Diario Oficial El Peruano del 9/8/2021

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

PERÚ

EL PERUANO I Lima, lunes 9 de agosto de 2021

Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Viceministerio de Comunicaciones
Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia
NOTIFICACIÓN
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones MTC a través de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, de conformidad a lo establecido en los artículos 20 numeral 20.1.3, 23 numeral 23.1.2 y 23.2
del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N 004-2019-JUS, en vía subsidiaria a la notificación personal realizada en forma infructuosa, procede a NOTIFICAR por publicación el acto administrativo a las personas naturales y jurídicas que a continuación se detallan, a fin de que tomen conocimiento del mismo:
TIPO DE PROCEDIMIENTO
: EXIGIBILIDAD DE PAGO DE OBLIGACIONES ECONÓMICAS
AUTORIDAD QUE EMITE EL DOCUMENTO
: DIRECCIÓN GENERAL DE AUTORIZACIONES EN TELECOMUNICACIONES

ADMINISTRADO

1

CHOQUEHUANCA
SANTOS, ANIBAL
DNI N 76847729

2

UBICACIÓN

MATERIA

ACTO
QUE SE
NOTIFICA

SAN MARTIN

Oficio N
Requerimiento 4967-2020de pago MTC/28

EMPRESA DE
RADIO TAXI
EL MORRO
S.R.L. RUC N
20532789061

TACNA

Oficio N
Requerimiento 5032-2020de pago MTC/28

3

EMPRESA
RADIODIFUSORA
ULCUMAYO, E.I.R.L. S/N

PASCO

Oficio N
Requerimiento 1873-2021de pago MTC/28

4

PUBLICIDAD
COMERCIAL
COSMOS E.I.R.L.
S/N

AMAZONAS

Oficio N
Requerimiento 3374-2021de pago MTC/28

5

RADIO Y
TELEVISION
ARIES E.I.R.L
RUC N
20401768450

JUNÍN

Oficio N
Requerimiento 3195-2021de pago MTC/28

6

TORRES
TARRILLO, EDUARDO DNI
N 00828120

SAN MARTIN

Oficio N
Requerimiento 5643-2020de pago MTC/28

CONTENIDO DEL DOCUMENTO
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 927-2017-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por los conceptos de canon correspondiente a los períodos 2018 al 2020 y tasa correspondiente a los periodos 2018 al 2019 cuyo monto asciende a S/ 1,467.84 Mil cuatrocientos sesenta y siete con 84/100
soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 08 de octubre de 2020 con código N 458737.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Directoral N 674-2013-MTC/28, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de canon correspondiente a los períodos 2015 al 2016 cuyo monto asciende a S/ 5,961.32 Cinco mil novecientos sesenta y uno con 32/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 21 de octubre de 2020 con código N 447023.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 237 T.U.O.
del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 526-2001-MTC/15.03, no ha cumplido con la obligación de pago por los conceptos de Derecho de autorización y derecho de publicación del periodo 2001 cuyo monto asciende a S/ 1,690.00 Mil seiscientos noventa con 00/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 10 de febrero de 2021 con código N 112779.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 201-2011-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por los conceptos de canon de los periodos 2013 al 2020
cuyo monto asciende a S/ 1,820.83 Mil ochocientos veinte con 83/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 19 de mayo de 2021 con código N 100717.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización renovada mediante Resolución Directoral N 2778-2019-MTC/28, no ha cumplido con la obligación de pago por los conceptos de canon correspondiente al periodo 2021 y tasa correspondiente a los periodos 2019 al 2020 cuyo monto asciende a S/ 1,070.02 Mil setenta con 02/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 04 de mayo de 2021 con código N 113837.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.
De la revisión efectuada en el sistema de cuentas por cobrar de este Ministerio se ha verificado que, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N 113-2013-MTC/03, no ha cumplido con la obligación de pago por el concepto de canon correspondiente al período 2017
cuyo monto asciende a S/ 55.08 Cincuenta y cinco con 08/100 soles, conforme se detalla en el Estado de Cuenta emitido el 14 de diciembre de 2020
con código N 431598.
En consecuencia, se le otorga un plazo improrrogable de diez días hábiles, computados desde el día siguiente de notificado, a efectos de que cumpla con realizar el pago de la deuda señalada; caso contrario, vencido el plazo otorgado de acuerdo a lo establecido en el artículo 125 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión concordante en el numeral 4 del artículo 205 del T.U.O de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de verificarse que no ha cumplido con el pago de la obligación, se pondrá en conocimiento de la oficina de cobranza y ejecución coactiva.

En relación a los oficios precedentes podrá solicitar el monto actualizado de la deuda, comunicándose al siguiente correo electrónico: celias@mtc.gob.pe Le informamos que puede presentar el recurso administrativo pertinente dentro del plazo de diez 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, a través de la mesa de partes presencial en el Jr. Zorritos Nº 1203 Lima 1 o virtual mpv.mtc.gob.pe de este Ministerio.
005-1979579-1

