Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/8/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 4

B.O.P. DE CADIZ NUM. 158

APELLIDO 1

APELLIDO 2

NOMBRE

MOTIVO

CABALLERO

FUREST

SILVIA

3

EL UARDANI

MOHAMED

KARIM

4

HEREDERO

HERRERA

RAFAEL

4

ROMERO

ODERO

JOSE ANTONIO

4

TOTAL DE PERSONAS EXCLUIDAS: 5
Causas de exclusión:
1. No posee la titulación exigida en la convocatoria.
2. No acredita la titulación exigida en la convocatoria.
3. No acredita el abono de las tasas de examen.
4. No justifica las causas de exención de las tasas de examen.
5. No abona las tasas de examen.
6. No especifica el D.N.I.
7. No especifica la fecha de nacimiento.
8. No especifica el lugar de nacimiento.
9. Falta de firma.
10. Solicitud presentada fuera de plazo.

Lo que se comunica, para su conocimiento y a los efectos oportunos.

05/08/21. La Diputada Delegada del Área de Función Pública. Fdo.:
Encarnación Niño Rico. 04/08/21. Fdo.: Mariña Isabel Ramallo García. Nº 67.426

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE UBRIQUE
ANUNCIO

El Iltmo. Ayuntamiento Pleno, reunido en sesión celebrada el día 27 de Julio de 2021, aprobó inicialmente la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:

- Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Servicios Urbanísticos.

- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Actividad Administrativa por Actividades de Servicios.

- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Servicio de Escuela Municipal de Música.

- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Expedición de Documentos Administrativos.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se someten tales acuerdos a información pública durante 30 días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y un periódico de los de mayor difusión provincial, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones o sugerencias en dicho plazo se entenderá definitivamente aprobado el expediente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Veintiocho de julio de dos mil veintiuno. Firmado: Isabel Gómez García.
Alcaldesa-Presidenta.
Nº 65.406


AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO
EXTRACTO DEL DECRETO DE LA DELEGADA GENERAL DEL ÁREA DE
DESARROLLO TURÍSTICO Y EMPLEO DEL 28 DE JULIO DE 2021 POR
EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN
SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
PARA EL PLAN DE IMPULSO AL EMPRENDIMIENTO PARA COLECTIVO
AUTÓNOMO Y MICROEMPRESAS O PEQUEÑAS EMPRESAS Y
PERSONAS EMPRENDEDORAS DEL MUNICIPIO DE SAN FERNANDO.
CONVOCATORIA 2021.
BDNSIdentif.:578525

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/
convocatoria/578525
EXTRACTO DEL DECRETO DE LA DELEGADA GENERAL DEL ÁREA DE
DESARROLLO TURÍSTICO Y EMPLEO DEL 28 DE JULIO DE 2021 POR EL QUE SE
APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES
EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL PLAN DE IMPULSO
AL EMPRENDIMIENTO PARA COLECTIVO AUTÓNOMO Y MICROEMPRESAS

19 de agosto de 2021

O PEQUEÑAS EMPRESAS Y PERSONAS EMPRENDEDORAS DEL MUNICIPIO
DE SAN FERNANDO. CONVOCATORIA 2021.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index.

1.- Objeto y gastos subvencionables
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocatoria de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a autónomos, microempresas o pequeñas empresas y emprendedores del municipio de San Fernando para facilitar el camino a la creación de un tejido empresarial diverso alineados con los sectores de la estrategia para el desarrollo de la ciudad de San Fernando y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 con el impulso de la actividad emprendedora y el autoempleo.

