Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 17/6/2020

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

17 de junio de 2020

B.O.P. DE CADIZ NUM. 113

energético y medioambiental; más inteligente, disponiendo las nuevas tecnologías al servicio de los ciudadanos; más eficaz en cuanto a la materialización de oportunidades de progreso y generación de empleo y riqueza; una ciudad más dinámica, solidaria, creativa y competitiva.
- Facilitar una administración coordinada, eficiente y cercana evitando la dispersión de las dependencias municipales, centralizando los servicios públicos para fortalecer y mejorar la administración pública, generando una interrelación entre los empleados municipales que permita una mayor y mejor coordinación entre ellos; facilitar al ciudadano una mayor operatividad y facilidades a la hora de realizar cualquier gestión administrativa, que pueda ser atendida en un espacio cercano en sus relaciones con el Ayuntamiento.
- Liberar y ordenar espacios que permitan la creación de centros vecinales y asociativos, en coordinación con la Delegación de Participación Ciudadana.
- Planificar las necesidades materiales, recursos y servicios de todas las delegaciones municipales, con el fin de reducir costes innecesarios y colaborar con las demás delegaciones para centralizar su disponibilidad, previsión presupuestaria y su posterior control de stock.
- Reducir el gasto público en materia de adquisición, uso de recursos materiales, bienes y servicios a través de un sistema integral de mantenimiento y planificación, en colaboración con todas las delegaciones municipales.

Competencias: Dirigir, gestionar, inspeccionar e impulsar los servicios que se relacionan, asumiendo cuantas competencias no estén atribuidas expresamente a otras autoridades y órganos municipales:

a Elaboración, redacción, gestión y dirección del Plan Estratégico de Chipiona, con la participación y colaboración de todas las delegaciones municipales.

b Dirección y coordinación del uso y disposición de los espacios, edificios y dependencias municipales, en coordinación con las demás delegaciones municipales.

c Coordinación, vigilancia, control y mantenimiento integral de los bienes y recursos materiales existentes, así como de los servicios públicos y concertados que precisen de controles, cuidados y mantenimiento, así como de su utilización y funcionamiento, en colaboración con la Delegación de Patrimonio, Contratación, Servicios Municipales y Servicios Públicos Privatizados.

d Planificación y centralización de las necesidades en materia de bienes, servicios y recursos materiales en coordinación con las demás delegaciones municipales, elaborar previsiones de compras, establecer mecanismos de control y seguridad, así como realizar acciones destinadas a fomentar su buen uso, reducir al máximo su deterioro y rentabilizar su utilidad.

e Desarrollo y Promoción de la Ciudad Investigación y desarrollo local, Fomento de la actividad emprendedora y Promoción de Chipiona como producto turístico.

Comprende las siguientes facultades:
- Facultad de resolución de aquellos actos administrativos que afecten al área objeto de la presente delegación, incluso cuando los mismos afecten a terceros.
- Facultad de resolver los recursos que se puedan interponer contra los actos dictados en el ejercicio de la competencia delegada.
- Facultad de sancionar aquellas conductas que infrinjan las disposiciones legales vigentes y entren dentro de la esfera de la competencia de esta delegación.

SEGUNDO: Siempre que se haga uso de la delegación de atribuciones contenidas en este Decreto, deberá hacerse constar expresamente en la correspondiente Resolución.

TERCERO: Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa.

CUARTO: Remitir el presente Decreto al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo. Igualmente publicar el Decreto en el Tablón de Anuncios así como en el Portal De Transparencia del Ayuntamiento; de la misma manera se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión ordinaria que celebre.

QUINTO: El Presente Decreto surtirá efectos a partir de que haya sido firmado debiéndose adoptar por todos los servicios municipales las medidas que correspondan para la efectividad de cuanto antecede.

Así lo manda y firma la Alcaldesa Presidenta, a 3/06/20. EL ALCALDE
PRESIDENTE. Fdo.: Luis Mario Aparcero Fernández de Retama. Transcribe al Libro de Resoluciones de Alcaldía, LA SECRETARIA GENERAL. RD 128/2018, de 16 de marzo. Fdo.: Elena Zambrano Romero.
Nº 27.675


AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO

La Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 27 de noviembre de 2018, al particular 2 del Orden del Día, adoptó el siguiente acuerdo: Presentación de la solicitud de propuesta de formulación del Plan Turístico de Grandes Ciudades de Jerez a elevar a la Secretaría General para el Turismo de la Junta de Andalucía y posterior desarrollo del convenio de colaboración.

Con fecha 30 de noviembre de 2018, María del Carmen Sánchez Díaz, AlcaldesaPresidenta del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, presentó en la delegación de Cultura, Turismo y Deporte en Cádiz de la Junta de Andalucía, solicitud para que la ciudad de Jerez de la Frontera fuera objeto de un Plan Turístico de Grandes ciudades conforme a lo previsto en la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo en Andalucía y el Decreto 146/2016, de 30 de agosto por el que se regulan los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía y los convenios de colaboración mediante los que se
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articulan, adjuntando documentación requerida.

