Periódico Oficial del Estado de México del día 29/11/2021 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Lunes 29 de noviembre de 2021

Sección Primera
Tomo: CCXII No. 102

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
Al margen Escudo Nacional de México, un logotipo que dice: SALUD Secretaría de Salud, y otro logotipo que dice:
INSABI Instituto de Salud para el Bienestar.

CONVENIO: CTR-U013-2020-V.2-EDO.MÉX-15.
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES
CORRESPONDIENTES A LA VERTIENTE 2 DEL PROGRAMA ATENCIÓN A LA SALUD Y MEDICAMENTOS
GRATUITOS PARA LA POBLACIÓN SIN SEGURIDAD SOCIAL LABORAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL INSABI, REPRESENTADO POR EL MTRO. JUAN ANTONIO FERRER
AGUILAR, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL Y, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL
ESTADO DE MÉXICO, EN ADELANTE LA ENTIDAD, REPRESENTADO POR EL LIC. RODRIGO JARQUE
LIRA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, Y DEL DR. GABRIEL JAIME OSHEA CUEVAS, EN
SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD DEL
ESTADO DE MÉXICO, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL
TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES

1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4o., párrafo cuarto, el derecho humano que toda persona tiene en nuestro país a la protección de la salud, disponiendo que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud.
2. Conforme a lo señalado en el apartado II. Política Social, del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, al abordarse el tema de salud, el Gobierno Federal realizará las acciones necesarias para garantizar que hacia 2024 todas y todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita, incluidos los medicamentos, materiales de curación y los exámenes clínicos, haciéndose énfasis en que la atención se brindará de conformidad con los principios de participación social, competencia técnica, calidad médica, pertinencia cultural, trato no discriminatorio, digno y humano, para lo cual se impulsaría la creación del INSABI.
3. En términos de lo señalado en las fracciones I y II del artículo 2o de la Ley General de Salud, ordenamiento reglamentario del referido derecho humano, forman parte de las finalidades del derecho a la protección de la salud, el bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades, así como la prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana.
4. La fracción XXII del artículo 4 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 PEF, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2019, señala que los principales programas previstos en el mismo, se detallan en su Anexo 26, en el que se contempla el Programa Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos para la Población sin Seguridad Social Laboral PROGRAMA, al que presupuestariamente se identifica como U013.
5. En términos de lo dispuesto en los Criterios de operación del programa de atención a la salud y medicamentos gratuitos para la población sin seguridad social laboral para el ejercicio fiscal 2020 CRITERIOS DE
OPERACIÓN, emitidos por el Secretario de Salud del Gobierno Federal el 21 de febrero de 2020, el PROGRAMA cuenta con dos vertientes a cargo del INSABI, conforme a lo siguiente:

La primera relativa a los recursos presupuestarios federales originalmente asignados en el PEF al programa U005 Seguro Popular que serán ejercidos en términos de lo señalado en el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud, el apartado A de los CRITERIOS DE OPERACIÓN, las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables y los acuerdos de coordinación que al efecto se suscriban con las entidades federativas, y

La segunda, relativa a los recursos presupuestarios federales asignados originalmente en el PEF al PROGRAMA, cuya transferencia constituye el objeto del presente Convenio de Colaboración, que serán ejercidos en términos de lo señalado en los artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el apartado B de los CRITERIOS DE OPERACIÓN, las demás
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Periódico Oficial del Estado de México del día 29/11/2021 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date29/11/2021

Page count108

Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

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