Diario Oficial El Peruano del 26/8/2021

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

EL PERUANO I Lima, jueves 26 de agosto de 2021

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA LIMA
Relación de deudores tributarios a quienes no se les ha podido notificar los actos administrativos expedidos por la Intendencia Lima que a continuación se detallan, conforme a lo dispuesto el inciso a y primer párrafo del inciso b del artículo 104 del Texto Único Ordenado TUO del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N. 133-2013-EF y normas modificatorias, razón por la cual, se les notifica mediante la publicación en la página web de la SUNAT y además en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso e del citado artículo.
El deudor tributario o su representante podrá solicitar la documentación que se detalla, a través de la Mesa de Partes Virtual - MPV Sunat: https www.sunat.gob.pe/ol-at-ittramitedoc/registro/iniciar.

RESOLUCIÓN DE GERENCIA N.º 055-2021-GG/COVISOL
EXPEDIENTE N.º RECLAMANTE
RECLAMO

:
: :

014-2021/CHICAMA/COVISOL
CARLOS ALBERTO VILLEGAS TORREJÓN
EXONERACIÓN DE PAGO DE TARIFA DE PEAJE

Chiclayo, 18 de agosto de 2021

ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N. 034-024-0001177/SUNAT

VISTO: El reclamo interpuesto por el señor CARLOS ALBERTO VILLEGAS TORREJÓN, y;
CONSIDERANDO
1. Que, con fecha 29 de julio de 2021 CARLOS ALBERTO VILLEGAS TORREJÓN identificado con DNI
N.º 11828640 en adelante, el Reclamante, presentó un reclamo indicando que, se le exigió el pago de paje a vehículo Administrativo del Ministerio de Defensa, en comisión de servicio, para poder pasar por la U.P. de Chicama.

DATOS DEL
RUC / DNI /
RESOLUCIÓN DE
LICENCIA DE
SUJETO
INTENDENCIA
CONDUCIR INTERVENIDO

3. Que, según la Cláusula 9.2 del Contrato de Concesión de la Autopista del Sol Tramo Trujillo-Sullana, COVISOL se encuentra obligada a exigir el pago de Tarifa, salvo los supuestos de exoneración de peaje, en que se cumpla los requisitos establecidos en el Decreto Ley N. 22467, para exonerar vehículos militares.
4. Que, el Decreto Ley N.º 22467, en su artículo 1 dispone exonerar de peaje por razones de Seguridad y Defensa Nacional a los vehículos militares de las Fuerza Armada, identificados por su distintivo institucional reglamentario, cuando deban desplazarse en cumplimiento de comisiones del servicio, requisitos que se configuran con carácter concurrente.

Resolución que declara el abandono total de los bienes comisados mediante el Acta TEMBLADERA
Probatoria N. 0200600097902-03 del VILLENA
034-012-0146699
12-08-2021 por incurrir en la infracción DANIEL FREDY
tipificada en el artículo 174º numeral 8 del TUO del Código Tributario
Q43195639

2. Que, la materia de reclamo se contempla como supuesto de reclamación del literal a artículo 4 del Reglamento aprobado con Resolución de Consejo Directivo N.º 067-2011-CD-OSITRAN, en adelante el Reglamento.

VALOR
PERIODO
DE LOS
TRIBUTARIO
BIENES S/

MOTIVO

5 753.24

08-2021

ANEXO DE LA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N. 034-024-0001178/SUNAT
DATOS DEL
RUC / DNI /
SUJETO
LICENCIA DE
CONDUCIR INTERVENIDO

5. Que, habiendo evaluado las fotográficas adjuntas al Informe N.º 519-2021 que obra en el expediente de reclamación, se determina que, el vehículo no cuenta con distintivo institucional reglamentario, por lo que no está exento del cobro de tarifa de peaje.

B43577374

Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo establecido en el Reglamento SE RESUELVE:
PRIMERO: Declarar INFUNDADO el reclamo formulado por el señor CARLOS ALBERTO VILLEGAS
TORREJÓN.

E10665585

SEGUNDO: Notificar la presente resolución mediante publicación, de conformidad con el artículo 21 numeral 21.2 del T.U.O. de la Ley Procedimiento Administrativo General. D.S. N.º 004-2019-JUS.