Recabados los informes preceptivos de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico y de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, con fecha 24 de mayo de 2019 y 11 de junio de 2019 respectivamente, la citada Delegación Territorial emitió informe de evaluación conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 146/2016, de 30 de agosto, remitiendo las actuaciones a esta Secretaría General.

Con fecha 13 de julio de 2019, la Secretaría General para el Turismo de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, resuelve estimar la solicitud presentada por el Excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de la Frontera para ser objeto de un Plan Turístico de Grandes Ciudades de Andalucía, acordando la formulación de dicho Plan en cuanto a definición de objetivos de los objetivos generales, los compromisos de financiación a asumir por las partes, los procedimientos de elaboración, modificación y extinción, los mecanismos de evaluación y seguimiento de su ejecución y el periodo de vigencia del citado Plan.

De conformidad a lo dispuesto en la Resolución de Formulación de 13 de julio de 2019, una vez analizada la Propuesta del Plan Turístico de Grandes Ciudades remitida por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, la Secretaría General para el Turismo procede a elaborar el Primer Borrador de dicho Plan y se informa al Ayuntamiento de Jerez mediante oficio de fecha 13 de mayo de 2020.

Por todo ello, de acuerdo con la comunicación de 13 de mayo de 2020
del Jefe de Servicio de Planificación Turística de la Secretaría General de Turismo de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía Ref.: 43/GAG; Exp.: PLAN/2018/04 PTGC Jerez; Remisión Primer Borrador PTGC Jerez, y visto el informe emitido por la Jefa del Departamento de Turismo, María José Moreno Aguilar, de 25 de Mayo de 2020, tengo a bien DISPONER:

Primero-. Someter el Primer Borrador del Plan Turístico de Grandes Ciudades de la ciudad de Jerez al trámite de Audiencia de los agentes del sector por plazo de 15 días.

Sin perjuicio de las audiencias que resulten preceptivas y de aquellas otras que acuerde realizar el Ayuntamiento, la Secretaría General para el Turismo recuerda que, entre las entidades que deben ser objeto de audiencia, deberán figurar al menos las siguientes:
- Organizaciones sindicales más representativas en el sector turístico de la ciudad.
- Organizaciones empresariales más representativas en el sector turístico de la ciudad.
- Organizaciones o Asociaciones de Consumidores y Usuarios más representativas de la ciudad.
- Organizaciones o Asociaciones vecinales más representativas de la ciudad.
- Organizaciones o Asociaciones representativas de colectivos de personas con discapacidad de la ciudad artículo 43.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad de Andalucía.
- Organizaciones o Asociaciones representativas de colectivos de personas LGTBI
de la ciudad artículo 38 de la Ley 8/2017, de 28 de diciembre, para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares en Andalucía.
- Asociaciones de Ecologistas más representativas de la ciudad, en su caso.
- Entidades de la Economía Social más representativas de la ciudad, en su caso.

Segundo-. Someter el Primer Borrador del Plan Turístico de Grandes Ciudades de la ciudad de Jerez al trámite de información pública a la ciudadanía por plazo de 20 días.

Tercero-. El expediente administrativo del Primer Borrador del Plan Turístico de Grandes Ciudades se podrá consultar en el siguiente enlace:
https www.jerez.es/ciudad/plan_turistico_de_grandes_ciudades/
Las alegaciones podrán realizarse a través del correo electrónico que sigue a continuación:
plangciudadesjerez@aytojerez.es
Cuarto.- Publíquese el presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz a los efector oportunos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

2/06/20020. Por delegación efectuada en Resolución de Alcaldía de 24/07/2019. DELEGADA DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO, DOÑA
ISABEL GALLARDO MÉRIDA. Firmado.

INSCRIBASE: EL SECRETARIO GENERAL DEL PLENO
Nº 27.688


AYUNTAMIENTO DE ALCALA DEL VALLE
ANUNCIO

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día veintinueve de mayo de dos mil veinte, adoptó por unanimidad de los asistentes el siguiente acuerdo:
Aprobar inicialmente iniciar y tramitar el procedimiento de división en unidades de ejecución del sector industrial AR-2 Sector Único Ordenado Industrial: SUble O-I1
PGOU, que será delimitado en 4 unidades de Ejecución que se describen a continuación y que se localizan en el plano que se adjunta:

UE 1
Superficie: 14.324,693 m2
Estado de desarrollo: ejecutado y recepcionado.
Instrumento de gestión que requiere: ninguno.

UE 2:
Superficie: 26.290,023 m2
Estado de desarrollo: sin desarrollar.
Instrumento de Gestión que requiere: proyecto de urbanización.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 17/6/2020

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date17/06/2020

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Last issue15/05/2024

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