Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.253 - Primera Sección
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Miércoles 4 de diciembre de 2019

ARTÍCULO 2.- Apruébase el Modelo de Contrato de Contragarantía a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA
y el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES que consta de OCHO 8 artículos, adjunto como ANEXO II IF-2019-103894353-APN-SSRFIMHA a la presente medida.
ARTÍCULO 3.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda o al funcionario o funcionarios que éste designe, a suscribir los contratos cuyos modelos se aprueban mediante los artículos 1 y 2 del presente decreto.
ARTÍCULO 4.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda o al funcionario o funcionarios que éste designe, a convenir y/o suscribir modificaciones a los contratos cuyos modelos se aprueban en los artículos 1 y 2 del presente decreto, siempre que no constituyan cambios sustanciales al objeto de la garantía, al destino de los fondos, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 5º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda a ejercer, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, todos los actos relativos a la implementación del Contrato de Garantía y aquellos requeridos a la REPÚBLICA ARGENTINA para la correcta ejecución del Contrato de Préstamo CAF, a ser suscripto entre el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
E/E MICHETTI - Marcos Peña - Jorge Roberto Hernán Lacunza NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 04/12/2019 N93826/19 v. 04/12/2019

INSTITUTO NACIONAL DETECNOLOGÍAAGROPECUARIA
Decreto 807/2019
DECTO-2019-807-APN-PTE - Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2019
VISTO el Expediente NºEX-2019-91675258- -APN-SGCDINTA y el Decreto Ley Nº21.680 de fecha 4 de diciembre de 1956 y sus modificaciones,y CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto - Ley Nº21.680/56 y sus modificaciones, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
AGROPECUARIA INTA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Y PESCA con el fin de impulsar, vigorizar y coordinar el desarrollo de la investigación y extensión agropecuaria y acelerar con los beneficios de estas funciones fundamentales, la tecnificación y el mejoramiento de la empresa agraria y de la vida rural.
Que por el artículo 6º del citado Decreto - Ley, se establece la integración del Consejo Directivo del referido Instituto Nacional.
Que mediante Nota de fecha 11 de julio de 2019, la Confederación Intercooperativa Agropecuaria Cooperativa Limitada CONINAGRO, informa que ha decidido proponer una terna de postulantes integrada por el Ingeniero Agrónomo D. Mario Nicolás CARLINO M.I. Nº25.486.704; el Ingeniero Agrónomo D. Alberto Daniel MLLER M.I.
Nº30.687.988 y el Ingeniero Agrónomo D. Fernando José MAIDANA M.I. Nº27.165.782, para la designación del Vocal del Consejo Directivo del mencionado Instituto Nacional en representación de la citada entidad.
Que se propicia la designación del Ingeniero Agrónomo D. Mario Nicolás CARLINO, para cubrir dicho cargo, en representación de la mencionada Confederación Intercooperativa Agropecuaria Cooperativa Limitada CONINAGRO.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 6º del Decreto Ley Nº21.680/56 y sus modificaciones.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date04/12/2019

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First edition02/01/1989

Last issue28/04/2024

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