Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 9/7/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 128

9 de julio de 2019

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e Formular ruegos y preguntas en las reuniones del Consejo y obtener la información precisa para el cumplimiento de las funciones asignadas.
CAPÍTULO X: RÉGIMEN DE VISITAS, SALIDAS Y COMUNICACIÓN CON EL EXTERIOR
ARTÍCULO 39.
Las visitas de familiares y amigos podrán realizarse en el horario establecido por la Dirección del Centro, el cuál será expuesto en el tablón de anuncios. Los visitantes deberán comunicar su entrada y salida en la Recepción de la Residencia. Los visitantes deberán respetar las instalaciones del Centro, teniendo especial cuidado si vienen acompañados de menores, haciéndose responsables de los posibles deterioros que éstos puedan ocasionar. Se deberán cumplir los horarios acordados para todos los servicios, con el fin de garantizar un mejor funcionamiento del Centro.
ARTÍCULO 40.
1. Los Residentes podrán salir del Centro, solos o acompañados, siempre que sus condiciones físicas y psíquicos lo permitan, previa comunicación al personal del Centro. Mediante comunicación expresa al Centro podrán los familiares, persona de referencia o representante legal de los Residentes dependientes o incapacitados, acompañarlos en sus salidas, siendo los mismos responsables de los daños y perjuicios por accidentes o percances sufridos por el Residente y fuera del Centro.
2. Para los casos en que la salida exceda de los horarios establecidos a tal efecto, deberá comunicarse a la Dirección del Centro o persona responsable.
3. Los Residentes podrán ausentarse del Centro por vacaciones o cualquier otra circunstancia debidamente justificada, informando a la Dirección del tiempo de las mismas así como de la forma de contactar con ellos.
4. Los familiares o responsables del ingreso de un Residente, se comprometerán al acompañamiento de éstos a visitas a especialistas, ingresos hospitalarios, así como de todas las salidas que tengan que hacer los Residentes para solucionar y realizar gestiones, comunicándolo previamente al Centro. En el caso de que no pudiesen hacerse cargo la Dirección organizará el traslado a costa del usuario. Los familiares podrán dirigirse a la Dirección del Centro para solicitar información relativa a los Residentes, realizar sugerencias o plantear cualquier tipo de consulta, , contactando telefónicamente o en su despacho en el horario que se le facilitará al ingreso de su familiar.
CAPÍTULO XI: MODIFICACIÓN DE REGLAMENTO
Artículo 41: Modificación de Reglamento.
El presente Reglamento de Régimen Interior podrá ser modificado por el Pleno del Ayuntamiento de Nogueruelas En todo lo no previsto en el presente Reglamento se estará a lo dispuesto al efecto en la normativa estatal y autonómica aplicable.
DISPOSICIÓN FINAL. Este Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interno de funcionamiento básico, estará sujeto a las modificaciones que establezca la normativa que en materia de Bienestar Social establezca el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Servicios Sociales. El presente Reglamento será de aplicación en la Residencia de Tercera Edad de Nogueruelas y entrará en vigor a los quince días de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación.

BOLETÍN

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El BOP de Teruel, puede consultarse en la siguiente página web: https 236ws.dpteruel.es/bop

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 9/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date09/07/2019

Page count41

Edition count5732

First edition02/01/2001

Last issue26/04/2024

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