Periódico Oficial de Aguascalientes del 5/10/2020 - Sección 4ta.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

Pág. 68

Cuarta Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Octubre 5 de 2020

A

TRANSITORIOS

O
IV
H C
R

ARTÍCULO PRIMERO. El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se abroga el Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el lunes 5 de octubre de 2015, así como todas aquellas disposiciones normativas y reglamentarias que se contrapongan al presente.
ARTÍCULO TERCERO. El Fiscal General deberá realizar las modificaciones reglamentarias y administrativas que se requieran para cumplir con lo ordenado por el presente Reglamento, e instruirá lo conducente a las Unidades que integran la Fiscalía General.
ARTÍCULO CUARTO. Para efectos del artículo Cuarto Transitorio del Decreto 300 por el que se emite la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes en fecha 20 de enero de 2020, se entenderá que quien ejerce el cargo o la función de Visitador General es la persona que, al momento de la entrada en vigor de la mencionada Ley, ocupaba el cargo de titular de la Dirección de Visitaduría.

INVESTIGAR PARA SERVIR

A

P

El presente Reglamento fue otorgado en las instalaciones de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, cito en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes, a los 24 días del mes de septiembre del año 2020.

A

R

MTRO. JESÚS FIGUEROA ORTEGA
FISCAL GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

N

O

C
ÍNDICE:

S

FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Pág.

U

Reglamento de Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. . . . . . . . . . . . . . . 2

LT

CONDICIONES:

Para su observancia, las leyes y decretos deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado y entrarán en vigor al día siguiente de su publicación.- Cuando en la Ley o decreto se fije la fecha en que debe empezar a regir, su publicación se hará por lo menos tres días antes de aquélla. Artículo 35 Constitución Local.

A

Este Periódico se publica todos los Lunes.- Precio por suscripción anual $ 842.00; número suelto $ 40.00; atrasado $ 48.00.- Publicaciones de avisos o edictos de requerimientos, notificaciones de embargo de las Oficinas Rentísticas del Estado y Municipios, edictos de remate y publicaciones judiciales de esta índole, por cada palabra $ 2.00.- En los avisos, cada cifra se tomará como una palabra.- Suplementos Extraordinarios, por plana $ 695.00.- Publicaciones de balances y estados financieros $ 976.00 plana.- Las suscripciones y pagos se harán por adelantado en la Secretaría de Finanzas.
Impreso en los Talleres Gráficos del Estado de Aguascalientes.

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 5/10/2020 - Sección 4ta.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 4ta.

CountryMexico

Date05/10/2020

Page count68

Edition count203

First edition31/12/2001

Last issue28/08/2023

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