Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 29/2/2024

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 8

B.O. P. DE CADIZ NUM. 41

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

N.I.G.: 1102044420220000673. Procedimiento: Despidos / Ceses en general 231/2022. Negociado: 7. Materia: Despido. De: JUAN CARLOS TUBIO
BOCALANDRO. Abogado/a: JAIME SUÁREZ OCAÑA. Contra: GAS TO MOVE
TRANSPORT SOLUTIONS, S.L.

Letrada de la Administración de JusticiaD. Patricia Orellana Andradehago saber:

Que en los autosDSP231/2022que se tramitan en este órgano judicial, se ha acordado:
- Notificar aGAS TO MOVE TRANSPORT SOLUTIONS,S.L., por medio de edicto, el/laSentencia Núm.40/2024, dictado/a en dicho proceso cuya copia se encuentra a su disposición en esta oficina judicial, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma.
AUTOS NÚM. 231/22
SENTENCIA NÚM. 40/24

En Jerez de la Frontera, a siete de febrero del dos mil veinticuatro.

La ILMA. SRA. DOÑA MARÍA DE LA SOLEDAD ORTEGA UGENA, MAGISTRADO JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUM. 2 de JEREZ DE LA
FRONTERA, tras haber visto los presentes autos sobre DESPIDO-CANTIDAD
seguidos a instancia de DON JUAN CARLOS TUBIO BOCALANDRO contra GAS
TO MOVE TRANSPORT SOLUTION SL, emplazado el FONDO DE GARANTÍA
SALARIAL, EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, ha pronunciado la siguiente FALLO

Que estimando la acción de despido de la demanda formulada por DON
JUAN CARLOS TUBIO BOCALANDRO contra GAS TO MOPVE TRANSPORT
SOLUTION SL, emplazado el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo declarar y declaro la improcedencia del despido acordado por la demandada, se tiene por efectuada la opción de indemnizar efectuada por el FOGASA, condenando a la empresa demandada a que abone al actor una indemnización de 3.736,27 €, declarándose expresamente extinguida la relación laboral con fecha del despido.

Y estimando la prescripción de la reclamación del mes de Enero 2020, y estimando parcialmente la reclamación de cantidad debo condenar y condeno a la empresa al abono de 9752 €, más el 10 % de interés de mora.

Todo ello sin pronunciamiento para el FOGASA.

Notifíquese esta Sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los CINCO días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número en el Banco de Santander nº 1256 0000 65 0231 22, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento, pudiendo sustituir la consignación mediante aval bancario en el que conste la responsabilidad solidaria del avalista.

Asimismo, deberá en el momento de anunciar el recurso consignar la suma de 300 € en concepto de depósito en la misma cuenta bancaria haciendo constar también el número de procedimiento.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.-Se procede a publicar la sentencia dictada por S.S Ilma.
D M Soledad Ortega Ugena en el día de la fecha. Doy fe.

Se advierte al/a la destinatario/a que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.

Y para que sirva de comunicación aGAS TO MOVE TRANSPORT
SOLUTIONS,S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de/l.

EnJerez De La Frontera, a 8/2/24. LA LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, PATRICIA ORELLANA ANDRADE. Firmado.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Nº 24.449


JUZGADO DE INSTRUCCION Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Procedimiento: Juicio sobre delitos leves 211/2023. Negociado: CH. Nº Rg.: 317/2023. N.I.G.: 1102043220234000015. De: EMILIO NAVARRO ROSADO.
Contra: RICARDO FRANCISCO REAL FIGUEROA.

DÑA. MARÍA DE LOS SANTOS BERNAL RUIZ LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 3 DE
JEREZ DE LA FRONTERA

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el Juicio sobre Delitos Leves nº 211/2023 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

29 de febrero de 2024

Juzgado de Instrucción n.º 3 Jerez de la Frontera Juicio Por delito Leve 211/2023
SENTENCIA 348/2023

En Jerez de la Frontera, a 9 de noviembre de 2023.

