Periódico Oficial de Tamaulipas del 4/6/2015 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Página 99

Victoria, Tam., jueves 04 de junio de 2015

Reglamento de Casa Hogar del Niño Vigente
Propuesta
Artículo 2.- Para efectos del presente Reglamento Interior, se entenderá por:

Artículo 2.- Para efectos del presente Reglamento Interior, se entenderá por:

VIII. PROCURADURÍA.- A la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia.

VIII. PROCURADURÍA.- A la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Artículo 4.- La Casa contará con un Consejo Interdisciplinario,
el cual tendrá las siguientes atribuciones:

Artículo 4.- La Casa contará con un Consejo Interdisciplinario,
el cual tendrá las siguientes atribuciones:

II. Emitir opinión a la Dirección de Centros Asistenciales sobre los egresos y traslados, para que ésta decida sobre los mismos;

II. En conjunto con la Dirección de Centros Asistenciales emitir opinión a la Procuraduría sobre los egresos y traslados, para que ésta decida sobre los mismos;

Reglamento de Casa Cariño Vigente
Propuesta Artículo 15 Bis.- De igual manera queda estrictamente prohibido a los trabajadores, utilizar radio de comunicación o celular en las áreas y horario de trabajo, esto con el fin de evitar descuidos o accidentes.

Reglamento de Casa Hogar del Adulto Mayor Vigente I.

Propuesta Artículo 4 Bis.- La Casa contará con un Consejo Interdisciplinario, el cual está integrado por el Administrador quien lo presidirá, así como con los responsables de las áreas de Recursos Humanos, Médica y Enfermería, Trabajo Social y Educativa, el cual tendrá las siguientes atribuciones:
I. Socializar las políticas generales de operación;
II. Emitir opinión a la Dirección de Centros Asistenciales sobre los egresos y traslados, para que ésta decida sobre los mismos;
III. Decidir sobre el manejo e intervención de casos extraordinarios;
IV. Dar cumplimiento a los acuerdos;
V. Evaluar el funcionamiento de la Casa; y VI. Diseñar e instrumentar políticas, normas y lineamientos generales de operación de la Casa.
Artículo 4 Ter.- El Consejo Interdisciplinario sesionará en forma ordinaria dos veces al mes, y en forma extraordinaria, a solicitud de la Administración, debiendo estar presentes el Administrador y los titulares de las áreas de las áreas de Recursos Humanos, Médica y Enfermería y Trabajo Social. De la sesión se levantará una minuta con todos los asuntos tratados y será firmada por los asistentes.
El Consejo Interdisciplinario someterá a votación de los integrantes para su decisión, los casos presentados en cada sesión, cuantificando por mayoría de votos, el acuerdo correspondiente. La Administración tendrá voto de calidad en caso de empate.
Los acuerdos del Consejo Interdisciplinario tendrán carácter de absoluta obligatoriedad.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 4/6/2015 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date04/06/2015

Page count99

Edition count1057

First edition27/01/1999

Last issue20/07/2023

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