Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/12/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 229

de la Administración Local de acuerdo a lo establecido en el artículo 168 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local.

Visto los informes que integran el expediente administrativo.

Y en uso de las atribuciones que corresponden a la Junta de Gobierno Local, conforme al artículo 127.1 h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
Por todo ello, SE PROPONE

Primero.- Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante comisión de servicios, de cinco plazas de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local de Jerez de la Frontera.

Segundo.- Aprobar las BASES que regirán la presente convocatoria pública:

PRIMERA.- OBJETO.

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión temporal, en comisión de servicios de carácter voluntario, de cinco plazas vacantes de funcionario de carrera de este Ayuntamiento, pertenecientes al Subgrupo C1, Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, denominación "Policía Local".

1.2.- El período durante el cual se cubrirán las vacantes en comisión de servicios será el estrictamente necesario para proceder a cubrirlas con carácter definitivo, y como máximo el de un año prorrogable por otro más, de conformidad con lo establecido en el artículo 64.3 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se regula el Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de aplicación a los funcionarios de la Administración Local de acuerdo a lo establecido en el artículo 168 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local.

1.3.- La presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Jerez.

SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

2.1.- Para ser admitido a esta convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos:
a Tener la condición de funcionario de carrera en alguno de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía con la categoría de Policía Local.
b Encontrarse en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase a la situación de segunda actividad por razón de edad.

2.2.- Todos los requisitos a los que se refiere la presente Base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo.

TERCERA.- SOLICITUDES

3.1. Las personas interesadas en participar en la convocatoria deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud, que se ajustará al modelo oficial referido en el Anexo I de las presentes bases y que podrá ser descargado de la web municipal https www.jerez.es/ofertas_de_empleo_publico/ y también será facilitado en el Registro General del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera Cádiz sito en calle Consistorio nº 15.

3.2. A la solicitud, debidamente cumplimentada, se acompañará:
a Fotocopia del DNI.
b Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen.
c Certificación expedida por el Secretario General de la entidad de procedencia acreditativa de que la persona aspirante en cuestión es funcionario del Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento respectivo en la categoría de Policía, antigedad, así como que se encuentra en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase a la situación de segunda actividad por razón de la edad.
d Certificación expedida por el Secretario General del Ayuntamiento de procedencia relativa al Decreto o Resolución de Alcaldía en que se muestre conformidad con la comisión de servicios.

3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.

3.4 La presentación de la solicitud, así como de toda la documentación necesaria, se realizará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento https www.
sedeelectronica.jerez.es/tramites/registro_electronico
CUARTA.- ADMISIÓN DE LAS PERSONAS ASPIRANTES

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Junta de Gobierno Local adoptará acuerdo declarando aprobadas la lista provisional de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. Dicho acuerdo se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.

4.2 Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación del acuerdo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

4.3 Transcurrido dicho plazo, la Junta de Gobierno Local adoptará acuerdo por el que aprobará el listado definitivo de personas admitidas y excluidas del proceso, resolviendo las alegaciones planteadas, si las hubiere; o elevando a definitivo el listado provisional en caso de que no se formulara ninguna. Dicho acuerdo se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.

QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR

5.1 El Tribunal Calificador, que será nombrado por acuerdo de Junta de Gobierno Local, y su composición colegiada deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderán en su composición a la paridad entre hombres y mujeres. La pertenencia al Tribunal Calificador será siempre a
1 de diciembre de 2021

título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
No podrán formar parte del mismo aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria; tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, el personal funcionario interino y el personal eventual.

5.2 Estará integrado por un Presidente y cuatro vocales, con voz y voto y un Secretario, con voz y sin voto y sus correspondientes suplentes, debiendo ser todos funcionarios de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

5.3 La composición del Tribunal Calificador se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal, en el acuerdo por el que se publique la lista definitiva de aspirantes, a efectos de posibles recusaciones, a tenor de lo establecido en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Junta de Gobierno Local, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes le sustituyan y no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros. El personal suplente podrá actuar indistintamente en relación con su respectivo titular, excepto una vez iniciada una sesión, en la que no se podrá actuar simultáneamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos presentes, resolviendo el voto de calidad de la Presidencia los supuestos de empate.

5.5 El Tribunal Calificador resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de la convocatoria, quedando facultado para adoptar todas aquellas determinaciones que estime pertinentes para el correcto desarrollo de los ejercicios. Los acuerdos del Tribunal Calificador se harán públicos en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.

5.6 Las personas que formen parte del Tribunal Calificador son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos legalmente.

5.7 El Tribunal podrá ser asistido de los asesores necesarios, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y actuarán con voz y sin voto.

SEXTA.- PROCESO SELECTIVO

El sistema de selección será el concurso de méritos, hasta un máximo de 12 puntos y una entrevista personal, que se valorará hasta un máximo de 8 puntos.

6.1.- Méritos a valorar
A.- Titulaciones académicas:
Doctor: . 2,00 puntos.
Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente 1,50 puntos.
Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado superior en criminología o Experto universitario en criminología o equivalente: . .1,00 punto.
Bachiller, Técnico superior en formación profesional, acceso a la universidad o equivalente 0,50 puntos.

No se valorará la titulación requerida para el acceso a la categoría a la que se aspira, salvo que se posea más de una. Tampoco se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones necesarias o las que se hubieran empleado como vía de acceso para la obtención de una titulación superior ya valorada. A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición en la que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica. Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismos
La puntuación máxima de este apartado es de 4 puntos.

B.- Antigedad:
Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o superior a la que se aspira: 0,20 puntos.
Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad 0,10 puntos.
Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros Cuerpos de las Administraciones Públicas 0,05 puntos.

La puntuación máxima de este apartado es de 4 puntos.

C.- Formación
Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan la condición de concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y los cursos de contenido policial, impartidos dentro del Acuerdo de Formación Continua de las Administraciones Públicas, serán valorados, cada uno, como a continuación se establece:
Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.

Los cursos en los que solamente se haya obtenido asistencia se valorarán con la tercera parte.

No se tendrá en cuenta, a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado A, ni la superación de asignaturas de los mismos.

La puntuación máxima de este apartado es de 4 puntos.

6.2 Entrevista personal
Los aspirantes serán entrevistados por el Tribunal. La entrevista versará acerca de los méritos alegados y acreditados por el aspirante con especial incidencia

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 1/12/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date01/12/2021

Page count11

Edition count6017

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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