Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.253 - Primera Sección
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Miércoles 4 de diciembre de 2019

Decretos

CONTRATOS
Decreto 805/2019
DECTO-2019-805-APN-PTE - Aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-100515434-APN-DGDMHA, y el Modelo de Contrato de Préstamo CAF
destinado a la ejecución del Programa de Integración Socio-Urbana: Villa 20, Villa Rodrigo Bueno y Villa Fraga de la Ciudad de Buenos Aires propuesto para ser suscripto entre la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF,y CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo CAF, la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF se compromete a asistir financieramente al Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a fin de cooperar en la ejecución del Programa de Integración Socio-Urbana: Villa 20, Villa Rodrigo Bueno y Villa Fraga de la Ciudad de Buenos Aires por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES U$S100.000.000, refiriéndose así al Proyecto de Integración Socio-Urbana: Villa 20, Villa Rodrigo Bueno y Villa Fraga de la Ciudad de Buenos Aires tal su denominación en la priorización por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que el objetivo del Programa consiste en promover la integración socio-urbana de las villas Rodrigo Bueno, 20 y Fraga.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán CINCO 5 componentes: i Mejoramiento de infraestructura básica, ii Soluciones habitacionales, iii Equipamiento comunitario y espacio público, iv Fortalecimiento institucional y v Administración del Programa.
Que en tal sentido, la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF ha propuesto al Gobierno Nacional la suscripción de un Contrato de Garantía con la finalidad de que la REPÚBLICA ARGENTINA afiance las obligaciones financieras que el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES contraiga como consecuencia de la suscripción del mencionado Contrato de Préstamo CAF.
Que atento a la necesidad de asegurar el pago de los compromisos emergentes del Contrato de Préstamo referido y de preservar el crédito público de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Gobierno Nacional ha propuesto al Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES la suscripción de un Contrato de Contragarantía, por medio del cual este último se obligue a la cancelación de los compromisos de pago asumidos, en los plazos previstos en el citado Contrato de Préstamo.
Que para el caso de no producirse la cancelación respectiva, el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES autorizará al MINISTERIO DE HACIENDA a efectuar el débito automático de los fondos de la Cuenta de Coparticipación Federal de Impuestos o del régimen que la reemplace, por hasta el total del monto adeudado.
Que en estos términos, resulta oportuno aprobar el Modelo de Contrato de Garantía a ser suscripto entre la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF y la REPÚBLICA ARGENTINA y el Modelo de Contrato de Contragarantía a ser suscripto entre esta última y el Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE HACIENDA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 53 de la Ley Nº11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014.
Por ello, ELPRESIDENTE DELANACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO CAF, que consta de SIETE 7 cláusulas, que integra el presente decreto como ANEXO I IF-2019-103893890-APN-SSRFIMHA.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 04/12/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date04/12/2019

Page count125

Edition count9288

First edition02/01/1989

Last issue28/03/2024

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