Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/3/2001

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 62

a ella no cabe formular ningún recurso. Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Firmado y rubricado. Las próximas notificaciones, salvo Auto, se harán en Estrados.
Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa NODITEC, S.A.
de ignorado paradero expido el presente en Jerez de la Frontera, a 2 de marzo de dos mil uno. EL SECRETARIO SOCIAL Nº 1. Firmado.
Nº 2.652


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDLCTO DE CITACIÓN
Autos nº: 384 al 387/00-S. Demandante/s: D Juan Luis Vázquez Parada y 3
más. Demandado/s: JIMÉNEZ M. HNOS, S.L. Emplazado: FOGASA. Materia:
Cantidad En virtud de lo acordado en el expediente Nº: 384 al 387/00-S, a instancia D
Juan Luis Vázquez Parada y 3 más, emplazado el Fondo de Garantía Salarial contra JIMÉNEZ M. HNOS, S.L., se cita a este último a fin de que el próximo día 4 de ABRIL
de 2001 a las 10:30 horas de la mañana comparezca en este Juzgado sito en c/ Caribe, s/n. -Edificio JuzgadosAvda. Tomás García Figueras, entrada posterior frente a aparcamientos, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, debiendo comparecer con todos los medios de prueba. Se le cita, asimismo para prueba de confesión pudiendo ser tenido por confeso en la sentencia. Estando a su disposición copia de la demanda y advirtiéndole que su incomparecencia no suspenderá dichos actos parándole los perjuicios a que hubiese lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones salvo sentencia, autos o emplazamientos se harán en estrados.
En Jerez de la Frontera, a 5 de marzo de 2001. EL SECRETARIO. Firmado.
Nº 2.653


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO DE CITACION
Autos nº: 776/00-C.P.P. Demandante/s: O.n.c.e. Demandado/s: D. DOMINGO FERNÁNDEZ LORENZO. Materia: Cantidad.
En virtud de lo acordado en el expediente Nº: 776/00-C.P.P., a instancia de O.n.c.e., contra D. DOMINGO FERNÁNDEZ LORENZO, se cita a este último a fin de que el próximo día 19 de JUNIO de 2001 a las 11:00 horas de la mañana comparezca en este Juzgado sito en c/ Caribe, s/n. -Edificio JuzgadosAvda. Tomás García Figueras, entrada posterior frente a aparcamientos, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, debiendo comparecer con todos los medios de prueba. Se le cita, asimismo para prueba de confesión pudiendo ser tenido por confeso en la sentencia. Estando a su disposición copia de la demanda y advirtiéndole que su incomparecencia no suspenderá dichos actos parándole los perjuicios a que hubiese lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones salvo sentencia, autos o emplazamientos se harán en estrados.
En Jerez de la Frontera, a 2 de marzo de 2001. EL SECRETARIO.
Nº 2.654
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO
LA SALA DE LO SOCIAL, CON SEDE EN SEVILLA, DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA. HACE SABER: Que en el Recurso de Suplicación nº 3316/00 J.A. dimanante de los autos nº 508/99, seguidos por el Juzgado de lo Social numero Tres de los de Cádiz, entre las partes que se expresará, se ha dictado por esta Sala la sentencia cuyo fallo es como sigue:
Con estimación del recurso de suplicación interpuesto por D. MANUEL
OLIVEROS GALLARDO y D. ISMAEL BLANCO CARRERA frente a la sentencia de treinta de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, dictada por el Juzgado de lo Social número TRES de los de CÁDIZ, en virtud de demanda de despido formulada por los expresados recurrentes contra las empresas FERPA, VRENFER, S.L. y HIERROS Y FERRALLAS 2000, SL. y D. JOSE MANUEL RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ, habiendo sido parte el FONDO DE GARANTIA SALARIAL y, con revocación parcial de dicha sentencia, debemos declarar y declaramos el derecho de los actores al percibo de una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de sus despidos -veintisiete de julio de mil novecientos noventa y nuevehasta la notificación de la sentencia a las dos empresas solidariamente condenadas veintiuno de enero de dos mil-, descontando lo percibido en dicho período por prestaciones de servicios para otras empresas, lo que se acreditará y calculará en ejecución de sentencia, manteniéndose la mencionada sentencia recurrida, en todo lo demás. Notifíquese esta sentencia a las partes y al Excmo. Sr. Fiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, contra ella, cabe recurso de Casación para la unificación de doctrina, que podrá ser preparado dentro de los DIEZ DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala, así como que transcurrido el término indicado, sin prepararse recurso, la presente sentencia será firme. Se advierte a la empresa condenada que, de hacer uso de tal derecho, al preparar el recurso, deberá presentar en esta Sala resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de la condena, en la cuenta de "Depósitos y Consignaciones" del Banco Bilbao Vizcaya, oficina 6.000, nº 4.052, Recurso n 3316/00; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando el documento presentado en poder del Sr. Secretario de esta Sala, que facilitará recibo al presentante y expedirá testimonio para su incorporación al rollo. Asimismo se advierte a la empresa demandada que, si recurre, al personarse en la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, deberá presentar en su Secretaría resguardo acreditativo del depó-

