Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 27/7/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 173

Sábado 27 de julio de 2019

2. Cuando se utilicen procedimientos de licitación pública para la ocupación de los terrenos de dominio público, el importe de la tasa vendrá determinado por el valor económico de la proposición sobre la que recaiga la correspondiente adjudicación, siendo el valor que servirá de base para la ocupación el fijado en las tarifas de la presente Ordenanza.
El acuerdo de adjudicación será remitido a la Intervención Municipal para que por ésta se practique la correspondiente liquidación tributaria, en atención a dicho acuerdo y a las comprobaciones sobre la efectiva ocupación que se hubiera llevado a cabo.
Artículo 8.El pago de la tasa se realizará:
1. Tratándose de ocupaciones del dominio público que no son objeto de procedimientos de licitación pública, mediante depósito previo de su importe, calculado éste mediante el sistema de autoliquidación.
A estos efectos, el interesado podrá recabar la asistencia de los servicios municipales para la confección de la autoliquidación, no vinculando ésta a la Administración municipal en el ejercicio de las actuaciones de comprobación o investigación que puedan desarrollarse con posterioridad.
2. Tratándose de ocupaciones de dominio público sujetas a procedimientos de licitación pública, una vez que se adopte el acuerdo de adjudicación, deberá el adjudicatario hacer efectivo el importe de la tasa en los plazos y modo que se indiquen en la correspondiente liquidación.
3. Antes de solicitar la licencia se abonará fianza de 300,00 € por módulos de casetas y 150,00 € para otro tipo de instalaciones en caso urbano, al objeto de garantizar la restitución del pavimento y la limpieza de la zona.
Se procederá a la devolución de dicho importe una vez comprobado por el técnico competente que se ha desalojado la zona, y el pavimento no ha sufrido alteración alguna.
Artículo 9.Exenciones.
Estarán exentas del pago de la correspondiente tasa tómbolas u otras instalaciones solicitadas por Asociaciones u otras Entidades sin ánimo de lucro.
Artículo 10.Infracciones y sanciones tributarias.
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas correspondan, en cada caso, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria.
Disposición Derogatoria 1.
A la entrada en vigor de la presente Ordenanza, quedan derogadas:
Ordenanzas Reguladora de la tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público e industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico Boletín Oficial de la provincia núm. 46 de 25 de febrero de 1999, modificada parcialmente y publicada en el Boletín Oficial de la provincia núm. 287 de 13 de diciembre de 2003.
Ordenanza Reguladora de la tasa por la utilización privativa del aprovechamiento del dominio público local con puestos, casetas, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público durante la Feria de Villamanrique Boletín Oficial de la provincia núm. 46 de 25 de febrero de 1999, modificada parcialmente y publicada en el Boletín Oficial de la provincia núm. 287 de 13
de diciembre de 2003.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla.
En Villamanrique de la Condesa a 19 de julio de 2019.La Alcaldesa, Susana Garrido Gandullo.
15W-5352

TASAS CORRESPONDIENTES AL
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10
Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41
Venta de CDs publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

Dirección del Boletín Oficial de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. Bellavista, 41014-Sevilla.
Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: bop@dipusevilla.es
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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 27/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date27/07/2019

Page count44

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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