Diario Oficial de la República de Chile del 16/1/2020 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.554

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 16 de Enero de 2020

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
CVE 1711706
ESTABLECE VALORES POR COSTOS DIRECTOS DE REPRODUCCIÓN
DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA VÍA LEY Nº 20.285
Resolución Núm. J - 60 exenta.- Santiago, 13 de diciembre de 2019.

Sección I - 3

Económicas Internacionales, Rut 62.000.670-K, y una vez efectuado el depósito o la transferencia, deberá enviarse el correspondiente comprobante de pago al correo electrónico tesoreria@subrei.gob.cl. En cualquiera de las tres alternativas de pago, el solicitante deberá precisar el código de la solicitud al momento de efectuar el pago respectivo.
III. Déjese constancia que, de conformidad con lo previsto en el artículo 18
de la ley Nº 20.285 y en el artículo 20 del decreto supremo Nº 13, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la obligación de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales de entregar la información requerida por el medio solicitado se suspende en tanto el interesado no pague los referidos valores, ello sea acreditado conforme lo dispuesto en el numeral anterior.
IV. La presente resolución entrará en vigor a contar de su publicación en el Diario Oficial.

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Visto:

Lo dispuesto en el artículo 8º, de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, que fija el texto refundido de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 20.285, de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado, y su Reglamento aprobado por decreto supremo Nº 13, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; la Instrucción General Nº 6, sobre gratuidad y costos directos de reproducción del Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia; el memorándum Nº 1669, de 6 de diciembre de 2019, del Departamento de Participación Ciudadana y Transparencia de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:

1 Que, el artículo 17 de la ley Nº 20.285, establece la obligación de los organismos públicos de entregar la información solicitada en la forma y por el medio que el requirente haya señalado, siempre que ello no importe un costo excesivo o un gasto no previsto en el presupuesto institucional, casos en que la entrega se hará en la forma y a través de los medios disponibles.
2 Que, por otra parte, el artículo 18 de la ley Nº 20.285, establece que el órgano requerido podrá exigir solamente el pago de los costos directos de reproducción de la información solicitada y que la obligación de entregar dicha información solicitada y que la obligación de entregar dicha información se suspende en tanto el interesado no pague tales costos.
3 Que, en virtud de lo señalado en los considerandos anteriores, se ha resuelto fijar los costos directos de reproducción y establecer el correspondiente mecanismo de cobro.
4 Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del decreto supremo Nº 13, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, los costos directos de reproducción son aquellos que sean necesarios para obtener la información en el soporte que el requirente haya solicitado, excluyendo el valor de tiempo que ocupe un funcionario para realizar la reproducción.
Resuelvo:

I. Establécense, para efectos de las solicitudes de acceso a la información que se presenten en la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales en el marco de la ley 20.285, los valores por los costos directos de reproducción que a continuación se indican:

Anótese y publíquese.- Rodrigo Yáñez Benítez, Subsecretario de Relaciones Económicas Internacionales.

Ministerio de Defensa Nacional
SUBSECRETARÍA PARA LAS FUERZAS ARMADAS
Armada de Chile
Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante CVE 1711055
Capitanía de Puerto de Valparaíso
DISPONE EL USO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL AL
INTERIOR DE LOS RECINTOS PORTUARIOS DE LA JURISDICCIÓN
DE LA CAPITANÍA DE PUERTO DE VALPARAÍSO
Extracto
La resolución C.P. Valparaíso Ord. N 12.250/4 Vrs., del 5 de diciembre de 2019, en que se dispone el uso de elementos de protección personal al interior de los recintos portuarios de la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Valparaíso.
El texto íntegro de esta resolución o Circular Marítima Local, se encuentra publicado en la página web de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante www.directemar. cl.
USUARIO MARÍTIMO RESOLUCIONES LOCALES

Valparaíso, 19 de diciembre de 2019.- Ricardo Alcaíno Trincado, Capitán de Fragata EM-LT, Capitán de Puerto de Valparaíso.
CVE 1711053
Extractos
DISPONE DELEGACIÓN DE FIRMAS

Resolución D.G.T.M. y M.M. exenta N 6.030/28 Vrs., del 12 de diciembre de 2019, dispone delegación de firmas.
El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en la página web de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante www.
directemar.cl.

Con todo, el cobro de los costos directos de reproducción de información solicitada estará exceptuado de pago cuando la cantidad de copias en formato papel, sean menores de 100 páginas impresas en blanco y negro o 10 páginas a color o cuando la cantidad de CD o DVD no supere la unidad.
II. Los valores cobrados por este concepto podrán ser pagados en efectivo en la Unidad de Tesorería de la Dirección Administrativa de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales, ubicada en calle Teatinos Nº 180, piso 9, Santiago, o podrán ser depositados o transferidos electrónicamente a la cuenta corriente del BancoEstado Nº 109000281, de la Subsecretaría de Relaciones
DEROGA CIRCULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO
MARÍTIMO Y DE MARINA MERCANTE, ORDINARIO N A-13/001
Resolución D.G.T.M. y M.M. Ord. N 12600/1 Vrs., de 11 de diciembre de 2019, deroga circular de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, Ordinario N A-13/001.
Valparaíso, 19 de diciembre de 2019.- Por orden del Sr. Director General, René Rojas Cabrejos, Capitán de Navío, Subdirector.- Cristián Pfeifer Rojas, Capitán de Navío JT, Jefe Dpto. Jurídico.

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Diario Oficial de la República de Chile del 16/1/2020 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date16/01/2020

Page count28

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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