La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 4/3/2019

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

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La Gaceta Nº 44 Lunes 4 de marzo del 2019

correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta Oficina mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento correspondiente. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26
de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N 8039. Notifíquese.Lic. Luis Jiménez Sancho, Director. IN2019316894 .
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ref.: 30/2018/82072.Cantata Sociedad Anónima. The Coca-Cola Company. Documento: Cancelación por falta de uso Solicitada por: The Coca-Cola. Nro. y fecha: Anotación/2-117347
de 21/02/2018. Expediente: 2007-0011345 Registro Nº 178038
Barista en clase 43 marca mixto y 2007-0011346 Registro Nº 179311 Barista en clase 30 marca mixto.Registro de la Propiedad Industrial, a las 15:08:05 del 31 de octubre del 2018.
Conoce este registro la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por Jorge Tristán Trelles, en su condición de apoderada especial de la The Coca-Cola Company, contra el registro de las marcas 1- Barista diseño, registro Nº 178038, inscrita el 25/07/2008 y con fecha de vencimiento 25/07/2028, en clase 43 internacional, para proteger: servicios de restauración alimentación, hospedaje temporal, 2- Barista diseño, registro Nº 179311, inscrita el 29/08/2008 y con fecha de vencimiento 29/08/2028, en clase 30 internacional para proteger café, café tostado y molido, bebidas a base de café, ambas para proteger propiedad de la empresa: Cantata S. A., domiciliada en 5 Avenida 15-45, zona 10, Edificio Centro Empresarial, Torre II, nivel 12, Ciudad de Guatemala, Guatemala.
Resultando:
I.Por memorial recibido el 21 de febrero del 2013, Jorge Tristán Trelles, en su condición de apoderado especial de la The Coca-Cola Company, presentó solicitud de cancelación por falta de uso contra el registro de las marcas Barista diseño, registros Nº 178038 y Barista diseño, registro Nº 179311, descritas anteriormente F. 1-3.
II.Que por resolución de las 13:05:06 horas del 12 de marzo del 2018, el Registro de la Propiedad Industrial procede a dar traslado por un mes al titular del signo distintivo, a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación y aporte la prueba correspondiente que demuestre el uso real y efectivo del signo F. 5.
Que la notificación a la empresa titular de dicho traslado se intentó en el medio indicado tal y como se desprende del acuse de recibo corporativo que consta a folio 6 y 10 del expediente.
III.Mediante auto de las 13:52:12 horas del 09 de mayo del 2018, que consta a folio 8, el Registro previene al accionante para que indique otro medio para efectuar la notificación y que en caso de no existir o no conocerlo solicitara expresamente la notificación al titular por medio de edicto de ley. El accionante tal y como se desprende del folio 9 del expediente solicitó la publicación por edicto, en consecuencia, el Registro, mediante auto de las 14:38:08
horas del 01 de agosto del 2018, previene al solicitante para que publique la resolución de traslado en La Gaceta por tres veces consecutivas, con fundamento en el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, lo anterior con la finalidad de que el titular sea notificado mediante la publicación respectiva F.11.
IV.Mediante escritos adicionales de fecha 12 de setiembre del 2018, el accionante aporta copia de las publicaciones efectuadas en Las Gacetas Nos. 161, 162 y 163 de los días 4, 5 y 6 de setiembre del 2018 F. 12-15.
V.Que a la fecha luego de trascurrido el plazo de ley, no consta en el expediente contestación del traslado de la cancelación por no uso.
VI.En el procedimiento no se nota defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:
I.Sobre los hechos probados.
Primero: Que en este registro se encuentra inscrita la marca Barista diseño, registro Nº 178038, inscrita el 25/07/2008 y con fecha de vencimiento 25/07/2028, en clase 43 internacional, para proteger: servicios de restauración alimentación, hospedaje temporal, propiedad de la empresa: Cantata S. A., domiciliada en 5
avenida 15-45, zona 10, Edificio Centro Empresarial, Torre II, nivel 12, Ciudad de Guatemala, Guatemala F.16.
Segundo: Que en este registro se encuentra inscrita la marca 2- Barista diseño, registro Nº 179311, inscrita el 29/08/2008
y con fecha de vencimiento 29/08/2028, en clase 30 internacional para proteger: café, café tostado y molido, bebidas a base de café, propiedad de la empresa Cantata S. A., domiciliada en 5 avenida 1545, zona 10, Edificio Centro Empresarial, Torre II, nivel 12, Ciudad de Guatemala, Guatemala F.20.
Tercero: Que la empresa The Coca-Cola Company, solicitó el 29 de noviembre del 2017, la inscripción de las marcas Barista Bros diseño, en clase 29 internacional, bebidas de leche con sabor a café, y en clase 32: bebidas con sabor a café, en clase 30 para proteger café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, artificial, harina y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, melaza, levadura, polvo de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas condimentos, especies, hielo, bajo los expedientes Nos. 2017-11645 y 2017-11644
respectivamente, solicitudes que se encuentran en suspenso a la espera de las resultas del presente trámite F.20-23.
II.Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.
III.Representación y facultad para actuar. Analizado el poder especial, documento referido por el interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación, se tiene por acreditada la facultad para actuar en este proceso de Jorge Tristán Trelles, en su condición de apoderado especial de la The Coca-Cola Company F. 7.
IV.Sobre los elementos de prueba. Este registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso F. 1-3.
V.En cuanto al procedimiento de cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita.
Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación, en virtud a la imposibilidad materia de notificar a la empresa titular pese a los intentos efectuados en los únicos medios existentes, se notificó por medio de las publicaciones efectuadas en Las Gacetas Nos. 161, 162 y 163 de los días 4, 5 y 6 de setiembre del 2018
F. 12-15, lo anterior conforme lo establece el artículo 241 de la Ley General de Administración Pública, sin embargo a la fecha, la empresa titular no contestó dicho traslado.
VI.Contenido de la solicitud de cancelación. De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta, se desprenden literalmente los siguientes alegatos:
Me apersono a entablar acción de cancelación por falta de uso, de las marcas Barista diseño, las cuales se inscribieron bajo el asiento 179311 y 178038, propiedad sic Cantata S. A., con base en los argumentos de hecho y derecho que a continuación se indicaran en el mercado costarricense no se encuentra ningún producto ni servicio de los listados en el punto anterior comercializado y/o distribuido bajo la marca Barista, por su titular o un tercero, o sea actualmente no se encuentra en uso para los giros inscritos bajo el Reg. N 179311 y 1780038 mi representada cuenta con la solicitud de las marcas Barista Bros diseño, clases 29-32 y 30, respectivamente, presentadas el 29 de noviembre del 2017 bajo los expedientes Nos. 2017-11645 y 2017-11644

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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 4/3/2019

TitleLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date04/03/2019

Page count116

Edition count5373

First edition01/01/2003

Last issue31/05/2024

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