Serán subvencionables según el Art. 8 y 31.7 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre de 2003, General de Subvenciones, específicamente los siguientes:
1.- Honorarios de notarios/as, registradores/as e ingenieros/as técnicos/as como consecuencia de la constitución y puesta en marcha de la actividad empresarial.
2.- Honorarios de letrados/as o asesores/as, como consecuencia de la constitución y previa puesta en marcha de la actividad empresarial.
3.- Registro de patentes y marcas comerciales.
4.- Gastos de publicidad de lanzamiento publicidad en los distintos medios de comunicación, en revistas especializadas del sector, en internet, así como, diseño de catálogos, folletos informativos, logotipos y envases, etc.
5.- Diseño de la página web.
6.- Gastos por captación, formación y distribución del personal.
7.- Costes de legalización de libros oficiales.
8.- Cuota de inscripción en el correspondiente Colegio para el ejercicio de la actividad profesional.
9.- Programas de facturación, almacén, nóminas, etc.
10.- Seguros de Responsabilidad Civil afecto a la actividad.
11.- Inversiones en activo fijo, como costes de adaptación, rehabilitación o construcción del local afecto a la actividad, mobiliario, equipamiento informático, máquinas y bienes de equipo. Los activos serán nuevos y formarán parte del patrimonio de la empresa, afectados por el correspondiente impuesto indirecto.
12.- Gastos de personal y consultoría para la elaboración de Planes de Igualdad.
13.- Gastos de personal y costes de las actividades de información, divulgación y sensibilización en Igualdad de Género.

Las inversiones se deben realizar y localizar en el término municipal de San Fernando debiendo establecer la empresa su domicilio social en San Fernando, y deben de mantenerse afectas a la actividad objeto de la ayuda al menos durante 1 año desde la fecha de pago de la misma.

2.- Créditos Presupuestarios y Cuantía máxima de subvenciones
El presupuesto destinado a esta subvención es de 60.000 euros, perteneciente al vigente presupuesto municipal, a cargo de la consignación presupuestaria número 220210008105, para el gasto "SUBVENCIÓN PARA EL PLAN DE IMPULSO AL
EMPRENDIMIENTO PARA COLECTIVO AUTÓNOMO Y MICROEMPRESAS O
PEQUEÑAS EMPRESAS Y PERSONAS EMPRENDEDORAS DEL MUNICIPIO
DE SAN FERNANDO".

La presente ayuda será aplicable siempre que exista dotación suficiente en el fondo destinado a esta ayuda en el momento de estudio de la misma, en los límites establecidos.

La ayuda consistirá en un máximo de 2.000 €, no superando dicha cantidad más del 75 % del coste total del proyecto de inversión aprobado subvencionable, IVA
excluido.

3.- Requisitos para solicitar la subvención. Persona y empresa beneficiaria
Podrán solicitar esta subvención aquellas personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas y las personas trabajadoras autónomas cuyos proyectos estén alineados con sectores estratégicos de desarrollo económico de la ciudad de San Fernando, como son proyectos de desarrollo tecnológico, innovación social, movilidad urbana, eficiencia energética, economía circular, Smart City, transformación digital, igualdad de género y sostenibilidad empresarial, y que sean viables.

Podrán ser beneficiarios:
1.- Emprendedores y emprendedoras que inicien su actividad posteriormente a la presentación de solicitud hasta en un plazo máximo de 3 meses, mediante empresas de nueva creación, que vayan a desarrollar un proyecto de inversión.
2.- Personas trabajadoras autónomas y pymes que hayan iniciado actividad a partir del 1 de enero del ejercicio vigente, cualquiera que sea su forma jurídica y justifiquen inversiones necesarias para su puesta en marcha.
3.- Personas trabajadoras autónomas y pymes ya constituidas que en el plazo de 3
meses tras presentar solicitud vayan a desarrollar proyectos de inversión que impliquen la modernización y/o ampliación de la actividad de la empresa, cualquiera que sea su forma jurídica.

Los beneficiarios deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1.- Que la actividad esté relacionada con alguno de los sectores estratégicos de desarrollo económico de la ciudad de San Fernando, como son proyectos de desarrollo tecnológico, innovación social, movilidad urbana, eficiencia energética, economía social, economía circular, Smart City, transformación digital, igualdad de género y sostenibilidad empresarial, y que sean viables, y que en todo caso se desarrolle en el término municipal de San Fernando.
2.- Que la actividad tenga carácter estable.
3.- Que los proyectos sean considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
4.- Aportación mínima del beneficiario con fondos propios del 25% de la inversión considerada subvencionable, libre de toda ayuda, o en su caso, acreditación de la fuente

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 19/8/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date19/08/2021

Page count7

Edition count6017

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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