Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/1/2023

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 3

ADMINISTRACION DEL ESTADO
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
DEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADO
EN ANDALUCIA OCCIDENTAL
SEVILLA
ANUNCIO DE LA DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN
ANDALUCÍA OCCIDENTAL
PAGO DE TASACIONES MOTIVADOS POR EXPEDIENTES DE EXPROPIACIÓN
FORZOSA

Recibidos los libramientos para los pagos acordados en las obras que se especifican, se avisa a los interesados que se relacionan a continuación a fin de que se personen en el lugar y fechas que se indican:
AYUNTAMIENTO DE PUERTO REAL. DIA 9 DE FEBRERO DE 2023
29-CA-4140 DEPÓSITOS PREVIOS E INDEMNIZACIONES POR RÁPIDA
OCUPACIÓN DE LOS TERRENOS OCUPADOS POR LAS OBRAS PROYECTO DE
CONSTRUCCIÓN: MEJORA DE LA SEGURIDAD VIAL. ACONDICIONAMIENTO
DEL ENLACE DE TRES CAMINOS. CARRETERAS A-4, A-48 Y CA-33.
PROVINCIA DE CÁDIZ. TÉRMINO MUNICIPAL: PUERTO REAL. Expediente nº 3.
HORA
FINCA/S
DNI/CIF
09:30
11.0282-003 CC
B45010808
09:45
11.0282-006
A11604998
10:00
11.0282-008
31521581N
10:15
11.0282-009.1
B11226487
10:30 11.0282-009.2, 11.0282-015
31383385T, 31399857G
10:45
11.0282-019
31384326K, 31383655V
11:00
11.0282-017 CC
HEREDEROS CLEMENTE GUTIÉRREZ
11:15
11.0282-010.1 CC
DESCONOCIDO
11:30
11.0282-005 CC
DESCONOCIDO
11:45
11.0282-011 CC
DESCONOCIDO
12:00
11.0282-013 CC
DESCONOCIDO
12:15
11.0282-014 CC
DESCONOCIDO

Independientemente de la forma de pago que los propietarios elijan deberán presentar NOTA SIMPLE DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD de la finca afectada expedida con fecha próxima al pago en caso de intereses de demora y sentencias no es necesario su aportación siempre que se le haya efectuado el pago del principal de dicha finca con anterioridad. En caso de no tener la finca registrada ésta deberá figurar en el catastro a nombre del propietario y deberá aportar CERTIFICADO DEL REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDICANDO QUE LA FINCA NO ESTÁ REGISTRADA, así como cualquier documentación que demuestre la propiedad de la misma.

Los interesados podrán elegir entre solicitar el pago por transferencia bancaria o cobrar mediante cheque bancario:

1.- Si el pago se realiza en el lugar en que se les cita, será imprescindible la aportación del D.N.I. ó Pasaporte que le identifique. Si actúan por representación deberán aportar, además: Poder Notarial, ya sea general o especial y fotocopias para su compulsa.

Cuando se trate de PERSONAS JURÍDICAS, aportarán D.N.I. del compareciente y documentación acreditativa de la representación con la que actúa y fotocopia de todo ello para su compulsa y unión al expediente.

2.- Si solicitan el pago a través de transferencia bancaria, dicha solicitud deberá ser recibida en esta Demarcación de Carreteras antes de la fecha indicada para el pago, siendo en este caso necesario aportar la siguiente documentación:

2.1.- Solicitud original de trasferencia firmada por todos los propietarios o en su caso por el representante, Si actúan por representación deberán aportar además:
Poder Notarial, ya sea general o especial y fotocopias para su compulsa, siendo conveniente indicar en dicha solicitud un teléfono y/o correo electrónico de contacto.
Se adjunta modelo de solicitud.

Cuando se trate de PERSONAS JURÍDICAS, aportarán D.N.I. del compareciente y documentación acreditativa de la representación con la que actúa y fotocopia de todo ello para su compulsa y unión al expediente.

2.2.-Fotocopia del D.N.I. o pasaporte, de todos los titulares de la finca afectada
2.3.- Certificado de la Entidad bancaria donde se encuentre la cuenta en la que se va a realizar dicha transferencia, indicando dicha Entidad que existe la cuenta a nombre de los titulares del citado expediente, debiendo constar el código IBAN.

En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento.

Si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago.

En caso de fallecimiento de uno de los titulares deberá acreditarse la titularidad por herencia mediante la presentación de copia debidamente compulsada de testamento, declaración de herederos o aceptación de la herencia, así como copia de la presentación a efectos del impuesto de sucesiones.

