Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 20/8/2020

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

20 de agosto de 2020

producida en el momento del otorgamiento y el efectivo cumplimiento de los deberes impositivos al respecto.

ARTICULO 8.- DEVENGO
1. Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la actividad municipal que constituye su hecho imponible. A estos efectos, se entenderán iniciada dicha actividad en la fecha de presentación efectiva por un lado de la solicitud de comprobación previa y por otro lado de la oportuna solicitud de resolución administrativa, si el sujeto formulase expresamente ésta.
2. La obligación de contribuir, no se verá afectada en modo alguno por la resolución denegatoria e declaración, ni por la renuncia o desistimiento del solicitante una vez emitida la resolución administrativa.
3. En caso de tramitación de oficio, dicha tasa se liquidará con la resolución de la misma.

ARTICULO 9.- DECLARACIÓN

Los solicitantes de la declaración, presentarán en el Registro General, la correspondiente solicitud, según modelo normalizado, acompañado del correspondiente impreso de autoliquidación y con la documentación que al efecto se requiera en el mencionado modelo normalizado y que en cualquier caso será el contenido en la Ordenanza Municipal reguladora de aplicación.

ARTICULO 10.- LIQUIDACIÓN E INGRESO
1. Las Tasas por expedición de la resolución administrativa que acuerda la declaración de la situación jurídica de la edificación, instalación u obras se exigirán en régimen de autoliquidación, y mediante depósito previo de su importe total conforme prevé el art. 26 del R.D.L. 2/2004.
2. Los sujetos pasivos están obligados a practicar la autoliquidación en los impresos habilitados al efecto por la Administración municipal y realizar su ingreso en la oficina de recaudación municipal o en cualquier entidad bancaria autorizada; haciendo constar núm. de identificación de la autoliquidación, lo que se deberá acreditar en el momento de presentar la correspondiente solicitud.

En el caso de que los sujetos pasivos deseen el aplazamiento o fraccionamiento del pago, deberán solicitarlo expresamente y de forma conjunta con la documentación requerida inicialmente. Será la Tesorería Municipal la que resuelva los fraccionamientos, así como el calendario de pagos.
3. El pago de la autoliquidación, presentada por el interesado o de la liquidación inicial notificada por la Administración municipal tendrá carácter provisional y será a cuenta de la liquidación definitiva que proceda.
4. La Administración municipal, una vez realizadas las actuaciones motivadas por los servicios urbanísticos prestados, tras la comprobación de éstos y de las autoliquidaciones presentadas, o liquidaciones abonadas, practicará finalmente la correspondiente liquidación definitiva, exigiendo del sujeto pasivo o reintegrándole, en su caso, la cantidad diferencial que resulte o elevando a definitiva la provisional cuando no exista variación alguna.

ARTICULO 11.- INFRACCIONES Y SANCIONES

En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 184 y siguientes de la Ley General Tributaria.

DISPOSICIÓN FINAL Y VIGENCIA: La presente Ordenanza entrará en vigor una vez transcurridos 15 días a contar desde la publicación del texto definitivo en el Boletín Oficial de la provincia de Cádiz, para dar cumplimiento a los plazos previstos en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Nº 41.537


AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE

JUAN CARLOS RUIZ BOIX, ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE
AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE CADIZ

HACE SABER: Que el Ilustre Ayuntamiento Pleno, en Sesión ordinaria celebrada el día 28 de Mayo del año en curso, aprobó inicialmente el expediente de modificación presupuestaria mediante Transferencia de Crédito TRCR 6/2020 EXP
3877/2020, del Presupuesto en vigor.

Que se publicó el oportuno edicto de exposición al público en el Boletín Oficial de la Provincia nº 114, de fecha 18 de junio del año en curso, no presentándose reclamación alguna contra dichos expedientes.

Dando cumplimiento a lo estipulado en el artículo 179.4, en relación con el 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que han sido elevados a definitivos los mencionados expedientes, que presenta el siguiente resumen:
TRANSFERENCIA DE CREDITO TRCR 6/2020 EXP 3877/2020.

La modificación que nos ocupa consiste en una transferencia de créditos entre partidas correspondientes al Capítulo VI del Presupuesto del Ayuntamiento de San Roque para el ejercicio 2020, de acuerdo con los artículos 179 y 180 del Real Decreto Legislativo y 40 a 42 del R.D., así como en la Base Séptima de Ejecución del Presupuesto, ampliándose la aplicación presupuestaria detallada a continuación.

