infantil y Estimulación Temprana y las unidades médicas móviles del Programa Fortalecimiento a la Atención Médica, incluyendo las que operan en la Ciudad de México y a las unidades médicas del IMSSBienestar, en los términos que se convengan en los instrumentos jurídicos que al efecto se celebren.
7. El mismo numeral de los CRITERIOS DE OPERACIÓN señala que la segunda vertiente del PROGRAMA está dirigido a fortalecer la operación y desarrollo en los siguientes rubros, previa autorización del INSABI:
a Contratación de personal para actividades de atención a la salud de la población en condiciones de alta y muy alta marginación.
b Adquisición de medicamentos, material de curación, insumos médicos y de laboratorio.
c Mantenimiento y conservación de inmuebles para la prestación de servicios públicos;
d Equipamiento de establecimientos de salud.
e Mobiliario y equipo administrativo escritorios, sillas, bancos y anaqueles, entre otros.
DECLARACIONES
I.

II.

El INSABI declara que:

I.1.

De conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o, párrafo tercero, 3o, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 77 bis 35
de la Ley General de Salud es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal sectorizado en la Secretaría de Salud, cuyo objeto es proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.

I.2.

De conformidad con el artículo 77 bis 35, fracción II de la Ley General de Salud, tiene entre sus funciones celebrar y proponer convenios y demás instrumentos jurídicos de coordinación y colaboración con las instituciones de salud públicas, entidades federativas y municipios, para asegurar el cumplimiento de su objeto.

I.3.

El Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar, en su carácter de Director General, cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente Convenio de Colaboración, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 77 bis 35 B, fracción II y 77 bis 35 G, párrafo segundo de la Ley General de Salud y 22 fracción I y 59, fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, quien acredita su cargo con copia del nombramiento respectivo. ANEXO A.

I.4.

Para los efectos relacionados con este Convenio de Colaboración, señala como domicilio el ubicado en calle Gustavo E. Campa número 54, colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, Ciudad de México. C.P. 01020.

LA ENTIDAD declara que:
II.1 Forma parte de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México.
II.2 La Secretaría de Finanzas es una Dependencia del Poder Ejecutivo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 78 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 3 y 19 fracción III, 23 y 24
fracciones XXVII y XXXI de la ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.
II.3 El Lic. Rodrigo Jarque Lira Secretario de Finanzas, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio, en términos de los artículos 40, 42 y 43 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios y 78 de su Reglamento; 6 y 7 fracciones V y XL del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y demás
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Periódico Oficial del Estado de México del día 29/11/2021 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date29/11/2021

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Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

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