Periódico Oficial de Morelos del 13/5/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

13 de mayo de 2020

PERIÓDICO OFICIAL

TERCERA.- LIBERACIÓN DE RECURSOS.LAS PARTES estipulan que la transferencia de los recursos a favor del PROPONENTE, serán realizadas de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de LOS LINEAMIENTOS, del FIDECOMP y el presente Convenio.
CUARTA.- CUENTA BANCARIA ESPECÍFICA.Para la entrega de los recursos el PROPONENTE en términos de las disposiciones aplicables, aperturará una cuenta bancaria específica para la administración y resguardo de los recursos, que distinga contablemente su origen e identifique que las erogaciones correspondan al fin autorizado de conformidad con lo establecido en el presente Instrumento Jurídico, dicha cuenta bancaría es la siguiente:
Banco: Banco Mercantil del Norte S.A.
Cuenta: 10523258972
Clabe: 072540010523259722
Titular:
Instituto Morelense para el Financiamiento del Sector Productivo El PROPONENTE se obliga expresamente a destinar los recursos otorgados, exclusivamente para el desarrollo del PROYECTO, y en caso de que exista algún remante y rendimientos financieros que por cualquier concepto generen los mismos, estos sean reintegrados en su totalidad al FIDEICOMISO, al final de la ejecución del PROYECTO.
QUINTA.NATURALEZA
DE
LOS
RECURSOS.Los recursos que aporta el FIDECOMP para el cumplimiento del presente Convenio y que se realiza con sujeción a LOS
LINEAMIENTOS, serán considerados en todo momento como subsidio Estatal, en los términos de las disposiciones aplicables, en consecuencia no pierden el carácter de público y estarán sujetos en todo momento a las disposiciones estatales que regulan su control y ejercicio.
SEXTA.- METAS Y PLAZOS DE EJECUCIÓN.LAS PARTES establecen que la ejecución del PROYECTO, la aplicación y las acciones establecidas para el desarrollo de éste, se sujetarán a los plazos y términos previstos en el PROGRAMA DE
EJECUCIÓN.
SÉPTIMA.RESPONSABLES
DE
LA
EJECUCIÓN.- La ejecución del PROYECTO descrito el PROGRAMA DE EJECUCIÓN, se encontrará a cargo de EL PROPONENTE.
OCTAVA.- OBLIGACIONES:
I.- Para el cumplimiento del objeto del presente Convenio EL PROPONENTE asume expresamente las obligaciones siguientes:
a Ejecutar el PROYECTO en los plazos y términos expresamente establecidos en el PROGRAMA DE EJECUCIÓN.
b Aplicar en su totalidad los recursos en la ejecución del PROYECTO aprobado.

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c Abstenerse de utilizar los recursos aportados por el FIDECOMP, en gastos de conceptos que no tengan relación alguna con la estricta ejecución del PROYECTO aprobado;
d Recabar y facilitar al FIDECOMP a través de sus órganos componentes de conformidad con LOS LINEAMIENTOS, la comprobación de los informes considerados en éstas;
e Aceptar la realización de visitas de supervisión e inspección y entregar la información y documentación que le solicite el FIDECOMP por conducto de su Director General y las instancias fiscalizadoras que conforme a la Ley cuenten con tal atribución;
f Mantener aperturada la cuenta bancaria específica que refiere la Cláusula Cuarta del presente Convenio y en su caso, notificar por escrito al FIDUCIARIO cualquier cambio;
g Ser los únicos e inmediatos responsables de las obligaciones laborales, civiles o penales derivadas de las contrataciones que directamente realice para llevar a cabo el objeto del presente Convenio, sin que pueda considerarse bajo ninguna circunstancia al FIDUCIARIO como responsable solidario o patrón sustituto; y h En general asumir las obligaciones contenidas en el artículo 25
de LOS
LINEAMIENTOS.
II.- El FIDUCIARIO se obliga a:
a Otorgar los recursos económicos referidos en la cláusula segunda del presente Convenio con cargo al patrimonio del FIDEICOMISO, previo cumplimiento del PROPONENTE, a las obligaciones a su cargo y previa validación de las mismas por el Director General del FIDECOMP; y b Procurar la asistencia y orientación al PROPONENTE por conducto del Director General del FIDECOMP, cuando éste así lo solicite.
NOVENA.REVISIÓN
DEL
AVANCE
FINANCIERO DEL PROYECTO.- A efecto de garantizar la ejecución del PROYECTO en la forma y plazo establecido, el FIDUCIARIO por conducto de la persona titular de la Dirección General del FIDECOMP, solicitará por escrito al PROPONENTE
un informe acerca de los avances financieros del mismo, así como los informes de ejecución con la información que considere necesaria para supervisar su ejecución y la documentación comprobatoria de los recursos ejercidos.
De igual forma, el PROPONENTE se encontrará obligado a remitir ante el FIDECOMP por conducto de su Titular, un informe el cual deberá acompañar de la documentación comprobatoria que del recurso ejercido que genere con motivo de la ejecución del PROYECTO, su avance, y la aplicación de recursos correspondientes.

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Periódico Oficial de Morelos del 13/5/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date13/05/2020

Page count12

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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