Periódico Oficial del Estado de México del día 29/11/2021 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Lunes 29 de noviembre de 2021

Sección Primera
Tomo: CCXII No. 102

disposiciones aplicables, quien acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 16 de septiembre de2017
expedido por el C. Gobernador Constitucional del Estado de México, Lic. Alfredo Del Mazo Maza. ANEXO B.
II.4 La Secretaría de Salud es una Dependencia del Poder Ejecutivo conforme a lo dispuesto por los artículos 3, 19 fracción IV, 25 y 26 fracciones I, II y XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, a quien compete conducir la política estatal en materia de salud.
II.5 El Dr. Gabriel Jaime OShea Cuevas, Secretario de Salud, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio, en términos de los artículos 40, 42 y 43 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios y 78 de su Reglamento; 6 fracciones II, VIII, XIII y XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, quien acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 16 de septiembre de 2017, expedido por el C. Gobernador Constitucional del Estado de México, Lic. Alfredo Del Mazo Maza. ANEXO C.
11.6 El Instituto de Salud del Estado de México es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, en términos del artículo 2.5 del Código Administrativo del Estado de México a quien le compete la prestación de servicios de salud en la Entidad.
II.7 El Dr. Gabriel Jaime OShea Cuevas, Director General del Instituto de Salud del Estado de México cuenta con las facultades para suscribir el presente Convenio en términos de los artículos 2.6 del Código Administrativo del Estado de México, 7 fracción II y 12 fracciones II, III y XXI del Reglamento Interno del Instituto de Salud del Estado de México y 294 fracciones VIII y X del Reglamento de Salud del Estado de México, quien acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 16 de septiembre de 2017, expedido por el C. Gobernador Constitucional del Estado de México, Lic. Alfredo del Mazo Maza.
II.8 Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento jurídico son:
garantizar el acceso y continuidad en la prestación de servicios de salud con calidad que demanda la población en condiciones de vulnerabilidad y sin seguridad social, preferentemente en regiones, municipios y localidades con bajo IDH y de alta o muy alta marginación, a través del fortalecimiento de las redes de servicios de salud del primer nivel de atención y de hospitales comunitarios de los Servicios de Salud en la entidades federativas, incluyendo a los CEREDI.
II.9 Para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Colaboración señala como su domicilio el ubicado en Avenida Independencia Oriente número 1009, Colonia Reforma y Ferrocarriles Nacionales, Toluca de Lerdo, Estado de México, Código Postal 50070.
Una vez expuesto lo anterior, y en virtud de que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias con cargo en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020; los cuales se ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables, están de acuerdo en celebrar el presente Convenio de colaboración en materia de transferencia de recursos para la ejecución de la vertiente 2 del PROGRAMA, conforme a las estipulaciones que se contienen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto establecer los compromisos a que se sujetarán LAS PARTES para que el INSABI transfiera a LA ENTIDAD recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios, a efecto de que ésta última los destine a la ejecución de la vertiente 2 del PROGRAMA en el Estado de México.
Para efectos de lo anterior, el ejercicio, comprobación y control de los recursos presupuestarios federales que se transfieran en virtud del presente instrumento jurídico, se realizarán de conformidad con lo previsto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, el Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el apartado B de los CRITERIOS DE OPERACIÓN y en las estipulaciones de este Convenio de Colaboración.
SEGUNDA. TRANSFERENCIA. Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración, el INSABI transferirá a LA ENTIDAD, recursos presupuestarios federales con el carácter de subsidios hasta por la cantidad de $419,569,130.00 cuatrocientos diecinueve millones quinientos sesenta y nueve mil ciento treinta pesos 00/100 M.N., conforme a lo señalado en el Anexo 1 del presente Convenio de Colaboración.
Los recursos presupuestarios federales a que se refiere el párrafo anterior serán transferidos por el INSABI a LA
ENTIDAD, de acuerdo con el calendario que se precisa en el Anexo 2, del presente Convenio de Colaboración.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 29/11/2021 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date29/11/2021

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Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

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