Diario Oficial de la República de Chile del 19/1/2018 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 41.961

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Viernes 19 de Enero de 2018

Por el Gobierno de la República de Chile, Edgardo Riveros Marín, Ministro de Relaciones Exteriores S.- Por el Ministerio de Salud de la República de Chile, Carmen Castillo Taucher, Ministra.
Por las Naciones Unidas, Silvia Rucks, Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas en Chile.- Por el Fondo de Población de las Naciones Unidas, María Elena Zúñiga Herrera, Directora de País Chile.
CONDICIONES DE SERVICIOS DEL UNFPA PARA LA ADQUISICIÓN DE
SUMINISTROS Y SERVICIOS POR EL UNFPA, A LA DEMANDA Y EN
REPRESENTACIÓN DE CLIENTES

Sección I - 3

cualquier otro acto de índole o fuerza similares, siempre y cuando dichos actos resulten de causas ajenas al control de la Parte afectada y no haya habido falta ni negligencia de ésta.
2. RESTRICCIONES DEL SERVICIO
2.1 El UNFPA y el Cliente tendrán la condición jurídica de contratista independiente con respecto el uno del otro. Ninguna disposición del presente Contrato, o relativa al mismo, será interpretada en el sentido de establecer o crear entre el UNFPA y el Cliente una colaboración, o una relación de principal a agente.
2.2 Las Partes recuerdan que de conformidad con el artículo 14.8 del Reglamento financiero del UNFPA, el UNFPA puede proveer suministros, equipos y servicios según los acuerdos de adquisición en nombre de Gobiernos, agencias especializadas u otras organizaciones intergubernamentales o no gubernamentales, o a solicitud de estos, donde dichos suministros, equipos y servicios son requeridos para propósitos relacionados con actividades del UNFPA y sean consistentes con los objetivos y las políticas del UNFPA, sobre la base del pago total por adelantado de las actividades de adquisición para cubrir todos los gastos, incluso tarifas de seguros y servicios, relacionados con la adquisición de tales suministros, equipos y servicios. En consideración a la condición y al mandato del UNFPA, el Cliente se compromete a asegurar que los Suministros o Servicios suministrados por el UNFPA en nombre y a solicitud del Cliente no serán utilizados por el Cliente o cualquier otra tercera parte con fines de lucro, comerciales o con fines similares. Esta disposición no impedirá le reventa de los Suministros por el Cliente con fines no relacionadas en primer lugar con la generación comercial de lucro, incluso, entre otros, con fines involucrando la comercialización social o subvencionada de los Suministros sobre la base de políticas públicas o de desarrollo.
2.3 El UNFPA se reserva el derecho, a su total discreción, de declinar toda Solicitud de factura pro forma referente a suministros o servicios.
2.4 Los Servicios de adquisición suministrados por el UNFPA a continuación dependerán de la disponibilidad de los Suministros y Servicios.
2.5 Suministros y Servicios incluidos en el Catálogo o en cualquier Factura pro forma podrán cambiar en cualquier momento, sin notificación.