RESOLUCIÓN
DE
INTENDENCIA

VALOR
PERIODO
DE LOS
TRIBUTARIO
BIENES S/

MOTIVO

Resolución que declara el abandono total de los bienes comisados mediante el Acta SUYON VALDEZ
Probatoria N. 0200600101794-03 del EDSON
034-012-0146700
30-05-2021 por incurrir en la infracción ERNESTO
tipificada en el numeral 8 del artículo 174
del TUO del Código Tributario Resolución que declara el abandono de una parte de los bienes comisados mediante VERA HUAMANI
el Acta Probatoria N. 0200600101684-03
ALEJANDRO 034-012-0146701
del 12-06-2021 por incurrir en la infracción VALENTIN
tipificada en el numeral 9 del artículo 174
del TUO del Código Tributario.

2 746.19

05-2021

13 010.68

06-2021

005-1985329-1

TERCERO: El Reclamante podrá interponer recurso de reconsideración o apelación contra la presente Resolución y ante el mismo órgano que la expide, dentro de un plazo de 15 días de notificada.
Ing. Patricia Sánchez V.
Gerente General Concesionaria Vial del Sol S.A.
002-1985225-1

Ministerio PERÚ de Desarrollo Agrario
y Riego Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año del Bicentenario del Perú: 200 Años de Independencia CUT N 0078702 - 2021

AVISO OFICIAL Nº 010 -2021-ANA-AAA.M-ALA.AM.
Llata, 27 de julio del 2021
La Administración Local de Agua Alto Marañón da a conocer la solicitud de ACREDITACION DE DISPONIBILIDAD HIDRICA SUPERFICIAL con fines poblacionales, en aras de ejecutar el proyecto MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SISTEMA
DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES EN LAS LOCALIDADES DE CAURI, DISTRITO SAN MIGUEL DE CAURI, PROVINCIA LAURICOCHA, REGION
HUANUCO
DATOS DEL PETICIONARIO
Señor Abg. Guide Falcón Sánchez - Alcalde Municipio Distrito San Miguel de Cauri LOCALIZACION DE LA FUENTE
Ubicación Política: Localidades de Cauri, distrito San Miguel de Cauri, provincia Lauricocha, Región Huánuco UBICACIÓN GEOGRAFICA
N Sistemas
Sistema 01

Sistema 02
Sistema 03

Tipo de Fuente Agua Manantial Manantial Quebrada Manantial Manantial Manantial Manantial Manantial
Nombre de Fuente Agua N03 RANGON 1
N04 RANGON 1
N05 RANGON 1
N06RANGON -SIPAN
N07RANGON -SIPAN
N05 RANGON 1
N 01 SOGOMARCA
N 02 YACUMACHAY

Nombre de Fuente Agua Este Norte 321 188
8 875 576
321 203
8 875 526
321 184
8 875 605
321 198
8 875 806
321 212
8 875 812
322 769
8 876 480
323 792
8 871 913
323 455
8 872 721

Altitud msnm 3 707
3 706
3 711
3 682
3 670
3 897
3 706
3 804

TIPO DE APROVECHAMIENTO: Descripción: Uso Poblacional DEMANDA DEL PROYECTO
Sistema
Fuente de Agua
N03 RANGON 1
N04 RANGON 1
N05 RANGON 1
Sistema 01
N06RANGON-SIPAN
N07RANGON-SIPAN
N05 RANGON 1
Sistema 02 N 01 SOGOMARCA
Sistema 03 N 02 YACUMACHAY
TOTAL