La competencia para la aprobación de esta modificación corresponde al Pleno de la Corporación según la Base 7 de Ejecución del vigente Presupuesto Municipal, ya que se trata de una transferencia de crédito entre aplicaciones pertenecientes a distintas áreas de gasto.

Según lo estipulado en el artículo 180.1 apartados b y c del RDL 2/2004, no podrán minorarse los créditos que hayan sido incrementados, así como no se incrementarán los créditos que como consecuencia de otras transferencias hayan sido objeto de minoración.
3.- EJECUCIÓN DE LA TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS:
PARTIDA INCREMENTADA

93300.632 Inv. Reposición Edif.y otras Construcciones TOTAL

Página 19

B.O.P. DE CADIZ NUM. 159

MODIFICACIÓN

393.930,66
393.930,66

PARTIDAS DECREMENTADAS

MODIFICACIÓN

23100.682 Inversión Patrimonial Edificios
200.000,00

15320.61100 Pavimentación Vas Públicas
85.525,18

23100.622 Inversión Nueva asoc.Func.Operativo de los Servicios
108.405,48

TOTAL

Nº PROYECTO

DESCRIPCION
ALTA
Remodelación antigua Casa Con2016/4/INV/39
393.930,66
sistorial y Mejora de su entorno 2017/4/INV/13 Rehab.nuevas Viviendas Tuteladas 2017/4/INV/10 Rehabilitación C/Guillermo Hillson 2019/2/INV/1

Rehab.nuevo Centro Social Antigua Casa Médico
393.930,66
BAJA

1
Recursos Generales Recursos 200.000,00
Generales Recursos 85.525,18
Generales Recursos 108.405,48
Generales
1 FINANCIACIÓN

Por lo tanto, el resumen por capítulos del Presupuesto de la Corporación del ejercicio corriente, una vez realizada la anterior modificación e igualmente teniendo en cuenta las anulaciones, ampliaciones y otras modificaciones de crédito debidamente aprobadas, queda como a continuación se detalla:
PRESUPUESTO DE LA CORPORACIÓN. INGRESOS
DENOMINACION
IMPORTE €
Impuestos directos.
38.740.000,00€ €
Impuestos indirectos 10.002.000,00 €
Tasas y otros ingresos 7.044.121,73 €
Transferencias corrientes 10.252.145,78 €
Ingresos patrimoniales 1.012,000,00 €
Enajenación de inversiones reales 534.839,00 €
Transferencias de capital 1.018.573,45 €
Variación de activos financieros 7.173.475,37 €
Variación de pasivos financieros 0,00 €
TOTAL INGRESOS
75.777.155,33 €
PRESUPUESTO DE LA CORPORACION GASTOS
CAPITULO DENOMINACION
IMPORTE €
1 Remuneraciones del personal 20.688.588,75 €
2 Compra de bienes corrientes y servicios 15.568.886,54 €
3 Intereses 192.500,00 €
4 Transferencias corrientes 16.026.032,05 €
5 Fondo de Contingencia 0€
6 Inversiones reales 22.447.408,79 €
7 Transferencias de capital 198.939,20 €
8 Variación de activos financieros 654.800,00 €
9 Variación de pasivos financieros 0,00 €
TOTAL GASTOS
75.777.155,33 €
CAPITULO
1 2
3 4
5 6
7 8
9

Contra éste acuerdo definitivo de modificación del Presupuesto se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

04/08/2020. El Alcalde. Firmado: Juan Carlos Ruiz Boix.
Nº 41.540


AYUNTAMIENTO DE LA LINEA DE LA CONCEPCION
ANUNCIO

En orden a dar comienzo al Sistema de Selección para la provisión de una plaza de Funcionario de Carrera, Arquitecto, convocadas por este Excmo Ayuntamiento, por Decreto de fecha 12 de Junio de 2018, pertenecientes a la OEP17, y conforme a lo dispuesto en la Base cuarta de la convocatoria, se convoca a los miembros del Tribunal para el día 27 de Agosto de 2020, a las 9,30 horas, en las dependencias de este Excmo.
Ayuntamiento.

11/08/2020. ILMO Sr. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN. Fdo.: Jose Juan Franco Rodríguez.
Nº 43.359

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 2
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

Procedimiento: Despidos/ Ceses en general 1232/2019 , 1233/19Negociado:
6. N.I.G.: 1102044420190003733. De: D/D. ISRAEL GOMEZ LOBATO y OTRO. Abogado: JAVIER ALFONSO ORELLANA IZQUIERDO. Contra: D/D.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 20/8/2020

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date20/08/2020

Page count19

Edition count6021

First edition02/01/2001

Last issue24/06/2024

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