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1. DEFINICIONES

Cliente designa el gobierno, la organización no gubernamental, el organismo especializado de las Naciones Unidas, o cualquiera otra organización intergubernamental o fondo, el órgano subsidiario u otra entidad de las Naciones Unidas que solicita Servicios de adquisición al UNFPA de conformidad con las presentes Condiciones de servicios;
UNFPA designa el Fondo de Población de las Naciones Unidas, un órgano subsidiario de las Naciones Unidas, creado por la Asamblea General de las Naciones Unidas según resolución 3019 XXVII del 18 de diciembre de 1972;
Partes designa el Cliente y el UNFPA en forma conjunta; Parte designa el Cliente o el UNFPA en forma individual;
Catálogo designa el catálogo del UNFPA de Suministros relativos a salud reproductiva, la demografía y la población, tal como que pueda ser modificado, actualizado o alterado ocasionalmente por el UNFPA. Se puede acceder al catálogo en http www.unfpaprocurement.org/products o en tal otro enlace que pueda decidir ocasionalmente el UNFPA;
Servicios de adquisición designa los servicios suministrados por el UNFPA
al Cliente de conformidad con las presentes Condiciones de servicios, incluyendo la adquisición por parte del UNFPA de Suministros y de Servicios, así como el envío, de aseguro y de ensayos s de los Suministros;
Solicitud de Factura pro forma, o Solicitud, designa el documento no vinculante enviado por el Cliente al UNFPA solicitando que el UNFPA suministre algunos Suministros y Servicios en representación del Cliente;
Estimación de costes designa el documento no vinculante enviado por el UNFPA al Cliente que contiene una estimación preliminar de los costos de compra de determinados Suministros y Servicios;
Factura pro forma designa el documento enviado por el UNFPA en la forma y el formato estándares del UNFPA en respuesta a la Solicitud de Factura pro forma del Cliente, que especifica, entre otros, los Suministros, los Servicios y las cantidades pertinentes que el UNFPA deberá suministrar en representación del Cliente; el Importe pagadero total; y el Período de validez de la Factura pro forma;
Importe pagadero total designa el importe que debe pagar el Cliente al UNFPA
previamente a los Servicios de adquisición, y que se especifica en la Factura pro forma, que incluye el coste de los Suministros, de los Servicios y de los Gastos de tramitación, y puede incluir el costo de todo ensayo, envío, seguro, importe para imprevistos así como que otros costos;
Período de validez designa el período de tiempo indicado en la Factura pro forma durante cual la Factura está válida;
Confirmación de pedido designa los documentos enviados por el Cliente al UNFPA en la forma y el formato estándares del UNFPA aceptando la factura pro forma del UNFPA y las presentes Condiciones de servicio;
Gastos de tramitación designa el importe separado e identificado destinado a sufragar al UNFPA los costos asociados con la tramitación y la realización de los Servicios de adquisición;
Importe para contingencias designa un importe separado e identificado que se puede incluir en la Factura pro forma, y que, si está incluido, se puede utilizar por el UNFPA en caso de imprevistos, de conformidad con las presentes Condiciones de servicios;
Suministros designa los artículos, equipos, mercancías y materiales en relación con las actividades del UNFPA, congruentes con los objetivos y las políticas del UNFPA, e incluidos en la Factura pro forma;
Servicios designa servicios en relación con las actividades del UNFPA, congruentes con los objetivos y las políticas del UNFPA, e incluidos en la Factura pro forma;
Proveedor designa el vendedor externo de los Suministros y de los Servicios;
Condiciones de servicio designa los presentes términos y condiciones y cualesquiera otros términos, condiciones y exenciones emitidos con la Factura pro forma, y que formarán parte integral del Contrato de servicios de adquisición en el sentido definido en la cláusula 4.3 a continuación;
Fuerza mayor designa todo suceso natural imprevisible e irresistible, todo acto de guerra declarada o no, invasión, revolución, insurrección, terrorismo o
3. SOLICITUD DE FACTURA PRO FORMA; ESTIMACIÓN DE COSTOS

3.1 El Cliente enviará una Solicitud de factura pro forma para adquirir Suministros y Servicios al UNFPA.
3.2 El UNFPA podrá enviar una Estimación de los costos al Cliente de dichos Suministros y Servicios.
3.3 La Solicitud de factura pro forma y la Estimación de los costos, si procede, no generarán ningún derecho u obligación entre ambas Partes.
4. EL CONTRATO DE SERVICIOS DE ADQUISICIÓN ENTRE EL UNFPA
Y EL CLIENTE
4.1 La Factura pro forma enviada por el UNFPA al Cliente constituirá la oferta del UNFPA al Cliente para la realización de los Servicios de adquisición. La Factura pro forma será vinculante para el UNFPA únicamente durante el Período de validez de la misma.
4.2 El Cliente confirmará su aceptación de la Factura pro forma refrendando la Confirmación de pedido y devolviéndola al UNFPA durante el Período de validez.
Al refrendar y devolver de la Confirmación de pedido, el Cliente acepta que será el único responsable de garantizar que los Suministros y Servicios cumplan con todas exigencias referentes a las leyes o regulaciones pertinentes incluso para la importación, el registro del producto, el embalaje y la utilización, así como que toda exigencia referente a políticas gubernamentales pertinentes, especialmente las políticas relacionadas con la salud y el desarrollo.
4.3 La Factura pro forma del UNFPA, la Confirmación de pedido y las presentes Condiciones de servicios constituirán el contrato entre las Partes en relación con los Servicios de adquisición en adelante el Contrato de servicios de adquisición.
4.4 Las Partes acuerdan que copias escaneadas electrónicamente de una Factura pro forma y de una Confirmación de pedido originales y firmadas tendrán la misma vigencia y el mismo efecto que los originales firmados de la Factura pro forma y de la Confirmación de pedido.
5. PAGO
5.1 El Cliente deberá pagar el Importe pagadero total a la cuenta bancaria indicada con este fin en la Factura pro forma, de manera que sea recibido antes del vencimiento del Período de validez en adelante el Pago.
5.2 El Pago será recibido y administrado por el UNFPA de acuerdo con las regulaciones, reglas y procedimientos financieros del UNFPA.

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Diario Oficial de la República de Chile del 19/1/2018 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date19/01/2018

Page count100

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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