Unidad m3
m3
m3
m3
m3
m3
m3
m3
m3

DISPONIBILIDAD HIDRICA MENSUAL m3
Volumen m3
ENE
FEB
MAR
ABR
MAY
JUN
JUL
AGO
SET
OCT
NOV
DIC
3,910.46 3,532.03 3,910.46 3,764.32 3,910.46 3,764.32 3,910.46 3,910.46 3,784.32 3,910.46 3,764.32 3,910.46
45,982.53
3,053.38 2,757.89 3,053.38 2,954.88 3,053.38 2,954.88 3,053.38 3,053.38 2,954.88 3,053.38 2,954.88 3,053.38
35,951.07
16,231.10 14.660.35 16,231.10 15,707.52 16,231.10 15,707.52 16,231.10 16,231.10 15,707.52 16,231.10 15,707.52 16,231.10 191,108.13
2,758.75 2,491.78 2,758.75 2,669.76 2,758.75 2,669.76 2,758.75 2,758.75 2,669.76 2,758.75 2,669.76 2,758.75
32,482.07
4,419.36 3,991.68 4,419.36 4,276.80 4,419.36 4,276.80 4,419.36 4,419.36 4,276.80 4,419.36 4,276.80 4,419.36
52,034.40
4,258.66 3,846.53 4,285.66 4,121.28 4,258.66 4,121.28 4,258.66 4,258.66 4,121.28 4,258.66 4,121.28 4,258.66
50,142.27
15,186.53 13,716.86 15,186.53 14,696.64 15,186.53 14,696.64 15,186.53 15,186.53 14,696.64 15,186.53 14,696.64 15,186.53 178,809.13
5,515.74 4,320.67 5,115.74 4,950.72 5,115.74 4,950.72 5,515.74 5,115.74 4,950.72 5,515.74 4,950.72 5,115.74
59,933.73
54,933.98 49,317.79 54,933.98 53,141.92 54,933.98 53,141.92 54,933.98 54,933.98 53,161.92 54,933.98 53,141.92 54,933.98 646,443.33

Se realiza la presente publicación para los fines de Ley, para aquellos que se consideren afectados en su derecho de uso de agua como consecuencia del presente pedido, pueden presentar su oposición debidamente justificada técnica - legal en nuestras oficinas, sito en Jr. San Martin 339, distrito Llata, provincia Huamalies, departamento Huánuco. Mayores detalles respecto al cumplimiento de los requisitos y al estudio de Acreditación de Disponibilidad Hídrica pueden ser atendidos en la Oficina de la Administración Local de Agua Alto Marañón.
Ing. JOSE LUIS ULLOA RODRÍGUEZ
Administrador Local de Agua Alto Marañón 056-1983259-1

EDICTO
SUB GERENCIA DE PROCESAMIENTO DE REGISTROS
CIVILES. SOLICITUD de fecha 09 de Octubre de 2020, DAVID
WILDER PICON HUILLCA identificado con DNI N 40681150, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de Nacimiento N 1005106588 correspondiente a DAVID WILDER PICON
HUILLCA, por cuanto contiene omisión en los segundos apellidos de los padres del titular, en el sentido que aparecen en el Acta como DOMITILO PICON y VALERIANA HUILLCA, debiendo ser lo correcto DOMlTILO PICON BORGE y VALERIANA HUlLLCA ZAVALA.
Se efectúa la publicación prevista en el artículo 73 del D.S.
N 015-98-PCM.
San Borja, 17/08/2021
GLADYS ANGELlCA MUÑOZ GUERRA
Recursos Registrales Sub Gerencia de Procesamiento de Registrales Civiles Gerencia de Registros Civiles Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 002-1985439-1

Ante la Sub Gerencia de Investigación y Depuración, de la Gerencia de Registro de Identificación del RENIEC, LLAGHUASH
MUÑOZ, FIDELA ZENOFIA con DNI N
32303653, ha solicitado la Rectificación de su Estado Civil de Casado a Soltero, argumentando que nunca ha contraído matrimonio civil con ninguna persona, lo cual se pone en conocimiento, a fin de quienes tengan motivos para oponerse puedan manifestarse en la forma y el plazo previsto en el Artículo 74 del D.S. N
015-98-PCM.
Lima, 16/09/2019
YOICY ANGELICA ORTIZ ROMERO
Supervisora de Habilitaciones y Cancelaciones Sub Gerencia de Investigación y Depuración Gerencia de Registros de Identificación RENIEC
002-1985453-1

EDICTO
Ante la OR Callao RENIEC, MONICA
MARISOL PEQUEÑO BLANCAS, identificada con DNI Nº 25517840, mediante el Proveido Nº 002098-2021-ORCALLAO, solicita la Rectificación Administrativa de su acta Nacimiento N 1010620752.
Para que aparezca consignado correctamente el nombre de la madre de la titular del acta como:
ROSAURA BLANCAS ARROYO DE PEQUEÑO, y no como erróneamente aparece consignado.
Se efectúa la publicación prevista en el Artículo 73º del D.S. Nº 015-98-PCM.
Callao, 17 de agosto del 2021.
Mg. JOSE CRISTOBAL BELLMUNT ALLAIN
Jefe Oficina Registral Callao Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 012-1985208-1

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Diario Oficial El Peruano del 26/8/2021

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date26/08/2021

Page count36

Edition count2733

First edition01/01/2016

Last issue05/05/2024

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