Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/12/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 240
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE POLITICA INDUSTRIAL Y ENERGIA
CADIZ
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, FONDOS EUROPEOS Y DE POLÍTICA INDUSTRIALY ENERGÍA EN
CÁDIZ POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN A INSTALACIÓN
ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. Expediente: AT-15196/22.

Visto el expediente AT-15196/22, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa y Autorización administrativa de construcción para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Peticionario: RED ELECTRICA DE ESPAÑA, S.A.U.
Domicilio: Paseo Conde de los Gaitanes, 177 LA MORALEJA - 28109 ALCOBENDAS
MADRID
Lugar donde se va a establecer la instalación: INMEDIACIONES DE LA SE DE
PUERTO REAL
Término municipal afectado: PUERTO REAL
Finalidad: Fase de compactación en la SE de Puerto Real para ejecución LAAT
Zumajo - Puerto Real.

Habiéndose cumplido los trámites reglamentarios de acuerdo con lo establecido en el TÍTULO VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en cumplimiento de la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre , del Sector Eléctrico y en cumplimiento del Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimiento de otorgamiento de autorizaciones administrativas reguladas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico, en virtud de lo previsto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, así como en la Resolución de 11 de marzo de 2022 de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía, RESUELVE

CONCEDER AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y
AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN, a RED ELECTRICA
DE ESPAÑA, S.A.U. para la construcción de la instalación cuyas principales características serán:

Refuerzo del apoyo T-3A.
- Desmontaje de los conductores de fase y cables de tierra ópticos del vano comprendido entre los apoyos T-3A y Pórtico P.Real.
- Instalación de los conductores de fase y cables de tierra óptico en amarre en el apoyo 3A y regulado del cantón 3A-6A.
- Instalación de cajas de empalme de fibra óptica en el apoyo 3A.
- Tendido de nuevos conductores de fase y cables de tierra ópticos entre el apoyo 3A
y el Pórtico SE P.Real incluye los apoyos 48 y 49 de la futura línea 220kV Puerto RealCartuja/Puerto de Santa María hasta nuevo Pórtico en SE P.Real.
CARACTERÍSTICAS DE LA LÍNEA
-Sistema -Frecuencia -Tensión nominal -Tensión más elevada de la red -Origen de la línea de alta tensión -Final de la línea de alta tensión -Temperatura máxima de servicio del conductor -Nº de circuitos -Tipo de conductor Tramo T3A-T-48
Nº de conductores por fase Tramo T48-SE Puerto Real Nº de conductores por fase - Cables de tierra Tramo T3A-48
Nº de cables compuesto tierra-óptico -Tipo de cable compuesto tierra-óptico 1
-Tipo de cable compuesto tierra-óptico 2 .
Tramo T48-SE Puerto Real Nº de cables compuesto tierra-óptico
Corriente alterna trifásica 50 Hz 220 kV
245 kV
T-3A
SE Puerto Real 85ºC
2 AL/AC CONDOR
1 AL/AW TERN
2

2
OPGW 96-17
OPGW 17,5
1

-Tipo de cable compuesto tierra-óptico 1
Nº de cables convencionales -Tipo de cable convencional -Aislamiento -Apoyos Torres metálicas de celosía -Cimentaciones -Puestas a tierra -Longitud
19 de diciembre de 2022
OPGW 17kA 48FO
1 AW 7n7
Bastón de goma silicona Zapatas individuales Anillos cerrados de acero descarburado.
0,685 km.

La autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece, y sin perjuicio de otras autorizaciones y licencias que adicionalmente fueran preceptivas, y las especiales siguientes:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la presente Resolución. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado la documentación para la puesta en servicio de la instalación, se procederá a la caducidad de la presente Resolución. El titular podrá presentar solicitud debidamente justificada para la modificación de la presente Resolución por parte de esta Delegación Territorial en lo que se refiere al mencionado plazo, necesariamente antes de la terminación de dicho plazo.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación.

4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.

6. Esta Resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido contemplados expresamente en el proyecto presentado.

7. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

8. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Uno de diciembre de dos mil veintidós. LA DELEGADA TERRITORIAL.
MARIA INMACULADA OLIVERO CORRAL. Firmado.
Nº 146.655

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE VICEPRESIDENCIA 1, COORDINACION
Y DESARROLLO ESTRATEGICO, PRODUCTIVO Y SOCIAL
ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL TUGASA
TURISMO GADITANO
APROBACIÓN DE LAS BASES ESPECÍFICAS/CONVOCATORIAS DE LOS
PROCESOS SELECTIVOS DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO EN LA EPEL
TUGASA. TURISMO GADITANO.
Antecedentes
De conformidad con lo establecido en la Ley 20/21 de 28 de diciembre, la EPEL TUGASA, a través del proceso de estabilización,procederá a cubrir los puestos de naturaleza estructural, que están dentro de la plantilla de recursos humanos, dotados presupuestariamente, y han estado ocupados de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

Para ello, el Consejo de Administración aprobó por unanimidad el siguiente acuerdo: APROBACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS PARA LA
ESTABILIZACIÓN DEL EMPLEO TEMPORAL DERIVADA DE LA LEY 20/2021
DE 28 DE DICIEMBRE, adoptado el día 27 de mayo de 2022 y publicado en el BOP
y en la web de la EPEL.

Elaboradas las Bases específicas de las convocatorias de los procesos selectivos para la estabilización del empleo temporal de la EPEL y, con carácter previo a su aprobación y publicación, se ha obtenido la conformidad del Comité de TUGASA, en fecha 9 de diciembre de 2022.

Legislación aplicable - Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/12/2022

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date19/12/2022

Page count31

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Last issue14/05/2024

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