NOTIFICACIÓN DE PRETENSIÓN DE PROCEDIMIENTO DECLARACIÓN
ADMINISTRATIVA DE LA PROPIEDAD POR REGULARIZACIÓN DE
TRACTO SUCESIVO
Ley N 28687 y D.S. N 006-2006-VIVIENDA
La Municipalidad Provincial de Satipo, hace de conocimiento a quien pudiera tener interés cierto, que los socios de la Asociación de Vivienda Buenos Aires, del Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo representada por el Señor Emer Valero Caynicela, pretende se declare la propiedad donde se desarrolla dicha Asociación de Vivienda, mediante el procedimiento denominado DECLARACION ADMINISTRATIVA
DE PROPIEDAD POR REGULARIZACION DE TRACTO SUCESIVO, al amparo de la Ley N 28687 y el Decreto Supremo N 006-2006-VIVIENDA, siendo su matriz el predio inscrito en las Partidas N 11004550
del Registro de Predios de Satipo, según el siguiente detalle:
Área Matriz de la P.E. N 11004550
20,000.00M2
Perímetro 600.56 ML
Titulares Registrales: Victorio Brum Eli Floriano y Santos de Victorio María Rosa. Por la presente se comunica que transcurridos los 20 días calendarios de la presente publicación, a efectos a cualquiera que considere que se vulnera su derecho a fin de que presente oposición fundamentada, vencido el plazo se procederá a amparar la Regularización de Tracto Sucesivo de la matriz que conforma la Asociación de Vivienda Buenos Aires, del Distrito de Pangoa, Provincia de Satipo.
Mayor Información en el Jirón Colonos Fundadores N 312-Satipo. Gerencia de Desarrollo urbano e Infraestructura Expediente N 12271-2021
Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO
Lic. Adm. Olivia F. Rivas Quispe SECRETARIA GENERAL

AVISO DE CONVOCATORIA
Se cita a los asociados de la Asociación Winkelried a la Asamblea General Ordinaria de Asociados, a realizarse el jueves 19 de agosto de 2021, a las 18:30 horas en primera convocatoria y 19:00 horas en segunda convocatoria, en la modalidad no presencial, a través de la plataforma Zoom, cuyo link se enviará al correo electrónico registrado por cada asociado ante la asociación, para tratar la siguiente agenda:
1.2.3.4.-

Aprobación de la Memoria y de los Estados Financieros correspondientes al ejercicio económico 2020 así como del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos para el ejercicio económico 2021.
Designación de los revisores de cuenta y/o de los auditores externos para el ejercicio económico 2021.
Aprobación de la cuota anual del 2021.
Elección de Consejo Directivo.

La documentación relacionada con los puntos de la agenda estará a disposición de los asociados, en el plazo indicado por el estatuto, en Av. Ricardo Palma 1450, Miraflores, de lunes a viernes de 08:00 a 10:00
horas. Tratándose de una Asamblea General en la que se elige Consejo Directivo, los asociados no pueden ser representados por otro asociado. Las listas de candidatos se presentarán al Consejo Directivo de la Asociación, en el plazo que señala el estatuto en la dirección antes señalada.
Lima, 06 de agosto de 2021
Jacques Antoine Mchler Catois Presidente del Consejo Directivo Asociación Winkelried 002-1979640-1

026-1978986-1

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE BAUTISMO

CALLE & PALACIOS E.I.R.L
TRANSFORMACIÓN

Ante la Vicaría Judicial de Arzobispado de Huancayo, don ANDRE ABAD ESPIRITU MARTINEZ, con DNI
No. 44209096, solicita Rectificar la PARTIDA DE
BAUTISMO de su Abuelo don AMADEO MATEO
MARTINEZ VILLAR, inscrita en la Parroquia SANTA
FE JAUJA - JUNIN; donde se halla asentada con error y omisión: así aparece su nombre: Mateo, debe ser: AMADEO MATEO; el lugar de Nacimiento Ataura, debe ser: ATAURA - JAUJA - JUNIN; el padre:
Gerónimo, debe ser: JERONIMO.Se da a conocer para sus efectos legales.-

POR DECISIÓN DEL TITULAR DE FECHA 26 DE JULIO
DEL 2021, SE HA DECIDIDO LA TRANSFORMACIÓN DE
LA EMPRESA CALLE & PALACIOS E.I.R.L CON RUC N
20604069654 EN UNA SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, DENOMINADA CALLE & PALACIOS S.A.C. LO QUE SE
PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS DE
CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 337 DE LA LEY 26887
LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

HUANCAYO, 16 JULIO 2021
Elena A. Valdéz Aguayo ABOGADA - REG. CAJ. 0888

JIMMY ANDERSON CALLE PILCO
DNI N 43463494
TITULAR GERENTE

026-1978577-1

SULLANA, 26 DE JULIO DEL 2021.

030-1979021-1

AVISO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
DE INMOBILIARIA MESA REDONDA S.A.C.
EN LIQUIDACIÓN
De conformidad con el artículo 412 de la Ley General de Sociedades, se comunica que la junta general de accionistas de Inmobiliaria Mesa Redonda S.A.C. en Liquidación, celebrada el 30 de julio de 2021, acordó la disolución de la sociedad y el inicio del proceso de liquidación, designándose como liquidador a la señora Carla Alejandrina Olórtegui Bedón, identificada con Documento Nacional de Identidad No. 09782717.
Lima, 30 de julio de 2021.
EL LIQUIDADOR
002-1979128-1

EDICTO
SUB GERENCIA DE PROCESAMIENTO / RECURSOS
REGISTRALES. SOLICITUD N 43756-OAD. KATHERINE
LUPE VALENZUELA PIÑEYRO, identificada con DNI N
41738930, solicita la Rectificación Administrativa del Acta de Nacimiento N 1002578603, por haberse consignado el nombre de la madre como: HAYDEE MANUELA PIÑEYRO
DE VALENZUELA, siendo lo correcto: HAYDEE MANUELA
PIÑEYRO ESCURRA.
Se efectúa la publicación prevista en el Artículo 73 del D.S N
015-98-PCM.
Lima, 03 AGOSTO 2021
GLADYS ANGELICA MUÑOZ GUERRA
Recursos Registrales Sub Gerencia de Procesamiento de Registros Civiles Gerencia de Registros Civiles Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 012-1979660-1

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Diario Oficial El Peruano del 9/8/2021

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date09/08/2021

Page count32

Edition count2736

First edition01/01/2016

Last issue08/05/2024

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