Diario Oficial de la República de Chile del 17/1/2020 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Viernes 17 de Enero de 2020

Nº 42.555

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
Normas Generales
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

PODER EJECUTIVO

Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Dirección Nacional CVE 1712314
DELEGA EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES PROPIAS
QUE INDICA. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE SEÑALA

RE
PR
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L N

Ministerio de Hacienda
CVE 1712184
DECLARA INTERNACIONAL LA FERIA ESPACIO FOOD & SERVICE
2020
Núm. 9 exento.- Santiago, 8 de enero de 2020.
Vistos:

Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 159, de 1979, del Ministerio de Hacienda;
en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto supremo Nº 544, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; la carta y antecedentes del representante Legal de Espacio Riesco, recibidos en esta Secretaría de Estado el 27 de diciembre de 2019; y, en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:

1. Que, se recibieron en esta Secretaría de Estado los antecedentes presentados por el Representante Legal de Espacio Riesco, razón social: Centro de Convenciones Santiago S.A., RUT Nº 96.946.650-3, a objeto que la Feria Espacio Food & Service 2020, sea declarada internacional.
2. Que, el solicitante indica en su presentación que Espacio Riesco organizará los días 29 y 30 de septiembre, y 1 de octubre de 2020, la Feria Espacio Food & Service 2020. De acuerdo a lo que se señala en la solicitud, este es el evento internacional más importante de la industria alimentaria que se realiza en el país y segunda en Latinoamérica. Agrega que, en esta oportunidad, en más de 25.000
mt2 de exhibición y 1000 stands, se espera la visita de más de 25.000 profesionales del sector.
3. Que, el mencionado evento cumple con los requisitos establecidos en la normativa indicada en el presente acto administrativo, de manera que es procedente acceder a la solicitud del interesado.
Decreto:

1.- Declárase Internacional a la Feria Espacio Food & Service 2020, organizada por el Centro de Convenciones Santiago S.A., RUT Nº 96.946.650-3, a realizarse los días 29 y 30 de septiembre y 1 de octubre de 2020, en el recinto Espacio Riesco de la comuna de Huechuraba, ciudad de Santiago, Región Metropolitana.
2.- Habilítase como Recinto Ferial para el desarrollo del mencionado evento el recinto Espacio Riesco, ubicado en Avenida El Salto Nº 5000, en la comuna de Huechuraba, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cuyos deslindes son los siguientes:
- Al Norte: Con Parcela 4 y 5 del Fundo El Salto.
- Al Sur: Con Parcela 1, 2 y 7 del Fundo El Salto.
- Al Oriente: Con Avenida El Salto.
- Al Poniente: Con Parcela 7 del Fundo El Salto.

Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Ignacio Briones Rojas, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Hacienda.

Resolución
Núm. 2.004 exenta.- Valparaíso, 13 de mayo de 2019.
Visto:

Lo dispuesto en el DFL N 5, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus modificaciones; el artículo 41 del DFL N 1/19.653, de 2001, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N 19.880; la resolución N 863, de 2012, la resolución exenta N 3.963, de 27 de mayo de 2016, la resolución exenta N 772, de 8 de marzo de 2018, la resolución exenta N 4.730, de 22 de octubre de 2018, la resolución exenta N 5.077, de 31 de octubre de 2018 y la resolución exenta N 2.523, de 1 de junio de 2017, todas del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; y la resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Resuelvo:

Artículo 1: Delégase, en los Directores Regionales del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, el ejercicio de las siguientes atribuciones y facultades, respecto del personal de su dependencia:
a Suscribir y aprobar contrataciones, prórrogas y término de contratos a honorarios, en lo referido al personal de su dependencia en la Dirección Regional que dirija, de acuerdo a lo siguiente: a Que se paguen por mensualidades cuya cuantía no exceda las 36 UTM; y b A suma alzada o cualquier otra modalidad de pago, cuyo monto total no exceda las 36 UTM.
b Suscribir y aprobar contratos de honorarios, en lo referido al personal de su dependencia en la Dirección Regional que dirija, cuya cuantía total no exceda de 150 UTM, referidos a personas contratadas para la evaluación y/o selección de postulantes o beneficiarios realizada en el marco de los procedimientos de asignación.
Conforme a las directrices impartidas por la Dirección Nacional del Servicio.
c En materia de jornada laboral: i Ordenar turnos y fijar los descansos complementarios que correspondan, según lo prescrito en el artículo 70 del Estatuto Administrativo; ii Ordenar la realización de trabajos extraordinarios y disponer su compensación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 66 del Estatuto Administrativo; iii Fijar horarios especiales de trabajo, en casos calificados.
d Aprobar y resolver autorización para el ejercicio de la docencia, de conformidad al artículo 87, letra a, del DFL N 29/2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
e Autorizar la realización de prácticas a estudiantes y egresados de carreras tanto de nivel técnico como universitario, respecto de estos solo procede el pago de los pasajes.
f Reconocer el derecho de asignación familiar, disponer su pago, autorizar las prórrogas, en los casos que proceda, y poner término al referido beneficio, previa comunicación al Departamento de las Personas.
g Autorizar la asistencia a cursos de capacitación y perfeccionamiento.
h Conceder los permisos a que alude el artículo 109 del DFL N 29, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
i Dar curso a licencias médicas y reposos preventivos a fin de que sean autorizados por la autoridad competente, incluidas las licencias maternales y el permiso postnatal parental.

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Diario Oficial de la República de Chile del 17/1/2020 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date17/01/2020

Page count28

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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