Periódico Oficial de Morelos del 23/3/2015

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Source: Periódico Oficial de Morelos

23 de Marzo de 2015

PERIÓDICO OFICIAL

Por lo que en términos del propio dispositivo citado, la función de seguridad pública comprende la prevención especial y general de los delitos; la investigación para hacerla efectiva; la sanción de las infracciones administrativas; la investigación y la persecución de delitos y conductas antisociales tipificadas como tales; la reinserción social del individuo y la reintegración social y familiar del adolescente, en términos de la propia Ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y las demás leyes aplicables a la materia.
El sistema jurídico mexicano sufrió uno de sus más grandes cambios paradigmáticos a partir de la reforma constitucional de junio de 2011, en especial en materia de derechos humanos; dicha reforma tuvo su origen, entre otros factores, en las resoluciones emanadas de tribunales internacionales en la materia en contra del Estado Mexicano.
En el voto particular del juez Diego GarcíaSayán emitido respecto de la sentencia pronunciada, el dieciséis de noviembre de 2009, por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso CASO
GONZÁLEZ
Y OTRAS
CAMPO
ALGODONERO VS. MÉXICO, se sostiene que los Estados están obligados a establecer políticas generales de orden público que protejan a la población de la violencia delincuencial. Esta obligación tiene progresiva y decidida prioridad dado el contexto de creciente criminalidad en la mayoría de países de la 4
región.
Un Estado de derecho genera las condiciones que permiten al individuo realizar sus actividades cotidianas con la confianza de que su vida, su patrimonio y otros bienes jurídicos tutelados están exentos de todo peligro, daño o riesgo. Ante la realidad de un Estado que no cumple con una de sus principales funciones, la de suministrar seguridad, los ciudadanos tendrán que centrar todos, o gran parte de sus esfuerzos, en la defensa de sus bienes y 5
derechos. Razón por la que la seguridad pública forma parte esencial del bienestar de una sociedad.

Página 3

Sostiene José Antonio González Fernández que el orden público es una condición necesaria para la subsistencia del Estado mismo, sin él se está en presencia de una sociedad desordenada, gobernada por el caos y la anarquía, circunstancias que conducen al Estado a su autodestrucción. En efecto, en una sociedad donde el orden y la paz públicos no tengan un papel fundamental difícilmente puede hablarse de ejercicio de libertades individuales y salvaguarda de derechos. El orden público es el sustento de la cohesión social que motiva la existencia del Estado, de ahí que su preservación sea requisito esencial para la conservación y desarrollo de las libertades y derechos del individuo como ser social. Puede afirmarse que la función de seguridad pública en su tutela del orden y paz públicos tiene como objetivo principal la conservación del Estado de derecho
De esta manera, la función del Estado en materia de seguridad pública no es otra sino crear y conservar las condiciones necesarias para que la sociedad y sus integrantes ejerzan sus libertades y derechos
en
un
ambiente
de
tranquilidad,
sin
transgredir las libertades y los derechos de los demás, lo que les permitirá desarrollar plenamente sus aptitudes y capacidades. El dilema de la seguridad pública
es
realizar
su
función
para
lograr
el
mantenimiento de la paz y el orden, sin afectar los derechos y las libertades de los individuos. Las instituciones encargadas de la seguridad pública deben lograr un equilibrio entre la coerción y el respeto de los valores éticos tutelados por el derecho. Así, la protección de los valores fundamentales del hombre legitimará el ejercicio de la fuerza.
La
inseguridad
pública,
7

que
se
combate
enérgicamente por este Gobierno de la Visión Morelos que encabezo, violenta al derecho humano de una vida social pacífica, segura y ordenada. Un mejor despliegue del sistema de seguridad pública local o nacional podrá rendir, sin duda, frutos frente a una delincuencia cada vez mejor organizada y más peligrosa.

4 Consejero de la Judicatura Federal, sentencia caso Campo Algodonero, México, en línea, fecha de consulta: 22 de enero de 2015.
Disponible en:
https www.cjf.gob.mx articulosInteres/Caso%20Campo%20Algo donero
5 GONZÁLEZ FERNÁNDEZ José Antonio, La Seguridad Pública en México, en LOS DESAFÍOS DE LA SEGURIDAD PÚBLICA EN
MÉXICO de PEÑALOZA, Pedro José y GARZA SALINAS, Mario, Instituto Jurídicas de la UNAM, Biblioteca Jurídica Virtual, México,
6

8

2002, en línea, fecha de consulta: 22 de enero de 2015. Disponible en: biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/419/12.pdf 6
Ídem 7
Ídem 8
ABASCAL CARRANZA, Salvador, Derechos Humanos, Seguridad y Justicia, en LOS DESAFÍOS DE LA SEGURIDAD PÚBLICA EN
MÉXICO de PEÑALOZA, Pedro José y GARZA SALINAS, Mario, Instituto Jurídicas de la UNAM, Biblioteca Jurídica Virtual, México,

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Periódico Oficial de Morelos del 23/3/2015

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date23/03/2015

Page count8

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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