16 de marzo de 2001

sito de 50.000 pesetas en la cuenta corriente número 2.410, abierta a favor de dicha Sala, en el Banco Bilbao Vizcaya, Agencia Urbana número 43, en la calle Génova, número 17 de Madrid. Una vez firme esta sentencia, devuélvanse los autos al Juzgado de lo Social de referencia, con certificación de esta resolución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación o testimonio de la posterior resolución que recaiga. Unase el original de esta sentencia al libro de su razón y una certificación de la misma al presente rollo, que se archivará en esta Sala. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.Siguen las firmas.
Y para que conste y sirva de notificación en forma a la empresa FERPA, cuyo domicilio o paradero se ignora, expido la presente en Sevilla a doce de febrero de dos mil uno. EL SECRETARIO. Fdo.: José Ángel Mancha Cadenas.
Nº 2.655


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDLCTO DE CITACION
Materia: Despido. En virtud de lo acordado en el expediente Nº: 153/01C.P.P., a instancia de D. Manuela Gálvez Garrido, contra PLASTICBAGS, S.L., LÁMINAS Y COMPLEJOS, S.A., MICROBOL PLÁSTICOS, S.L. y PLASTIBAGS
MACROBOL, S.L., se cita a todos ellos a fin de que el próximo día 26 de MARZO de 2001 a las 12:45 horas de la mañana comparezca en este Juzgado sito en c/ Caribe, s/
n. -Edificio JuzgadosAvda. Tomás García Figueras, entrada posterior frente a aparcamientos, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, debiendo comparecer con todos los medios de prueba. Se le cita, asimismo para prueba de confesión pudiendo ser tenido por confeso en la sentencia. Estando a su disposición copia de la demanda y advirtiéndole que su incomparecencia no suspenderá dichos actos parándole los perjuicios a que hubiese lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones salvo sentencia, autos o emplazamientos se harán en estrados.
En Jerez de la Frontera, a 7 de marzo de 2001. EL SECRETARIO.
Nº 2.780


JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1
JEREZ DE LA FRONTERA
EDLCTO DE CITACION
Materia: Despido. En virtud de lo acordado en el expediente Nº: 92/01-C.P.P., a instancia de D. Juan Andrés Rodríguez Duarte, contra AISLAMIENTOS ARCENSES, S.L., se cita a este último a fin de que el próximo día 20 de MARZO de 2001 a las 11:30
horas de la mañana comparezca en este Juzgado sito en c/ Caribe, s/n. -Edificio JuzgadosAvda. Tomás García Figueras, entrada posterior frente a aparcamientos, para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, debiendo comparecer con todos los medios de prueba. Se le cita, asimismo para prueba de confesión pudiendo ser tenido por confeso en la sentencia. Estando a su disposición copia de la demanda y advirtiéndole que su incomparecencia no suspenderá dichos actos parándole los perjuicios a que hubiese lugar en derecho. Las siguientes comunicaciones salvo sentencia, autos o emplazamientos se harán en estrados.
En Jerez de la Frontera, a 7 de marzo de 2001. EL SECRETARIO.
Nº 2.781
RECTIFICACION
En el anuncio nº 14.922/00 publicado en el B.O.P. núm. 19, de fecha 24 de enero de 2001, página 27, perteneciente al Juzgado de 1 Instancia e Instrucción Nº 3
de Algeciras.
Donde dice: se tramita juicio ejecutivo a instancia de BANCO URQUIJO
S.A. contra
Debe decir: se tramita juicio ejecutivo a instancia de BANCO BILBAO
VIZCAYA S.A. contra

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/3/2001

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date16/03/2001

Page count26

Edition count6017

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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