Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/6/2020

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 12

B.O.P. DE CADIZ NUM. 122

En Algeciras, a nueve de junio de dos mil veinte
Visto el estado del procedimiento, habiéndose suspendido el incidente de no readmisión acordado por diligencia de ordenación de fecha 19 de febrero de 2020 y de conformidad con lo dispuesto en la misma, se acuerda señalar para que tenga lugar la comparecencia prevista en el art.280 de la LRJS, el próximo DÍA
VEINTIDOS DE JULIO DE DOS MIL VEINTE A LAS NUEVE Y TREINTA
HORAS. Cítese al Fogasa dado que las mercantiles ejecutadas se encuentran según consulta en la base de TGSS sin actividad mercantil alguna y en ignorado paradero.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado COSTAGOL 73 SA y RYDER CLUBS RESTAURANTES actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a diez de junio de dos mil veinte. EL/LA LETRADO/A DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
Nº 30.352


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO

N.I.G.: 1100444S20151000779. Negociado: ST. RECURSO DE
CASACION: Recursos de Suplicación 1722/2018. Nº AUTOS: JUZGADO DE LO
SOCIAL Nº 1 DE ALGECIRAS / Procedimiento Ordinario 702/2015. Recurrente:
MARIA CARMEN HORTAL TORRES. Abogado: CESAR AMARILLA AVILES.
Recurrido: FOGASA CADIZ, SHIPPING AND TRANSPORT ANDALUCIA S.A. y STA ADUANAS Y LOGISTICA INTEGRAL S.A.

D. MARIA DEL CARMEN ALVAREZ TRIPERO , LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA, CON SEDE EN SEVILLA.

HACE SABER:

Que en el recurso de casación para unificación de doctrina, interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 22/1/2020 en el Recurso de Suplicación nº 1722/2018 dimanante del Procedimiento nº 702/2015. del Juzgado Social nº 1..
de ALGECIRAS. , se ha dictado Diligencia de Ordenación con fecha 10/6/2020
acordando el emplazamiento de las partes por término de diez días ante el Tribunal Supremo.

Del contenido de la diligencia de ordenación el interesado podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndosele saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, en el plazo de cinco días hábiles, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Y para que conste y sirva de CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y
EMPLAZAMIENTO a SHIPPING AND TRANSPORT ANDALUCIA ,SA Y STA
ADUANAS Y LOGISTICA INTEGRAL .. cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

SEVILLA 12 junio de 2020. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA DE LA SALA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 30.597


JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1
CADIZ
EDICTO

En el procedimiento de Autorización de entrada en domicilio número 857/19, promovido por la AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE
ANDALUCÍA AVRA contra D. ESPERANZA FLORES MOLINA, se ha dictado por este JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 DE CADIZ resolución de fecha 04/02/2020 del tenor literal siguiente:
DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia D ESPERANZA GONZÁLEZ
RODRÍGUEZ-SALINAS.

En Cádiz, a cuatro de febrero de dos mil veinte.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se ha recibido escrito de la AGENCIA DE VIVIENDA Y
REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA solicitando autorización judicial de entrada en domicilio contra D. ESPERANZA FLORES MOLINA para la entrada en la vivienda pública propiedad de dicha Agencia sita en la calle Jurel, Nº 6, bajo A,
30 de junio de 2020

Grupo CA-7002, Cuenta 18, de Chipiona Cádiz, con el fin de proceder a la ejecución de la Resolución firme de desahucio administrativo de 23/05/2018 así como, en su caso, proceder al lanzamiento de cuantas personas, muebles o enseres se hallaren en la misma.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Siendo competente este Juzgado y no observando defectos en el recurso, procede su registro y admisión a trámite, de conformidad con el artículo 8.6 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y se tiene por solicitada la autorización de entrada.

PARTE DISPOSITIVA

Por presentada la anterior solicitud por la AGENCIA DE VIVIENDA
Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA de autorización judicial de entrada en domicilio contra D. ESPERANZA FLORES MOLINA para la entrada en la vivienda pública propiedad de dicha Agencia sita en la calle Jurel, Nº 6, bajo A, Grupo CA7002, Cuenta 18, de Chipiona Cádiz, con el fin de proceder a la ejecución de la Resolución firme de desahucio administrativo de 23/05/2018 así como, en su caso, proceder al lanzamiento de cuantas personas, muebles o enseres se hallaren en la misma, dese traslado de la misma a la demandada y al Ministerio Fiscal por término de CINCO DÍAS, a fin de que aleguen lo que a su derecho convenga en orden a la mencionada solicitud.

Notifíquese esta resolución haciendo saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN, ante el Secretario Judicial que la dicta. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso artículos 451 y 452 de la LEC.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. LA LETRADA DE LAADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA

Y para que conste y sirva de notificación a D. ESPERANZA FLORES
MOLINA, expido el presente que firmo en Cádiz, a nueve de marzo de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA..
Nº 30.601


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO

D. ALONSO SEVILLANO ZAMUDIO, LETRADO DE LA
ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA.

HACE SABER: Que en el Recurso de Suplicación nº 3726/18-K-, se ha dictado Sentencia por esta Sala, con fecha 09-06-20, resolviendo recurso de suplicación contra la resolución dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Cádiz, en Procedimiento nº 767/16.

Del contenido de la sentencia podrá tener conocimiento mediante comparecencia en esta Sala, haciéndole saber que contra la misma podrá preparar Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina en el plazo de los diez días siguientes a la presente notificación.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACIÓN a MAVISA NAVAL S.A, cuyo actual paradero es desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

SEVILLA a diez de junio de dos mil veinte. EL LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA. Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 30.608

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 30/6/2020

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date30/06/2020

Page count11

Edition count6007

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Last issue30/04/2024

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