Periódico Oficial de Morelos del 5/5/2020
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Source: Periódico Oficial de Morelos
Página 2
PERIÓDICO OFICIAL
Al margen superior un Escudo del Estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- 2018-2024, y un logotipo que dice: Morelos Anfitrión del Mundo Gobierno del Estado 2018-2024.
Cuernavaca, Morelos a 05 de mayo de 2020.
FE DE ERRATAS
FE DE ERRATAS Al PERIÓDICO OFICIAL
TIERRA Y LIBERTAD 5818 DE FECHA 30 DE
ABRIL DE 2020 EN EL CUAL POR UN ERROR DE
EDICIÓN EN LA PÁGINA 1.
DICE:
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA
DE
DESARROLLO
SUSTENTABLE
Acuerdo por el que se reforman disposiciones del similar por el que se autoriza la ampliación del plazo para verificar los vehículos con terminación de placa 5 y 6, engomado amarillo, 7 y 8, engomado rosa, 3 y 4, engomado rojo, 1 y 2, engomado verde, y 9 y 0, engomado azul.
Pág. 2
Cartilla sanitaria para el manejo de los residuos sólidos urbanos y manejo especial para prevenir el contagio y la proliferación del CIV-19, en el estado de Morelos.
Pág. 6
Acuerdo por el que se establecen una serie de medidas de seguridad extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generadas por el virus SARSCo V2, en el transporte público de pasajeros en el estado de Morelos, ante el ingreso de México a la fase 3 de contingencia sanitaria generada por la enfermedad COVID-19
Pág. 9
DEBE DECIR:
SUMARIO
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA
DE
DESARROLLO
SUSTENTABLE
Acuerdo por el que se reforman disposiciones del similar por el que se autoriza la ampliación del plazo para verificar los vehículos con terminación de placa 5 y 6, engomado amarillo, 7 y 8, engomado rosa, 3 y 4, engomado rojo, 1 y 2, engomado verde, y 9 y 0, engomado azul.
Pág. 2
Cartilla sanitaria para el manejo de los residuos sólidos urbanos y manejo especial para prevenir el contagio y la proliferación del CIV-19, en el estado de Morelos.
Pág. 6
SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y
TRANSPORTE
Acuerdo por el que se establecen una serie de medidas de seguridad extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generadas por el virus SARSCo V2, en el transporte público de pasajeros en el estado de Morelos, ante el ingreso de México a la fase 3 de contingencia sanitaria generada por la enfermedad COVID-19.
Pág. 9
ATENTAMENTE
LIC.EDUARDO KENJI UCHIDA GARCÍA
DIRECTOR GENERAL JURÍDICO
RÚBRICA
05 de mayo de 2020
Al margen superior un Escudo del Estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- 2018-2024, y un logotipo que dice: Morelos Anfitrión del Mundo Gobierno del Estado 2018-2024.
JOSÉ
ALEJANDRO
JESÚS
VILLARREAL
GASCA, SECRETARIO DE HACIENDA DEL PODER
EJECUTIVO DEL ESTADO, CON FUNDAMENTO EN
LO
DISPUESTO
PÁRRAFO
POR
PRIMERO
LOS
Y
ARTÍCULOS
SEGUNDO,
DE
74, LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO
DE
MORELOS;
1,
8,
TERCER
PÁRRAFO 9, FRACCIÓN III, 13, FRACCIONES III Y
XXIV,
23,
DE
LA
LEY
ORGÁNICA
DE
LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS; 11, 12, FRACCIONES
LI, LXIII Y LXVIII, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE
LA SECRETARÍA DE HACIENDA; EN RELACIÓN
CON LOS ARTÍCULOS 12, DEL CÓDIGO FISCAL DE
LA FEDERACIÓN Y 26, DEL CÓDIGO FISCAL PARA
EL
ESTADO
DE
MORELOS,
Y
ARTÍCULO
SEGUNDO, INCISO C DEL ACUERDO POR EL QUE
SE ESTABLECEN LAS MEDIDAS PREVENTIVAS
NECESARIAS QUE SE DEBERÁN IMPLEMENTAR
EN EL ESTADO DE MORELOS, A FIN DE MITIGAR Y
CONTROLAR LOS RIESGOS PARA LA SALUD QUE
IMPLICA LA PANDEMIA POR CORONAVIRUS O
COVID-19, Y CON BASE EN LAS SIGUIENTE:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con motivo de la declaración formal del inicio de la Fase 3, con fecha 21 de abril de 2020, la Secretaría de Salud Federal, publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020, instrumento jurídico que hace mención de la necesidad de mantener y extender la Jornada Nacional de Santa Distancia, en principio hasta el 30 de mayo de 2020, de las actividades no esenciales, pero pudiendo dejar de implementarse lo anterior a partir del 18 de mayo de 2020, en aquellos municipios del territorio nacional que a esa fecha presenten baja o nula transmisión del virus SARSCoV2.