Vistos por la Iltma. Sra. Dña. María del Mar Delgado Pedrajas, MagistradaJuez del Juzgado de Instrucción Núm. TRES de los de esta Ciudad y su Partido, los presentes autos de juicio de delito leve 211/23, seguidos por delito leve de Hurto, apareciendo como denunciante Emilio Navarro Rosado y como denunciado Ricardo Francisco Real Figueroa, cuyas demás circunstancias personales constan en autos, dictó en nombre de S.M el Rey, la presente resolución:
FALLO

Que debo absolver y absuelvo a Ricardo Francisco Real Figueroa de los hechos a que se refería el presente juicio con imposición de las costas de oficio.

Así por esta mi sentencia, contra la que se podrá interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, y de la que se expedirá certificación que se unirá a los autos, lo pronuncio, mando y firmo. E/.

PUBLICACIÓN: Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Sra.
Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a RICARDO
FRANCISCO REAL FIGUEROA, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de, expido la presente en JEREZ DE LA FRONTERA a once de enero de dos mil veinticuatro
11/01/2024. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, MARÍA DE LOS SANTOS BERNAL RUIZ. Firmado.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 26.277

VARIOS
COMUNIDAD DE REGANTES COSTA NOROESTE DE CADIZ
ROTA

Acordado por la Junta de Gobierno de esta Comunidad, en sesión celebrada el día 26 de enero de 2023, al punto 4º del Orden del Día, se convoca a la Asamblea General de Comuneros en sesión Ordinaria a celebrar el día 21 de Marzo de 2.024, a las 17:30 horas en primera convocatoria y a las 18:00 horas en segunda, en la sede social de esta Comunidad de Regantes, sita en la calle Juan Ramón Jiménez nº 5 de Rota, para tratar el siguiente Orden del Día:

1º.- Nombramiento de tres comuneros para la redacción y aprobación del Acta de la Asamblea que se celebra.

2º.- Estudio y aprobación, en su caso, de las cuentas relativas al ejercicio 2023.

3º.- Estudio y aprobación, en su caso, de la memoria técnica relativa al ejercicio 2023.

4º.- Proyecto de modernización y sustitución de la media tensión de las E.B. de la Comunidad de Regantes
5º.- Proyecto y aprobación de planta fotovoltaica y terrenos en E.B. El Portal
6º.- Ruegos y preguntas.

DEBERA LLEVAR CONSIGO A LA ASAMBLEA EL D.N.I. Asimismo se informa que aquella persona que desee delegar su representación en otro comunero o, por excepción, a favor de su cónyuge o hijos, al no poder asistir a la reunión deberá conferirla por escrito, firmando el titular y el autorizado, y entregándola antes del comienzo de la Asamblea al Secretario de esta Comunidad de Regantes para su bastanteo.
Asimismo se informa que ningún comunero podrá ostentar más de un representación.
Para acreditarse, entrega de votos y el bastanteo de las representaciones el Secretario estará a su disposición desde las 17:00 horas hasta el comienzo de la Asamblea, una vez comenzada ésta no se acreditará a nadie más.

Todos los expedientes que figuran en los puntos del Orden del Día estarán a la vista desde el momento de la convocatoria hasta el día de la celebración en la Secretaría de la Comunidad.

Se advierte que de no concurrir la presentación de la mayoría absoluta de los votos comunitarios en primera convocatoria, se celebrará la Asamblea en segunda convocatoria, siendo en ésta válidos los acuerdos adoptados cual sea el número de votos concurrentes.

Rota, 26 de enero de 2.024. VºBº EL PRESIDENTE, Fdo.: Manuel Siles Jaén. EL SECRETARIO, Fdo.: Manuel Salas García.
Nº 22.946

.
.P

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O .
B

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PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
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TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date29/02/2024

Page count7

Edition count6012

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Last issue08/05/2024

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