Periódico Oficial de Tlaxcala del 9/10/2019 - Sección 2

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Periódico Oficial No. 41 Segunda Sección, Octubre 9 del 2019
b. Medalla de plata: de $ 6,250.00 a $
12,500.00

II.

los deportistas deberán ser originarios o radicar en el Estado de Tlaxcala, además satisfacer los requisitos siguientes:

c. Medalla de bronce: de $ 5,000.00 a $10,000.00

I.

Solicitud dirigida al Titular del Instituto;

En Campeonatos Nacionales:

II.

Para el caso de estímulos presentar currículum deportivo precisando resultados obtenidos en el año 2019;

III.

Para el caso de apoyos en especie señalar la necesidad o el evento deportivo a participar; y
IV.

Anexar en original y copia fotostática para cotejo, los siguientes documentos:

a. Medalla de oro: de $7,500.00 a $15,000.00
b. Medalla de plata: de $ 6,250.00 a $
12,500.00
c. Medalla de bronce: de $ 5,000.00 a $10,000.00
III.

Página 5

Competencias Internacionales:
a. Acta de nacimiento;

a. Medalla de oro: de $15,000.00 a $17,500.00

b. Clave Única de Registro de Población;

b. Medalla de plata: de $ 12,500.00 a $
15,000.00

c. Identificación oficial, credencial escolar o constancia de estudios; y
c. Medalla de bronce: de $ 10,000.00 a $12,500.00
Artículo 17.- Para hacer entrega de apoyo en especie a las y los deportistas considerados de alto rendimiento se tendrán como prioritarias aquellas disciplinas que por su nivel competitivo represente amplias posibilidades de clasificación a Juegos Olímpicos.
Artículo 18.- Para el caso de apoyo en especie a las y los deportistas con potencial para ser alto rendimiento se dará prioridad a las disciplinas que se encuentren dentro del medallero obtenido según corresponda la categoría.

d. Comprobante de domicilio;
Artículo 20.- Los y las deportistas considerados de alto rendimiento y con potencial para serlo a partir de la publicación de las presentes Reglas de Operación y hasta el quince de noviembre del año en curso podrán presentar sus solicitudes de apoyo.
Una vez concluido el plazo señalado el Instituto no recibirá solicitudes de apoyo sin excepción alguna.
Artículo 21.- Una vez presentada la solicitud de apoyo, se realizarán las acciones siguientes:
I.

CAPÍTULO III
REQUISITOS PARA ACCEDER AL FONDO
Artículo 19.- Para ser beneficiarios del Fondo las y
El Instituto al cerrar el plazo señalado, a través del Departamento de Desarrollo del Deporte procederá a revisar si las solicitudes recibidas cumplen con los requisitos exigidos en las presentes Reglas de Operación, en caso de

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Periódico Oficial de Tlaxcala del 9/10/2019 - Sección 2

TitlePeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

CountryMexico

Date09/10/2019

Page count6

Edition count495

First edition12/01/2011

Last issue22/05/2024

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