De no solicitar el pago por transferencia éste se efectuará en el lugar indicado al principio mediante cheque bancario a nombre del titular de la expropiación que entre todos los propietarios así lo decidan y comuniquen en el acto del pago a los representantes de la Administración.

En caso de querer que se divida el importe entre los diversos titulares de la expropiación deberán solicitar el pago por transferencia, debiendo indicar en la solicitud
5 de enero de 2023

el importe que a cada propietario le corresponde justificadamente, mediante nota simple o cualquier otra documentación acreditativa, así como presentar la documentación requerida para el caso de los pagos por transferencia anteriormente indicado.

De no comparecer al pago y no solicitar transferencia bancaria se procederá a consignar las cantidades indicadas al principio en la Caja General de Depósitos de la Delegación de Hacienda, estando a su disposición cuando aporte la documentación requerida.

La Habilitada Pagadora, Fdo.: M Dolores Rueda Román Nº 154.897/22

JUNTA DE ANDALUCIA
CONSEJERIA DE EMPLEO, EMPRESAS
Y TRABAJADORES AUTONOMOS
CADIZ

Convenio o Acuerdo: CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS

Expediente: 11/01/0332/2022

Fecha: 22/12/2022

Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN

Destinatario: JORGE FERNANDEZ-PORTILLO PARDO DE DONLEBUN

Código 11000735011981.

Visto el texto del Acta de la Comisión Paritaria del convenio colectivo del sector CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS, suscrito por las partes el día 1711-2022, y presentado en el registro telemático del Registro de Convenios Colectivos el día 16-12-2022, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D.
Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de Trabajo; Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma Andaluza en materia de trabajo; Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, RESUELVE:

Primero: Ordenar la inscripción del Acta de de la Comisión Paritaria del convenio colectivo del sector CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS, en el correspondiente Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, notificándose la misma a la Comisión Negociadora.

Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Cádiz, a 22 de diciembre de 2022. DELEGADO TERRITORIAL DE LA
DELEGACIÓN DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTONOMO, DANIEL
SANCHEZ ROMAN. Firmado.
ACTA DE LA REUNIÓN DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2022 DE LA COMISIÓN
PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE LA
CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE CÁDIZ

En Cádiz, siendo las once horas del día diecisiete de noviembre de dos mil veintidós, en la sede de FAEC, previamente convocados, se reúnen los señores que se relacionan al margen, en la representación y calidad que en el mismo consta, integrantes todos los representantes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial del Sector de la Construcción y Obras Públicas de Cádiz.

El objeto de la reunión es debatir monográficamente y, en su caso, adoptar acuerdos que se estimen necesarios o convenientes en relación con el contrato indefinido adscrito a obra, específico del sector de la construcción, tras la publicación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, así como tras las últimas modificaciones introducidas al respecto en el VI Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción.

Abierta la reunión y tras las previas acreditaciones correspondientes, las partes exponen sus opiniones sobre los antecedentes descritos, coincidiendo ambas que, en tanto a nivel estatal no se implemente una plataforma informática o similar que facilite la gestión a empresas y organizaciones empresariales y sindicales de las obligaciones y acceso a información prescritos por la ley y el referido Convenio Colectivo General, así como los previsibles Convenios Colectivos Provinciales, se hace necesario establecer un procedimiento o protocolo uniforme en el ámbito provincial de Cádiz, que unifique criterios y, simultáneamente, proporcione esa facilidad de gestión.

En atención a todo lo expuesto y mostrando los asistentes coincidencia general en la conveniencia y oportunidad de establecer un procedimiento de actuación, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción y Obras Públicas de Cádiz ACUERDA:

PRIMERO.- Señalando la Disposición Adicional Tercera de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, según la redacción introducida por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, en relación con el art. 24 bis del Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción, referida al contrato indefinido a obra de construcción, la obligatoriedad de poner en conocimiento de las Comisiones Paritarias de los Convenios correspondientes la finalización de la obra a que se contraiga el contrato suscrito, SE CREA Y ESTABLECE
a tal efecto la siguiente dirección de correo electrónico para uso exclusivo de estos comunicados: paritariaconstruccioncadiz@gmail.com
SEGUNDO.- Conforme a lo dispuesto en los citados preceptos anteriores de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, y del Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción, se entenderá por finalización de las obras y servicios la terminación real, verificable y efectiva de los trabajos desarrollados por la persona trabajadora.
Asimismo, tendrán la consideración de finalización de obra la disminución de volumen de obra por la realización paulatina de las correspondientes unidades de ejecución debidamente acreditada, así como la paralización, definitiva o temporal, de entidad suficiente, de una obra, por causa imprevisible para la empresa y ajena a su voluntad.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/1/2023

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date05/01/2023

Page count27

Edition count6018

First edition02/01/2001

Last issue06/06/2024

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