Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/3/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

12

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 64

Miércoles 18 de marzo de 2020

2. Por cursos de formación y perfeccionamiento hasta un máximo de 1,00 punto:

a Por cada curso de duración comprendida entre 15 y 50 horas lectivas: 0,10 puntos.

b Por cada curso de duración comprendida entre 51 y 100 horas lectivas: 0,20 puntos.

c Por cada curso de duración de 101 horas lectivas o más: 0,30 puntos.
Se valorará la asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento impartidos u homologados por Administraciones Públicas, Instituciones u Organismos Públicos Oficiales, que tengan relación directa con las tareas, funciones y actividades a desarrollar en el puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria. Para acreditar la realización de cursos de formación y perfeccionamiento deberá aportarse certificado emitido por el Organismo o Centro que los impartió en el que conste el contenido del curso y las horas de formación.
Séptima.Calificación definitiva.
La calificación definitiva estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en el ejercicio de la fase de oposición, a la que se añadirá la obtenida por los aspirantes en la fase de concurso, siendo el resultante la calificación final, que será de un máximo de 10 puntos. En caso de empate, se resolverá el mismo a favor del aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición, y en segundo lugar, a favor del aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se dirimirá el mismo mediante sorteo público, previa convocatoria a los interesados.
El Tribunal de Selección hará pública mediante anuncio la relación definitiva de aspirantes con especificación de la puntuación total obtenida, formulando en orden a dicha puntuación obtenida por cada aspirante, propuesta de selección dirigida a la a la Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de La Luisiana para que de forma motivada dicte la correspondiente resolución acordando la selección de aspirantes y su contratación. El Tribunal de Selección no podrá proponer la selección de un número de aspirantes superior al de plazas En el anuncio al que hace referencia el párrafo anterior, se concretará día, hora y lugar a efectos de posibles reclamaciones o alegaciones. Estas posibles reclamaciones o alegaciones se podrán referir únicamente a errores en la suma de las calificaciones de la Fase de oposición y de la Fase de concurso o a la valoración de los méritos aportados.
Octava.Bolsa de trabajo.
Sin perjuicio de lo señalado en la base séptima, con el fin de asegurar la cobertura de las citadas plazas durante el periodo de contratación, lo/as aspirantes no seleccionados pasarán a integrar una bolsa de trabajo en orden a las puntuaciones obtenidas en el presente procedimiento de selección mediante la cual se garantice un servicio de calidad durante la vigencia del programa.
Asimismo y dado que la financiación del Programa de Apoyo a las Tareas Escolares deriva de la eventual subvención de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía para el desarrollo de este Programa en el marco de la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar en Centros Docentes Públicos durante el curso 2019-2020, la contratación así como la duración de ésta queda condicionada a la efectiva concesión de aquella.
Novena.Recursos.
El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se pudieran presentar para la interpretación de las presentes bases y para adoptar los acuerdos necesarios en relación con aquellos no regulados en la presente convocatoria y en la legislación vigente.
Contra las presentes bases que agotan la vía administrativa podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su última publicación, ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo de Sevilla, todo ello de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio del derecho de los interesados de presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
En La Luisiana a 2 de marzo de 2020.La Alcaldesa, María del Valle Espinosa Escalera.
36W-1723

TASAS CORRESPONDIENTES AL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41
Venta de CDs publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

Dirección del Boletín Oficial de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. Bellavista, 41014-Sevilla.
Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: bop@dipusevilla.es
Diputación Provincial - Imprenta

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 18/3/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date18/03/2020

Page count12

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

Download this edition

Other editions